9º Juzgado Civil de Santiago

SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACIÓN DE CREDITOS COMERCIALES S.A./GÁLVEZ

Rol

C-7380-2024

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 23 de abril de 2024 comparece la abogada Hedyó Matthei Fornet en representaci n de Servicios Financieros y Administraci nó ó de Cr ditos Comerciales SA, representada por Mar a Belen é í Encalada y Adri n Alarc n Beltr n, todos domiciliados ená ó á calle MirafloresN 130, piso° 27, comuna de Santiago, demandando en juicio ejecutivo a Loreto Anal aí G lvez Neveu, domiciliada en calle Sue o Dorado 2, pasaje Ema Lobosá ñ R15, comuna de Panquehue, por la suma de $3.259.409, m s intereses yá costas. Se ala que su representada es due a del pagarñ ñ que fue suscrito poré un apoderado en su representaci n de esta y de la ejecutada, por la sumaó de $3.259.409 el 19 de marzo de 2024. La deudora no pag el pagar a su vencimiento, encontr ndose poró é á tanto en mora desde esa fecha. Adem sá , en conformidad a lo dispuesto en el mismo pagar ,é corresponde la aplicaci n de intereses moratorios desde la fecha deló vencimiento hasta el pago ntegro y efectivo, que equivalen al inter sí é m ximo convencional para operaciones de cr dito y dinero no reajustables.á é La obligaci n es l quida, actualmente exigible y su acci n no seó í ó encuentra prescrita. En presentaci n de 6 de noviembre de 2024 la ejecutada opuso lasó siguientes excepciones del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó solicitando sean acogidas, con costas. - La del N 14° , La nulidad de la obligaci n . “ ó ” Indica que el ejecutante excedi las facultades conferidas en eló mandato, dado que suscribi el pagar ante notario liberando al beneficiarioó é de la obligaci n de protestarlo. Esto priva de eficacia a tales cl usulas y, poró á lo mismo, al pagar como t tulo ejecutivo.é í Conforme lo dispone el N 4 del art culo 13 en relaci n con el art culo° í ó í 107 de la Ley N 18.092, el pagar puede contener la cl usula sin° é á “ Código: RCMXXTSMCNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl obligaci n de protesto , con lo que q

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: RCMXXTSMCNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituyeí el pagar suscrito elé 18 de marzo de 2024 por Maia Isabel Mart nez G mez en representaci ní ó ó de la ejecutante y esta, a su vez, en representaci n de la ejecutada por laó suma de $3.259.409, con vencimiento el 19 de marzo de 2024. La firma de la suscriptora est autorizada por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que el ejecutante acompa adem s Contrato deñó á “ Apertura de L nea de Cr dito, Regulaci n de Uso de Tarjeta de Cr dito yí é ó é Servicios Asociados. Condiciones Generales. , suscrito por la ejecutada y en” cuya cl usula d cima tercera, titulada mandato especial, otorg a laá é ó ejecutante un mandato especial para que, por intermedio de las personas que designen, suscribiera pagar s y reconociera deudas por los montos deé capital, intereses, comisiones u otros desembolsos efectuados en virtud de ese contrato, con expresa facultad para liberar al tenedor del pagar de laé obligaci n de protesto y para autorizar ante notario p blico la firma.ó ú TERCERO: Que, respecto a la excepci n de nulidad y el primeró argumento de la excepci n de falta de fuerza del t tulo ejecutivoó í fundamentadas en que el mandatario suscribi el pagar excediendo losó é l mites del mandato conferido, al haber suscrito el pagar de autos en suí é representaci n, ante notario y liberando al tenedor de la obligaci n deó ó protesto, ser n rechazadas toda vez que la ejecutada confiri el mandatoá ó expresamente con ambas facultades seg n se dijo en la motivaci n segunda.ú ó CUARTO: Que en cuanto al segundo argumento de la excepci n deó falta de requisitos del t tulo para tener fuerza ejecutiva, referido a que elí mandato no determin la cantidad que el mandatario obligar a al mandanteó í a pagar, ser á desestimado, pues el mandatario pod a reconocer deudas porí los montos de capital, intereses, impuestos, gastos, comisiones y dem sá originados por los cr ditos otorgados en virtud del contrato de apertura deé cr dito en moneda nacional y afiliaci n al sistema y uso de tarjetas deé ó cr dito y uso de servicios automatizados. é QUINTO: Que por lo razonado deber seguirse adelante con laá ejecuci n y la ejecutada soportar las costas de la causa. ó á En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 170,á í 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil, se rechazaó n las excepciones opuestas, con costas. Código: RCMXXTSMCNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de febrero de dos mil veinticinco.é Código: RCMXXTSMCNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-26T19:32:00-0300

Fallo

se declararon admisibles lasó excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba. ó Por resoluci n de 19 de febrero de 2025 se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO: Código: RCMXXTSMCNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituyeí el pagar suscrito elé 18 de marzo de 2024 por Maia Isabel Mart nez G mez en representaci ní ó ó de la ejecutante y esta, a su vez, en representaci n de la ejecutada por laó suma de $3.259.409, con vencimiento el 19 de marzo de 2024. La firma de la suscriptora est autorizada por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que el ejecutante acompa adem s Contrato deñó á “ Apertura de L nea de Cr dito, Regulaci n de Uso de Tarjeta de Cr dito yí é ó é Servicios Asociados. Condiciones Generales. , suscrito por la ejecutada y en” cuya cl usula d cima tercera, titulada mandato especial, otorg a laá é ó ejecutante un mandato especial para que, por intermedio de las personas que designen, suscribiera pagar s y reconociera deudas por los montos deé capital, intereses, comisiones u otros desembolsos efectuados en virtud de ese contrato, con expresa facultad para liberar al tenedor del pagar de laé obligaci n de protesto y para autorizar ante notario p blico la firma.ó ú TERCERO: Que, respecto a la excepci n de nulidad y el primeró argumento de la excepci n de falta de fuerza del t tulo ejecutivoó í fundamentadas en que el mandatario suscribi el pagar exced

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7380-2024 CARATULADO : SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRACI N DE CREDITOS COMERCIALES S.A./G LVEZÓ Á Santiago, veintis is de febrero de dos mil veinticinco.é VISTOS: En presentaci n de 23 de abril de 2024 comparece la abogada Hedyó Matthei Fornet en representaci n de Servicios Financieros y Administraci nó ó de Cr

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