2º Juzgado Civil de San Miguel

MUTUALIDAD DE CARABINEROS/HUIRCAMAN

Rol

C-7435-2023

Fecha

26 de febrero de 2025

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Se ha iniciado este proceso rol C-7435-2023, sobre cobro de pesos, acci nó interpuesta por la Mutualidad de Carabineros (MUTUCAR), persona jur dicaí de derecho privado, con giro de su denominaci n, representada legalmente poró Ren Rodrigo Ureta Toledo, domiciliados para estos efectos en Paseo Bulnes Né ° 157, comuna y ciudad de Santiago, contra Hermo Cristian Huircaman Torres, exfuncionario p blico, domiciliado en San Marcos N 4551, comuna de Maculú º (folios 14 y 15). Expone la actora ser una corporaci n de seguros sin fines de lucro, cuyoó principal objeto es mantener y administrar seguros de vida respecto de quienes prestan servicios en Carabineros de Chile o en la Polic a de Investigaciones deí Chile, y sus familias, promover sistemas de ayuda mutua para estos y mantener un sistema de prestaciones econ micas en favor de sus asegurados; y as , luego deó í referir los procedimientos para acceder a sus “prestamos de auxilio , detalla los” distintos mutuos o prestamos que ofrece (con o sin reajustabilidad). Refiere que Hermo Cristian Huircaman Torres, exfuncionario p blico,ú solicit a su parte el ó “formulario de solicitud de pr stamo asegurado en retiro oé asegurado activo , por el que le solicit un pr stamo de $4.000.000.-; y, aprobada” ó é la “liquidaci n de pr stamoó é por la mutualidad, se le otorg efectivamente el” ó pr stamo N 689.117, por la suma de $4.000.000.- solucionable en 60 cuotas, coné ° tasa de 1.054% cuota fija (sic), gener ndose un timbre en el documento queá acredita el pago de la mutualidad al demandado el 29 de diciembre de 2016, mediante dep sito bancario.ó Alega que el demandado solo sirvi la deuda hasta el 22 de junio de 2019,ó esto es, al arribo de la cuota 24 del pr stamo, adeudando las 36 posterioresé (vencidas), por lo que adeuda $3.250.584.- Funda su accion en Derecho conforme a la Norma de Car cter General Ná ° 208 de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile, actual Comisi n paraó el Mercado financiero; art culos 155

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparece a estrado Mutualidad de Carabineros, debidamente representada, interponiendo acci n de cobro de pesos contra ó Hermo Cristian Huircaman Torres en calidad de ex funcionario de la instituci n deó Carabineros de Chile, quien, notificado de la acci n dirigida en su contra enó forma legal, no la contest , por lo que, evacuado tal traslado en rebeld a, han deó í tenerse por controvertidos la totalidad de los hechos que fundan la demanda. Segundo: Que conforme a la regla general probatoria del art culo 1698 delí C digo Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llasó ó é o sta; y, en lo que respecta a la acci n aqu impetrada, aparece en primer lugaré ó í como hecho a establecer por la actora si Hermo Cristian Huircaman Torres se desempe como funcionario de Carabineros de Chile, y si entre este y lañó mutualidad demandante (mientras era aquel a n parte de la instituci n) mediú ó ó contrato de mutuo o pr stamo de dinero conforme al sistema establecido por laé mutualidad al efecto, y si por este contrato se gener para la demandada laó obligaci n de restituir la suma de $4.000.000.- en 60 cuotas mensuales; finalmente,ó acreditada que resulte tal obligaci n, ser entonces de cargo de la parteó á demandada el probar su pago o soluci n (total o parcial), o su extinci n por medioó ó legal a fin de sustraerse de la deuda. Tercero: Que, para acreditar sus pretensiones, Mutualidad de Carabineros acompa a folio 1, en forma legal y sin objeci n, ñó ó prueba instrumental, consistente en: a) Certificado de saldo de deuda, de 10 de noviembre de 2023, emitido por la jefa de Departamento de Prestamos de la Mutualidad de Carabineros de Chile, por el pr stamo moroso N 689.117;é ° b) Formulario de solicitud de pr stamo de auxilio N 689.117 paraé ° asegurado activo (con menos de 20 a os de servicio) de 9 de diciembre de 2016,ñ con timbre de autorizaci n de pago de 28 de diciembre de 2016;ó Código: GERXXTSPSHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7435-2023 c) Anexo de formulario de pr stamo de auxilio y solicitud de seguro deé desgravamen de 7 de diciembre de 2016; d) Informe de deudas N 3482032, de 7 de diciembre de 2016;° e) Copia de cedula de identidad de Hermo Cristian Huircaman Torres; f) Copia de liquidaciones remuneratorias de septiembre, octubre y noviembre de 2016, de Hermo Cristian Huircaman Torres, sargento segundo activo de Carabineros; g) Manual de pol ticas y procedimiento, Departamento de Prestamos.í Cuarto: Que, atenta obligaci n alegada por la demandante, como primeró hecho a establecer es si el demandado form parte de la instituci n deó ó Carabineros de Chile, hecho que resulta demostrado con la serie de instrumentos quedan cuenta de haber fungido Hermo Cristian Huircaman Torres el cargo de Sargento segundo, en dicha instituci n, y luego, de la misma instrumental se sigueó que el antes referido solicit , y le fue conferido un m

Fallo

fallo quede ejecutoriado, e interesesá desde que la parte demandada sea constituida en mora, en ambos casos hasta su fecha de pago; debiendo adem s la parte demandada soportar las costas del juicio,á por resultar totalmente vencida. Noveno: Que la dem s prueba rendida y no analizada en detalle, no alteraá lo resuelto. Por estas consideraciones y atendido, adem s, lo previsto en los art culos 144,á í 160, 170 y 342 del C digo de Procedimiento Civil; 1437 y 1698 del C digo Civil;ó ó y art culo 225 Letras k) y q) de la Ley General de Servicios El ctricos, se declaraí é que: Se acoge, con costas, la demanda de cobro de pesos interpuesta por la Mutualidad de Carabineros de Chile contra Hermo Cristi n Huircam n Torresá á y, en consecuencia, se condena a ste al pago de é $3.250.584.-, m s intereses yá reajustes referidos en el motivo octavo. Notif quese, reg strese y arch vese, en su oportunidadí í í . Dictada y firmada por Gonzalo Alejandro Neira Campos, Juez suplente. Código: GERXXTSPSHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7435-2023 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veintis isé de febrero de dos mil veinticinco Código: GERXXTSPSHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-26T13:08:06-0300

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C-7435-2023 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-7435-2023 CARATULADO : MUTUALIDAD DE CARABINEROS/HUIRCAMAN San Miguel, veintis isé de febrero de dos mil veinticinco Vistos: Se ha iniciado este proceso rol C-7435-2023, sobre cobro de pesos, acci nó interpuesta por la Mutualidad de Carabineros (MUTUCAR), persona jur dicaí de derecho privado, con gir

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