PUGA/MEDINA
Rol
C-5192-2024
Fecha
26 de febrero de 2025
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Con fecha 14 de noviembre de 2024, a folio 1 comparece do a ñ Ver nicaó Milena Puga Briones, cedula nacional de identidad Nº 9.367.498-7, chilena, casada, administrativa, domiciliada para estos efectos en 12 Norte N° 785, Vi añ del Mar, quien viene en interponer demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento, restituci n y cobro de rentas insolutasó en contra de Herm genes Rene Medina Osorioó , pensionado, cedula nacional de identidad Nº 5.978.257-6, domiciliado de conformidad a lo dispuesto en el art culo 8 de la leyí Nº 18.101 sobre arrendamiento de predios urbanos en el inmueble de su propiedad, que le fue dado en arrendamiento, correspondiente al departamento 301, block 3, ubicado en Avenida Claudio Arrau Le n Nro. 60, Vi a del Mar, Regi nó ñ ó de Valpara so, solicitando que se practiquen las reconvenciones legales de pago porí todas las sumas indicadas la primera al notific rsele la demanda y la segundaá reconvenci n de pago en la audiencia de contestaci n, todo en los t rminos deló ó é art culo 1977 del C digo Civil y 10 de la Ley 18.101; y en definitiva que seí ó declarare terminado el contrato de arrendamiento mencionado, debiendo la demandada restituir la propiedad arrendada dentro de tercero d a, totalmenteí desocupada o en el plazo que se determine, bajo apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la Fuerza P blica, y condenar a la demandada al pago de la suma deú $2.548.296.- por concepto de rentas insolutas, m s reajustes e intereses, incluyendoá todas las rentas que se devenguen en el curso del presente litigio hasta la restituci n del bien ra z, ya singularizado, as como las sumas adeudadas poró í í servicios b sicos y gastos comunes, o las sumas mayores o menores que seá determine en conformidad a derecho, todo ello con costas.- Código: SQHSXTQWWKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 27 de diciembre de 2024, a folio 14 se notific a laó demandada la demandad de conformidad al art culo 44 del C digo deí ó Procedimiento Civil modificado por la ley N°21.394. Con fecha 07 de enero de 2025, a folio 20, se llev a efecto ó audiencia de contestaci n, conciliaci n y pruebaó ó . El abogado de la parte demandada actuó como agente oficioso, ratific ndose su actuar con fecha 10 de enero de 2025, aá Folio 23. Se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 26 de febrero de 2025, a folio 25, se cit a las partes a o ró í sentencia. Considerando: Primero: Demanda de terminaci n de contrato de arrendamientoó por no pago de rentas. Que, a folio 1, comparece do a Ver nica Milena Pugañ ó Briones, quien viene en interponer demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento, restituci n y cobro de rentas insolutas en contra de don Herm genesó ó Rene Medina Osorio, todos ya individualizados, de conformidad a las siguientes consideraciones de hecho y derecho: Los Hechos: Expone que celebr con el demandado de autos, un contrato deó arrendamiento correspondiente a
Fallo
Por tanto, en m rito de lo expuesto, Ley 18.101, art culos 1815, 1915, 1977é í y dem s aplicables del C digo Civil, 680 y siguientes del C digo de Procedimientoá ó ó Civil, solicita que se tenga deducida demanda de terminaci n del contrato deó arrendamiento por no pago de la renta, cobro de rentas insolutas, y adem s laá restituci n del inmueble arrendado en contra de Herm genes Rene Medina Osorio,ó ó cedula nacional de identidad Nº 5.978.257-6, ya individualizado, acogerla a tramitaci n, ordenar que se practiquen las reconvenciones legales de pago por todasó las sumas indicadas en lo principal de su presentaci n, la primera al notific rsele laó á demanda y la segunda reconvenci n de pago en la audiencia de contestaci n, todoó ó en los t rminos del art culo 1977 del C digo Civil y 10 de la Ley 18.101; y ené í ó definitiva declarar terminado el contrato de arrendamiento mencionado, debiendo la demandada restituir la propiedad arrendada dentro de tercero d a, totalmenteí desocupada o en el plazo que se determine, bajo apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la Fuerza P blica, y condenar a la demandada al pago de la suma deú $2.548.296.-, por concepto de rentas insolutas, m s reajustes e intereses, incluyendoá todas las rentas que se devenguen en el curso del presente litigio hasta la restituci n del bien ra z, ya singularizado, as como las sumas adeudadas poró í í servicios b sicos y gastos comunes, o las sumas mayores o menores que seá determine en conformidad a derech
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FOJA: 25 .- veinticinco .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-5192-2024 CARATULADO : PUGA/MEDINA Vi a del Marñ , veintis is de febrero de dos mil veinticincoé Vistos y considerando: Con fecha 14 de noviembre de 2024, a folio 1 comparece do a ñ Ver nicaó Milena Puga Briones, cedula nacional de identidad Nº 9.367.498-7, chilena, casada, administ
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