TORRES/
Rol
V-300-2024
Fecha
26 de febrero de 2025
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIEND PRESENTE: Que, con fecha 26 de noviembre de 2024, comparece doña Belén Carolina Vera Verdugo, abogada, cedula nacional de identidad número 18.089.374-1, en representación de doña Ana María Torres Astorga, chilena, casada, profesora, cédula de identidad número 5.463.557-5, en adelante el “Donante”, domiciliada en San Olav N°6440, departamento 701, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, respetuosamente señala: Que su representada, solicita autorización para donar derechos sobre los bienes que pasará a individualizar, a sus hijos. Que la donante no le afecta incapacidad alguna, encontrándose legalmente habilitada para disponer de los inmuebles a favor de sus hijos PABLO ANDRÉS; MARÍA ÁNGELES; ambos de apellidos PLÁ TORRES. Señalas que el valor de los bienes a donar excede de la suma que no precisa insinuación y no se trata de los casos de exención, en los que se libera de dicho trámite, situaciones a las que se refiere el artículo 18 de la Ley N° 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones. Agrega que es dueña del 5% de los derechos de los siguientes bienes: I) Propiedad raíz denominada RESTO DE FUNDO LA AURORA DE RAUCO, comuna de RAUCO, provincia de CURICÓ; que tiene una superficie de 72,81 HECTÁREAS y deslinda NOROESTE: en parte con la Vega, en parte con El Pino, en parte con Fundo San José Hijuela N°1, en parte con Juan Bautista Serrano González, en parte con Luis Armando Acuña Vera, en parte con Luis Morales Arenas, en parte con La Vega, en parte con Juan Ramón Sáez Lagos y en parte con Lote A; NORESTE: en parte con Lote A, en parte con sucesión Juan Pino Código: XBBCXTPXDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl « V-300-2024» Villarroel, en parte con Fundo El Cardal, hijuela primera; ESTE: en parte con Lote E, en parte con Fundo El Cardal Hijuela Primera, en parte con la Vega, en parte con Juan Bautista Serrano, en parte con Sucesión Juan Pino Villarroel, S
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: XBBCXTPXDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl « V-300-2024» PRIMERO: Que con la solicitud de folio 1 se persigue que el Tribunal, de acuerdo con los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, y a título de mera liberalidad, autorice la donación de bienes de doña Ana María Torres Astorga, a sus hijos Pablo Andrés y María Ángeles ambos de apellido Pla Torres, el 5% de los derechos de que es dueña sobre los bienes individualizados y que corresponden a los Lotes 1, 2, 3 y 4 y el 5% de los derechos de aguas con que se riega el predio. Donando el 2,5 % de los lotes y el 2,5% de los derechos de aprovechamiento de aguas, a cada uno de sus Hijos. SEGUNDO: Que acompaño a los autos los siguientes antecedentes Por el primer otrosí del libelo de folio 1; 1.- Copia de mandato judicial de fecha 14 de febrero de 2024, otorgado en la 42° notaría de don Álvaro González Salinas; 2.- Certificado de Matrimonio de ANA MARÍA TORRES ASTORGA emitido por el Registro Civil con firma electrónica; 3.- Certificado de Nacimiento de PABLO ANDRÉS PLÁ TORRES emitido por el Registro Civil con firma electrónica; 4.- Certificado de Nacimiento de MARÍA ÁNGELES PLÁ TORRES emitido por el Registro Civil con firma electrónica; 5.- Copia de dominio vigente de la propiedad Fundo La Aurora de Rauco, emitido por el Conservador de bienes Raíces de Curicó; 6.- Copia certificado de hipotecas y gravámenes del Fundo La Aurora de Rauco, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Curicó; 7.- Copia de inscripción con vigencia de los Derechos de aprovechamiento de aguas del Fundo La Aurora de Rauco, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Curicó; 8.- Copia certificado de hipotecas y gravámenes Derechos de aprovechamiento de aguas del Fundo La Aurora de Rauco, emitido por el Conservador de Bienes Raíces de Curicó; 9.- Minuta/certificado de deslindes del Resto del Fundo La Aurora de Rauco; Lotes 1, 2, 3 y 4; 10.- Certificado N° 1534-2024 de Avalúo fiscal proporcional emitido por el Servicio de Impuestos Internos; 11.- Certificado de asignación de roles emitido por el SII de impuestos internos; 12.- Copia escritura pública de Resciliación, Liquidación y adjudicación de fecha de la SOCIEDAD AGRÍCOLA LA AURORA DE RAUCO de fecha 25 de noviembre de 2021, Rep.19.637, otorgada ante don Eduardo Javier Diez Morello, notario público Titular de la 34° Notaría de Santiago; 13.- Copia del dominio del departamento número 701, de la Torre 1, ubicado en San Olav número 6440, Comuna de Las Condes, inscrito a fojas 93498 número 133.978 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017; 14.- Certificado de avalúo fiscal de las propiedades ubicadas en San Olav 6440 Dpto. 701, estacionamientos número 175;176 y 177 y de la bodega número 95, comuna de Las Condes; Código: XBBCXTPXDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificado
Fallo
se declara que: Código: XBBCXTPXDXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl « V-300-2024» Ha lugar a la solicitud de autos, autorizándose la donación de acuerdo con los artículos 1386 y siguientes del Código Civil, a título de mera liberalidad, de doña ANA MARIA TORRES ASTORGA, cedula de identidad N°5.463.557-5, a sus hijos a Pablo Andrés Plá Torres, cédula de identidad N°8.710.279-3 y, María Ángeles Plá Torres, cedula de identidad N°10.963.022-5, correspondiente al 2,5% a cada uno sobre los derechos sobre el inmueble que se encuentra inscrito a fojas 392 número 400, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2022. Propiedad denominada Resto del Fundo La Aurora de Rauco, los propietarios que reúnen el 100% de los derechos de propiedad, realizaron una subdivisión en 6 lotes, la que fue debidamente aprobada por el Servicio Agrícola y Ganadero según consta en la resolución 396 de fecha 25 de enero de 2023, agregados junto con el plano aludido con el número 469/2023 al final del Registro de Propiedad del año 2023 y anotado al margen de la inscripción del dominio del inmueble previamente individualizado, los lotes 1, 2, 3 y 4. Asimismo 2,5% a cada uno, de los derechos de aprovechamiento de aguas, sobre el dominio de los derechos de aprovechamiento de aguas que se encuentra vigente e inscrito a fojas 58 vuelta número 88, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces
Texto Completo (Preview)
« V-300-2024» FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-300-2024 CARATULADO : TORRES/ Santiago, veintis is de febrero de dos mil veinticincoé VISTOS Y TENIEND PRESENTE: Que, con fecha 26 de noviembre de 2024, comparece doña Belén Carolina Vera Verdugo, abogada, cedula nacional de identidad número 18.089.374-1, en representación de doña Ana
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