VILCHES/
Rol
V-257-2023
Fecha
27 de febrero de 2025
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de su escrito de fecha 12 de septiembre de 2023, comparece Deyanira Andrea Vilches Bórquez, estudiante, domiciliada en Los Retamos 6243, comuna de La Florida. La compareciente solicita el cambio de su primer nombre e incorporación de un segundo nombre y, en consecuencia, la rectificación de su partida de nacimiento. Indica que fue inscrita bajo el N°2498, en el Registro del Servicio de Registro Civil e Identificación referente al año 1999, de la circunscripción de Providencia, siendo registrada con el nombre de Deyanira Andrea Vilches Bórquez. Agrega la solicitante, que considera ridículo su primer nombre porque le ha generado burlas y menoscabo a su persona, razón por la cual dejó de usarlo desde la adolescencia. En definitiva, al tenor de los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y 1 inciso segundo letra b) de la Ley N°17.344, solicita tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre y que, accediéndose a tal petición, se rectifique la partida de nacimiento de su representado, quedando su nombre en definitiva como Andrea Agatta Vilches Bórquez. SEGUNDO: Que, con fecha 18 de octubre de 2023, se tuvo por recibido Informe N° 4895 del Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 12 de octubre 2023, en el cual se señala que consta en los registros la inscripción de nacimiento N°2498, Registro S, del año 1999, de la circunscripción de Providencia, siendo titular de ella Deyanira Andrea Vilches Bórquez, nacido el 5 de marzo de 1999, consignando en el rubro correspondiente a padre a Claudio Andrés Vilches Bravo, y en el correspondiente a madre a Sandra de Lourdes Bórquez Fernández. Agrega este documento que, en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de revisión de esta en la base de datos computacional del servicio, no constan sub- inscripciones ni rectificaciones. Por último, este oficio también da cuenta que, de acceder a su solicitud, se mantendrá invariable el número de RUN de la inscrita. TERCERO: Que, con fecha 17 de noviembre de 2023, se rindió información sumaria, declarando las testigos Vicente Simón Araya Soto y Eduardo Ignacio Urtubia Mardones, quienes, señalan conocer a “Andrea” desde que año 2018 y la niñez, respectivamente, y se encuentran contestes en que siempre la han identificado como Andrea Agatta Vilches Bórquez. CUARTO: Que, con fecha 21 de octubre de 2024, se certificó la publicación respectiva que se practicó en el Diario Oficial de la República de Chile el día 16 de agostode 2024. Código: SCZXXTBCQVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 QUINTO: Que, contado desde la fecha de la publicación anteriormente mencionada, consta del expediente virtual que no se formuló oposición dentro del plazo previsto en el artículo 2 inciso cuarto de la Ley N° 17.344. SEXTO: Que, de conformidad a las modificación introducida por la Ley 21.334, con fecha 19 de noviembre de
Fallo
SE RESUELVE: Que SE HACE LUGAR a la petición de lo principal del escrito de fecha 12 de septiembre de 2023 y se ordena la rectificación de la partida de nacimiento inscrita bajo el N°2498, Registro S, del año 1999, de la circunscripción de Providencia del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, sólo en cuanto se sustituye el nombre “Deyanira”, por el de “Andrea” y se agrega como segundo nombre “Agatta”, quedando en definitiva la referida inscripción a nombre de “Andrea Agatta Vilches Bórquez”, sexo femenino, cédula de identidad N° 20.199.062-9. Procédase por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile a efectuar la sub-inscripción legal de esta sentencia judicial al margen de la partida de nacimiento singularizada en el párrafo que antecede, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley N° 4.808, en relación con el artículo 3 de la Ley N° 17.344. Regístrese, notifíquese, dese copia y, en su oportunidad, archívense los antecedentes. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco Código: SCZXXTBCQVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-27T12:20:34-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-257-2023 CARATULADO : VILCHES/ Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de su escrito de fecha 12 de septiembre de 2023, comparece Deyanira Andrea Vilches Bórquez, estudiante, domiciliada en Los Retamos 6243, comuna de La Florida. La
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