HALLE/RAZMILIC
Rol
C-5340-2024
Fecha
26 de febrero de 2025
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 09 de diciembre de 2024, comparecen don Luis Morales Santana, don Marcelo Alvial Lillo, don Jaime Urrea García y don Daniel Aguirre Aguirre, abogados de la Corporación de Asistencia Judicial de la comuna de Antofagasta, con domicilio en Pasaje Argomedo N°250, de esta ciudad, en representación de don Jorge Arturo Halle Lavín, cédula nacional de identidad N°4.765.843-8, constructor, domiciliado en calle Carlos Oviedo Cavada N°3758, de esta ciudad, quienes interponen demanda por prescripción extintiva de deuda de permiso de circulación, en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio de su giro, cuyo alcalde y representante legal es don Sacha Razmiric Burgos, ambos con domicilio en Avda. Séptimo de Líneas N°3505, Antofagasta, con el objeto que se declare la prescripción extintiva de los permisos de circulación prescritos, con expresa condena en costas. Fundan su demanda señalando que don Jorge Arturo Halle Lavín es dueño del vehículo tipo camioneta, marca Chevrolet, modelo LUV. 2.3 D CAB, del año 1994, Nro. Motor 311568, Nro. Chasis TFR16HDL-14739, color rojo, placa patente LF 2878. Sostienen que, según consta en el certificado otorgado por la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, el vehículo individualizado registra las siguientes deudas: Año 2006: $158.929.-; año 2007: $133.694.-; año 2008: $127.662.-; año 2009: $124.936.-; año 2013: $98.683.-; año 2014: $92.159.-; año 2015: $87.116.-; año 2016: $80.616.-; año 2017: $74.794.- Afirman que la deuda total devengada que cumple con los requisitos legales necesarios para solicitar la prescripción asciende a la suma $1.012.225.-, correspondiente a los años 2006-2024. Indican que su representado entiende que parte de esta deuda se encuentra prescrita por el transcurso de tiempo, razón por la cual viene en solicitar opere los efectos de la prescripción extintiva respecto del monto comprendido entre los años 2006 y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los abogados don Luis Morales Santana, Marcelo Alvial Lillo, Jaime Urrea García y Daniel Aguirre Aguirre, en representación de don Jorge Arturo Halle Lavín, han deducido demanda en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, a fin de que se declare la prescripción de la acción de cobro de derechos municipales correspondientes a permisos de circulación de los años 2006 a 2024, respecto del vehículo individualizado, y en virtud de los fundamentos ya señalados en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la parte demandada se allanó parcialmente a la demanda interpuesta en autos. TERCERO: Que, la parte demandante rindió en autos prueba documental, consistente en: 1.- Cédula nacional de identidad de don Jorge Arturo Halle Lavín. 2.- Certificados de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, correspondiente al vehículo PPU LF.2878-8, de fechas 05 de junio de 2024 y 14 de abril de 1994. Código: LKJSXTUJXJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales, emitido por Chilena Consolidada Seguros Generales S.A., número 1058382. 4.- Certificado N°34/2024, de 04 de junio de 2024, emitido por la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta. CUARTO: Que, el artículo 2521 del Código Civil, establece que prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. QUINTO: Que, constando en autos la deuda por concepto de permisos de circulación de los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017, del vehículo tipo camioneta, marca Chevrolet, modelo LUV 2.3 D CAB, número de motor 311568, color rojo, placa patente única LF.2878-8, del año 1994, y habiendo transcurrido el plazo de prescripción de la acción de cobro de estos derechos en relación a los períodos señalados –no respecto al año 2024–, circunstancia además, expresamente reconocida por la parte demandada al haberse allanado en forma parcial a la demanda, no cabe sino acoger parcialmente la demanda de autos y declarar prescritos dichos impuestos, en los términos que se determinarán en resolutiva. SEXTO: Que, de conformidad al artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, no se condenará en costas a la demandada, por no haber sido completamente vencida.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 254 y 313 del Código de Procedimiento Civil, y 1698 y 2521 del Código Civil, SE DECLARA que: I.- SE ACOGE parcialmente la demanda deducida por los abogados don Luis Morales Santana, Marcelo Alvial Lillo, Jaime Urrea García y Daniel Aguirre Aguirre, en representación de don Jorge Arturo Halle Lavín, en contra de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta y, en consecuencia, se declaran prescritos los derechos municipales correspondientes a los permisos de circulación impagos de los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2013, 2014, 2015, 2016 y 2017, respecto del vehículo placa patente única LF.2878-8, tipo camioneta, marca Chevrolet, modelo LUV 2.3 D CAB, número de motor 311568, color rojo, del año 1994. II.- No se condena en costas a la parte demandada, por no haber resultado completamente vencida en juicio. Se deja constancia que se hizo uso de la facultad contemplada en el artículo 319 del Código Orgánico de Tribunales. Código: LKJSXTUJXJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Notifíquese, regístrese y, en su oportunidad, archívese. ROL C-5340-2024. Pronunciada por don ARTURO ANDRÉS IRIBARREN PÉREZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Antofagasta, veintiséis de febre
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-5340-2024 CARATULADO : HALLE/RAZMILIC Antofagasta, veintiséis de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 09 de diciembre de 2024, comparecen don Luis Morales Santana, don Marcelo Alvial Lillo, don Jaime Urrea García y don Daniel Aguirre Aguirre, abogados de la Corporación de Asistencia Judici
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