2º Juzgado de Letras de Los Andes

BANCO SANTANDER-CHILE S.A./FFRENCH-DAVIS

Rol

C-1602-2024

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don Luis Manquehual Alfaro, abogado, en representaci n de ó BANCO SANTANDER-CHILE, Sociedad An nimaó Bancaria, cuyo Gerente General es don Rom n Blanco Reinosa, Ingenieroá Civil, con domicilio en Bandera N 140 de la Comuna de Santiago, Regi n° ó Metropolitana; todos domiciliados para estos efectos en calle O Higgins’ N 348 de la Comuna de Los Andesº , quien deduce demanda ejecutiva en contra de don PABLO RICARDO FFRENCH DAVIS DEL PUERTO, factor de comercio, domiciliado en Alcalde Sergio Vargas N 40° de la Comuna de Los Andes. Funda su demanda en que el Banco es beneficiario de los siguientes pagar s: é 1.-Pagar N 650047062505é º suscrito a la orden de BANCO SANTANDER - CHILE, con fecha 29 de agosto de 2024, por do añ Lissette Fern ndez Gonz lez, empleada, delá á mismo domicilio del Banco, en representaci n de Santander Gesti n de Recaudaci n yó ó ó Cobranza Limitada, quien lo suscribi en virtud de mandato especial irrevocable otorgado aló efecto por el ejecutado por la suma de $18.490.227.- por concepto de capital, recibido en pr stamo del Banco con fecha de vencimiento el d a 30é í de agosto de 2024. Indica que el pagar fue suscrito por la mandataria de Santanderé Gesti n de Recaudaci n y Cobranza Limitada de acuerdo al Contratoó ó Código: RSCKXTQBWLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1602-2024 Foja: 1 nico de Productos Personas Naturales, celebrado entre las partes con fechaÚ 09 de Julio de 2007, cuya firma del deudor se encuentra autorizada ante Notario P blico (pag.16) donde se estableci en el p rrafo Disposicionesú ó á “ Generales para todos los Contratos (p g. 11 y 12) N 5 que con el prop sitoá ° ó de facilitar el cobro de lo adeudado en virtud de ese Contrato, sin nimo deá novar, confiere poder especial irrevocable al Banco y a Santander GRC, para que estos indistintamente por s o a trav s de un tercero especialmenteí é designado al efecto, proceda en su nombre

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO. Que don Luis Manquehual Alfaro, en representaci n deló BANCO SANTANDER-CHILE, interpone demanda ejecutiva en contra de don PABLO RICARDO FFRENCH DAVIS DEL PUERTO, con el fin de obtener el pago de la suma de $21.469.746.- m s intereses y costas.á SEGUNDO. Que el ejecutado Ricardo Ffrench Davis Del Puerto, opone a la ejecuci n, las excepciones de los n meros 7 y 2 del art culo 464 deló ú í C digo de Procedimiento Civil. ó TERCERO. Que la parte ejecutada acompa a folio 1, los siguientesñó documentos: 1.- Pagar Né 650047062505, por la suma de $ 18.490.227.- 2.- Pagar N 650047468447, por la suma de $2.173.686.-é ° 3.- Pagare N 650047245502, por la suma de $805.833.-° 4.- Contrato nico de Productos Personas Naturales, suscrito con fecha 9 deÚ julio del a o 2007. ñ 5.- Copia de escritura p blica de poder de fecha 09 de noviembre de 2023ú otorgada en la Notar a de Santiago de do a Nancy de la Fuente Hern ndezí ñ á que cuenta con firma electr nica avanzada, mediante la cual el Bancoó otorga poder a la apoderada do a Lissette Fern ndez Gonz lez, quienñ á á Código: RSCKXTQBWLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1602-2024 Foja: 1 suscribi por el ejecutado los pagar s materia de este juicio ejecutivo queó é cuenta con Firma Electr nica Avanzada.ó 6.- Con copia autorizada de mandato judicial, otorgado por escritura p blica de fecha 13 de agosto de 2024 en la Notaria Publica de Santiago deú do a Nancy de la Fuente Hern ndez, personer a del abogado para actuarñ á í en representaci n del Banco. Repertorio N 2700-2024. ó ° CUARTO. Que en cuanto a la falta de requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, se dirí á que consta del pagar que sirve de t tulo a esta ejecuci n, la intervenci n deé í ó ó Notario P blico, quien autoriza la firma de su suscriptor, estampando en lú é su propia firma y timbre, cumpli ndose de esta forma con lo dispuesto en elé art culo 434 N 4 del C digo de Procedimiento Civil, que exige que la firmaí ° ó del suscriptor del pagar aparezca autorizada ante Notario, para que seé encuentre dotado de m rito ejecutivo.é De igual forma, se han acompa ado al proceso, los mandatosñ otorgados por el ejecutado en virtud de los que se justifica la firma de los t tulos ejecutivos por un tercero en su nombre y representaci n.í ó Por consiguiente, no se advierten en los pagar s de marras la falta deé condiciones o requisitos para estar dotados de m rito ejecutivo, y la presenteé excepci n debe ser rechazada.ó QUINTO. Que la excepci n de falta de personer a ser igualmenteó í á desestimada, en atenci n a que, la carga de la prueba respecto a laó concurrencia de los fundamentos f cticos de las excepciones deducidas es deá la ejecutada, quien no realiz ninguna actividad probatoria en esta causa.ó En cambio, la ejecutante, compareci representada por mandatarioó judicial, quien ha exhibido una escritura p blica en la que cons

Fallo

por tanto infracci n alguna en suó comparecencia. Código: RSCKXTQBWLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1602-2024 Foja: 1 Agrega que el mandato judicial que conduce el suscrito para representar al Banco, se encuentra plenamente ajustado a derecho y fue otorgado como consta en esa escritura p blica sin fecha de t rmino, y porú é tanto es de plazo indefinido, de modo que solo puede terminar por la ocurrencia de algunas de las formas que establece el art culo 2163 delí C digo Civil, ninguna de las cuales se ha cumplido en este caso.ó Finaliza solicitando tener por evacuado el traslado de las excepciones opuestas, solicitando su rechazo, con costas. A folio 17, se declararon admisibles las excepciones opuestas, por el ejecutado don Pablo Ricardo Ffrench Davis del Puerto, y se recibieron a prueba. A folio 24, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO PRIMERO. Que don Luis Manquehual Alfaro, en representaci n deló BANCO SANTANDER-CHILE, interpone demanda ejecutiva en contra de don PABLO RICARDO FFRENCH DAVIS DEL PUERTO, con el fin de obtener el pago de la suma de $21.469.746.- m s intereses y costas.á SEGUNDO. Que el ejecutado Ricardo Ffrench Davis Del Puerto, opone a la ejecuci n, las excepciones de los n meros 7 y 2 del art culo 464 deló ú í C digo de Procedimiento Civil. ó TERCERO. Que la parte ejecutada acompa a folio 1, los siguientesñó documentos: 1.- Pagar Né 650047062505, por la suma de $

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C-1602-2024 Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-1602-2024 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE S.A./FFRENCH- DAVIS Los Andes, veintis is de febrero de dos mil veinticincoé VISTOS: A folio 1 comparece don Luis Manquehual Alfaro, abogado, en representaci n de ó BANCO SANTANDER-CHILE, Sociedad An nimaó Bancaria, cuyo Gerente G

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