1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RUIZ/SCHIAPPACASSE TRANSPORTES SPA.

Rol

O-1352-2024

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece EDWARD JAIR RUIZ FRANCO, coordinador de flota, domiciliado en Calle Yungay N°2910, Depto. 502, Torre Z, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y de cobro de prestaciones, en contra de su ex - empleador SCHIAPPACASSE TRANSPORTES SpA, empresa del giro de su denominación, RUT 76.796.890-6, representada legalmente por don ROBERTO GERARDO MADARIAGA SCHIAPPACASSE, ambos domiciliados en calle Camino Bernardo O'Higgins N°22750, El Noviciado, comuna de Pudahuel, al objeto que la admita a tramitación y para que en definitiva, se determine que ha sido víctima de un despido injustificado y, por ende, sea condenada la demandada al pago de las prestaciones adeudadas, en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone. Señala que, con fecha 07 de abril de 2017, ingresó a prestar servicios bajo dependencia y subordinación de la demandada, en labores de coordinador de flota, suscribiendo el respectivo contrato de trabajo de plazo fijo que luego devino en indefinido; su remuneración mensual alcanzaba la suma de $1.411.219.- En cuanto al despido, indica que, con fecha 02 de febrero de 2024, se le entregó personalmente carta de despido por la causal del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es "Necesidades de la empresa” fundado en los siguientes hechos: “...un proceso de reestructuración en el cual usted se desempeña, como consecuencia directa de las condiciones actuales del mercado y la contracción propia del rubro del transporte de carga, todo lo cual se ha traducido en disminuciones en las prestaciones de servicios de nuestra empresa, dada la pérdida de nuestros principales clientes". Agrega la carta de despido que se pagarán al actor de acuerdo con el artículo 163 del Código del Trabajo, los siguientes montos: Indemnización sustitutiva del aviso previo. Indemnización por años de servicio. Compensación por feriado proporcional. Sostiene que el fundamento de la causal invocada de "necesidades de la empresa” dice relación con la reestructuración del capital humano, lo que no se desarrolla en la carta de despido. Es más, se señala en la carta de despido, que dicha reestructuración obedece a las actuales condiciones del mercado que ha llevado a pérdida de sus principales clientes, sin desarrollar, en qué consiste la supuesta pérdida actual y quienes son los principales clientes Por otra parte, además de haber mantenido o reubicado a parte del personal, será carga de la prueba de la demandada acreditar los fundamentos del despido invocado y que estos hacen referencia a hechos graves, objetivos y permanentes, haciendo presente que la demandada sigue incorporando personal para nuevos puestos de trabajo. Afirma que, al término del vínculo laboral, la demandada le quedó adeudando la remuneración de enero ($1.411.219) y dos días de la remuneración de febrero de 2024 ($94.081) y 21 días de feriado legal (15 hábiles y 06 inhá

Fallo

Por tanto, solicita, en virtud de los hechos expuestos, normas citadas y lo señalado en los artículos 71, 73, 161, 162, 163, 168,172 y siguientes, 425, 446, 510 y siguientes del Código del Trabajo, tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y de cobro de prestaciones, en contra del ex - empleador SCHIAPPACASSE TRANSPORTES SpA, representada legalmente por don ROBERTO GERARDO MADARIAGA SCHIAPPACASSE, ambos ya individualizados, darle tramitación, declarando en definitiva: Que, ha sido víctima de un despido injustificado y, por ende, sea condene a la demandada al pago de las prestaciones adeudadas y señaladas en el cuerpo de este libelo pretensor, con reajustes e intereses legales conforme lo disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo y con expresa condena en costas. SEGUNDO: Comparece JUAN CRISTOBAL PINO ALFARO, abogado, cédula de identidad N° 16.419.5503, domiciliado en Avenida Vitacura N° 2939, oficina 1101, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, mandatario judicial de SCHIAPPACASSE TRANSPORTES SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 76.796.890-6, representada legalmente por don ROBERTO SCHIAPPACASSE MADARIAGA, empresario, C.I. 7.382.513-k, ambos domiciliados para estos efectos en Bernardo O’Higgins N° 22.750, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, contestando la demanda de autos, solicita su más completo y absoluto rechazo, en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expon

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2 Santiago, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece EDWARD JAIR RUIZ FRANCO, coordinador de flota, domiciliado en Calle Yungay N°2910, Depto. 502, Torre Z, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y de cobro de prestaciones, en contra de su ex - empleador SCHI

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