Juzgado de Letras de Lautaro

FIGUEROA/COMERCIAL MAICAO SPA.

Rol

O-12-2024

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 04 de marzo del 2024, comparece don Juan Pablo Osses Millar, abogado, en representación de don GABRIEL ANTONIO FIGUEROA FIGUEROA cédula de identidad N°19.462.649-5, trabajador dependiente, con domicilio para estos efectos en O´Higgins 893, Lautaro, quien en conformidad a los artículos 7,8, 9, 55, 63, 63 bis, 67, 73, y siguientes, artículo 162, 168, 423, 446 y siguientes del Código del Trabajo, interpone demanda laboral en procedimiento de aplicación general por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de la empresa COMERCIAL MAICAO SPA. R.U.T. N°79.500.520-k, representada legalmente por doña Eva Alejandra Figueroa Huencho, cédula de identidad N° 18.307.941-7, se desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados en Avda. El Salto N°4875, Ala oriente Piso 3, Edificio City Park, Comuna De Huechuraba, Santiago, Región Metropolitana, o quien lo subrogue o represente, conforme el art. 4 del Código del Trabajo, según los antecedentes de hecho y consideraciones derecho que expone: 1.- Competencia: Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 423 del Código del Trabajo, “Será Juez Competente para conocer de estas causas el del domicilio del demandado o el del lugar donde se presten o se hayan prestado los servicios…”, de esta forma y teniendo presente que se prestaron servicio en la comuna Lautaro, este Tribunal es plenamente competente para conocer de la presente causa. 2.- Caducidad: Conforme lo dispuesto en el artículo 168 del Código del Trabajo, el actor fue desvinculado en fecha 05 de febrero 2024, por lo que la presente interposición se encuentra ajustada en tiempo y forma, ya que el plazo de caducidad aun no vence. 3.- Procedimiento:

Fundamentos

Considerando que la cuantía de la presente causa que supera los 15 ingresos mínimos remuneraciones, corresponde que la presente causa se substancie conforme el procedimiento de aplicación general. A.- Fecha de ingreso y duración: Su representado comenzó a prestar servicios para la empresa demandada, en la fecha 05/07/2019, manteniendo un contrato de trabajo de carácter indefinido hasta la fecha 05/02/2024, momento en que fue despedido, llevando

Fallo

por tanto 5 años de servicio. B.- Lugar y naturaleza de los servicios prestados: El lugar de la prestación de los servicios se realizaron en las dependencias de la empresa Maicao, ubicada en Av. O’Higgins 978, Local 1, comuna de Lautaro, en el cargo y funciones de “vendedor administrativo” C.- Remuneración: Para efecto de lo dispuesto en el art 172 del Código del Trabajo, la última remuneración asciende a $963.379, resultados del promedio de las últimas remuneraciones y que “corresponde a prestaciones que se pagan de forma permanente en sus liquidaciones de sueldo”. D.- Duración del contrato de trabajo: La duración de su contrato era de carácter indefinido. 1.- Circunstancias que rodearon el despido. Señala que, desde el año 2019 el demandante fue contratado por la empresa demandada para ejercer las funciones de vendedor de la tienda Maicao de Lautaro. Indica que, durante su permanencia en la empresa tuvo un desempeño intachablemente manteniendo una larga trayectoria de 4 años y 7 meses lo que demuestra el compromiso que tuvo con su trabajo. Manifiesta que, sorpresivamente el día lunes 06 de febrero de 2024, llegó una carta de despido al domicilio de su representado, en donde la empresa ha invocado la causal del art 160 N°3 del Código del Trabajo, esto es; “No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; ” argumentando que había faltado los días 01,

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Lautaro, a veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 04 de marzo del 2024, comparece don Juan Pablo Osses Millar, abogado, en representación de don GABRIEL ANTONIO FIGUEROA FIGUEROA cédula de identidad N°19.462.649-5, trabajador dependiente, con domicilio para estos efectos en O´Higgins 893, Lautaro, quien en conformidad a los artículos 7,8,

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