9º Juzgado Civil de Santiago

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./CASTRO

Rol

C-5877-2024

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 1 de abril de 2024 comparece la abogada ó Hedy Matthei Fornet en representaci n de Promotora CMR Falabella SA,ó representada por Gast n Bottazzini y Juan Guillermo Espinosa Fuentes,ó todos domiciliados en calle Miraflores N 120, piso 27, comuna de° Santiago, demandando en juicio ejecutivo a V ctor Eugenio Castro Rojas,í domiciliado en la calle 3 de Julio N 6.779, comuna de Cerro Navia, por° la suma de $1.217.804 m s intereses y costas. á Indica que su representada es due a ñ del pagar N 2089864 por laé º suma de $1.217.804, con vencimiento el 13 de febrero de 2024, suscrito en representaci n de la ejecutante y a su vez del ejecutado. ó El deudor no pag en su totalidad el pagar a la fecha de suó é vencimiento, encontr ndose por tanto en mora en el pago de la suma deá $1.217.804 por concepto de capital. Adem sá , en conformidad a lo dispuesto en el mismo pagar ,é corresponde la aplicaci n de intereses moratorios desde la fecha de suó vencimiento y hasta su pago ntegro y efectivo, que equivalen al inter sí é m ximo convencional para operaciones de cr dito y dinero noá é reajustables. La obligaci n consta en un t tulo ejecutivo, es l quida, actualmenteó í í exigible y su acci n no se encuentra prescrita.ó En presentaci n de ó 19 de noviembre de 2024 el ejecutado opuso las siguientes excepciones del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, solicitando sean acogidas, con costas. - La del Nº7, La falta de alguno de los requisitos o condiciones“ establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea con relaci n al demandado , fundada en los siguientesó ” argumentos: Código: MXBCXTFYGMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a) El mandatario ha obrado fuera de los l mites del mandato yí fuera de las facultades conferidas por el mandante, ya que, junto con haber suscrito los pagar s ante notario, lo hace liberando al beneficiarioé d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el í pagaré N 2089864 suscrito el 12 de febrero de 2024 por Sergio Daniel Ulloa° Ojeda en representaci n de Servicios de Evaluaciones y Cobranzasó Sevalco Limitada y este en representaci n del ejecutado, por la suma deó $1.217.804, con vencimiento el 13 de febrero de 2024. La firma se encuentra autorizada por notario p blico.ú SEGUNDO: Que el ejecutante adem s se acompa documentoá ñó Modificaci n de contrato de apertura de l nea de cr dito, de afiliaci n al“ ó í é ó sistema y uso de tarjeta de cr dito condiciones particulares , en cuyaé ” virtud el ejecutado confiri poder especial a Servicios de Evaluaciones yó Cobranzas Sevalco Limitada, a fin de que, en su nombre y representaci n, suscribiera pagar s con o sin obligaci n de protesto,ó é ó autorizara la firma del o los representantes de Sevalco ante notario p blico y reconociera deudas en beneficio de Promotora CMR Falabellaú SA, por los montos, capital, intereses, costas, impuestos y dem s gastosá que se originen con motivo del o los cr ditos que esta le otorgue.é TERCERO: Que, respecto al primer argumento de la excepci n deó falta de requisitos del t tulo ejecutivo para tener fuerza ejecutiva y laí excepci n de nulidad, fundamentadas en que el mandatario suscribi eló ó pagar excediendo los l mites del mandato conferido, al haber suscrito elé í pagar de autos en su representaci n, ante notario y liberando al tenedoré ó de la obligaci n n de protesto, ser n rechazadas toda vez que eló á ejecutado confiri el mandato expresamente con ambas facultades seg nó ú se dijo en la motivaci n segunda.ó CUARTO: Que, en cuanto al segundo argumento de misma excepci n, sustentado en que el mandato en virtud del cual se suscribi eló ó pagar de autos adolece de nulidad por no haberse determinado laé cantidad de las deudas que el mandatario pod a reconocer, ser tambi ní á é desechado, toda vez, el ejecutado autoriz al mandatario a reconoceró deudas por el saldo adeudado de uno o m s de los cr ditos que leá é Código: MXBCXTFYGMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl hubieren otorgado en virtud del contrato de apertura de l nea de cr dito,í é de afiliaci n al sistema y uso de tarjeta de cr dito condiciones particularesó é y sus correspondientes intereses devengados y capitalizados a la fecha de suscripci n.ó QUINTO: Que, sobre el ltimo argumento, la personer a delú í suscriptor del pagar consta en copia de escritura p blica autorizadaé ú conforme con su original de 17 de marzo de 2020, por lo que no será o do.í SEXTO: Que por lo razonado deber seguirse adelante con laá ejecuci n y el ejecutado soportar el pago de las costas de la causa. ó á En consecuencia y visto lo dispuesto en el art culo 1698 del C digoí ó Civil y art culos 170, 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil,í ó se rechazan las excepciones opuestas, con costas. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í

Fallo

por tanto en mora en el pago de la suma deá $1.217.804 por concepto de capital. Adem sá , en conformidad a lo dispuesto en el mismo pagar ,é corresponde la aplicaci n de intereses moratorios desde la fecha de suó vencimiento y hasta su pago ntegro y efectivo, que equivalen al inter sí é m ximo convencional para operaciones de cr dito y dinero noá é reajustables. La obligaci n consta en un t tulo ejecutivo, es l quida, actualmenteó í í exigible y su acci n no se encuentra prescrita.ó En presentaci n de ó 19 de noviembre de 2024 el ejecutado opuso las siguientes excepciones del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, solicitando sean acogidas, con costas. - La del Nº7, La falta de alguno de los requisitos o condiciones“ establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea con relaci n al demandado , fundada en los siguientesó ” argumentos: Código: MXBCXTFYGMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a) El mandatario ha obrado fuera de los l mites del mandato yí fuera de las facultades conferidas por el mandante, ya que, junto con haber suscrito los pagar s ante notario, lo hace liberando al beneficiarioé de la obligaci n de protestarlos.ó Esto priva de eficacia a tales cl usulas y, por lo mismo, al pagará é como t tulo ejecutivo.í La suscripci n de un pagar puede hacerse bajo distintasó é modalidades: pura o simple; liberando al tenedor o beneficiario de protes

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5877-2024 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./CASTRO Santiago, veintis is de febrero de dos mil veinticinco.é VISTOS: En presentaci n de 1 de abril de 2024 comparece la abogada ó Hedy Matthei Fornet en representaci n de Promotora CMR Falabella SA,ó representada por Gast n Bottazzini y Juan Guillermo Espinosa

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