Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales

AUSTRALIS MAR S.A/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO ULTIMA ESPERANZA

Rol

I-9-2024

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y derecho, en cuánto a los hechos la presente resolución de la multa se dictó en el procedimiento de fiscalización 1202/2023/234, que derivó de un accidente fatal ocurrido al trabajador Héctor Hernán Levipani, que es dependiente de la empresa contratista Naviera Austral Spa y que acaeció el 8 de septiembre de 2023, a eso de las 8:45 horas, ellos sucederían en el contexto de un procedimiento en investigación del deber general de protección en régimen de subcontratación que le asiste a la empresa reclamante en su calidad de empresa principal y mediante este procedimiento se determinó que la empresa reclamante incurrió en el siguiente hecho infraccional,” no mantener un registro actualizado de antecedentes, ya sea en papel y soporte digital vinculado al sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para empresas contratistas o subcontratistas en la realización de la faena centro de cultivo Punto Obstrucción. Según lo siguiente y a quién fiscalizador narra al momento de la presentación documental del punto 21 del registro de faena de empresas, contratistas y subcontratistas, solo se informa por medio de imagen de una página donde se detalla lo siguiente, detalle contratista, rut, razón social, nombre comercial, dirección, región comuna, teléfono, representante legal, representante legal, Mutual, temporalidad, usuarios, contratistas y contactos. En razón de los documentos aportados, la empresa no acredita en el registro la totalidad de los requerimientos que detalla el artículo 5 del Decreto Supremo 76, tales como cronograma de las actividades o trabajos a ejecutar número de trabajadores y fecha estimada de inicio y término de cada uno de los trabajos, o tareas específicas que ejecutará la empresa, historial de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de la faena, siniestralidad laboral a las empresas, contratistas o subcontratistas, informe de las evaluaciones de los riesgos que podrían afectar a los trabajadores en la hor

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Contreras Stange, abogado, por la demandada, Australis Mar S.A., empresa del giro de producción acuícola, representada en autos por María Josefina Moreno Tudela, Gerente de Personas y Asuntos Corporativos, todos domiciliados para estos efectos en calle Decher N° 161, ciudad de Puerto Varas, (en adelante la “Empresa”, “Australis” o “AMSA”), quien indica: que encontrándose dentro del término legal, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 512 en relación con el artículo 503 del mismo cuerpo legal y demás normas pertinentes del Código del Trabajo, viene en deducir reclamo judicial en contra de la Resolución Nº 1202/8185/2024 de fecha 29 de marzo de 2024 emitida por la Inspección Provincial del Trabajo de Última Esperanza, representada por el Jefe de la Inspección Provincial, don Jorge Sandrino Ampuero Gonzalez, ambos domiciliados en Manuel Bulnes N° 802, Puerto Natales mediante la cual confirmó la Multa Nº 1181/2023/65 de 30 de septiembre de 2023, dictada por la misma Inspección del Trabajo, por medio de la cual se multó a su representada por la suma de 60 UTM. La presente acción judicial se deduce a efectos de que S.S. se sirva dar lugar al presente reclamo y, en definitiva, deje sin efecto la Resolución Administrativa Nº 1202/8185/2024 de fecha 29 de marzo de 2024 de la Inspección Provincial del Trabajo de Última Esperanza (en adelante también la “Resolución Reclamada”), notificada mediante correo electrónico de fecha 4 de abril de 2024 que confirmó la Resolución de Multa dictada en contra de su representada y, en consecuencia, deje sin efecto la sanción aplicada en su totalidad, todo en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho que se exponen a continuación: I. ANTECEDENTES DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1202/8185/2024 QUE CONFIRMA LA MULTA Nº 1181/2023/65. 1. La Resolución Reclamada rechaza el recurso de reconsideración presentado por su parte, en contra de la Resolución de Multa dictada con fecha 30 de septiembre de 2023. 2. La Resolución de Multa se origina en la fiscalización efectuada con fecha 14 de septiembre de 2023, con ocasión de la cual el Sr. Jonathan Enrique Soto Orellana (el “Fiscalizador”) se presentó presencialmente en dependencias la Empresa. En dicha oportunidad el Fiscalizador solicitó una serie de documentos mediante el Formulario FI-4, indicando de forma manuscrita en dicho formulario que la documentación a ser presentada corresponde a: “Acta de requerimiento documental FI-4-1”. En ese sentido, el documento Anexo de requerimiento de información FI-4-1, formulario tipo que enumera distintos documentos que pueden ser solicitados a la Empresa, y que marcaba con cruces como seleccionados por el Fiscalizador los documentos Nº 10 a 22 y Nº 32, 33 y 35. 3. En dicha oportunidad, AMSA - con el objetivo de cumplir con el requerimiento de antecedentes formulado por la entidad fiscalizadora a través del formulario FI-4-1, entregó presencialmente de manera íntegra la do

Fallo

Por tanto, en mérito de todos los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes, 512 y 503 del Código del Trabajo y demás normas pertinentes, solicita tener por interpuesto reclamo judicial en procedimiento monitorio en contra de la Resolución Administrativa Nº 1202/8185/2024 de fecha 29 de marzo de 2024 (notificada a su representada mediante correo electrónico de fecha 4 de abril 2024), ya individualizada en el cuerpo del presente escrito, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Última Esperanza representada por don Jorge Sandrino Ampuero González o por quien lo subrogue en su cargo, ambos ya individualizados, solicitando que se acoja el presente reclamo judicial a tramitación y, en definitiva, se sirva acogerlo, dejando en consecuencia sin efecto la Resolución Administrativa N° 1202/8185/2024 que rechazó la solicitud de reconsideración administrativa presentada por la Empresa y confirmó la multa administrativa Nº 1181/23/65 emitida con fecha 30 de septiembre de 2023, por haber incurrido la autoridad en error de hecho, dictando en su lugar que se hace lugar a la reconsideración solicitada por esta parte con fecha 12 de diciembre de 2023, dejando sin efecto la multa contenida en dicha resolución de multa; o, en su defecto, se rebaje la misma conforme se estime conforme a derecho, todo ello con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, contestando la reclamación deducida comparece la Inspección del Trabajo indicando que solicita el rechazo del recla

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REGISTRO Nº : CAUSA : I-9-2024 MATERIA : Reclamo Multa Administrativa. CÓDIGO : L066 RECLAMANTE : AUSTRALIS MAR S.A.    RECLAMADO : INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ULTIMA ESPERANZA F. INICIO : 22-4-2024 SENTENCIA : 24-1-2025 Puerto Natales, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Constanza Contreras Stange, abogado, por la demandada,

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