YÁÑEZ/SERVICIOS ACUÍCOLA EVIZAX SOCIEDAD POR ACCIONES
Rol
O-14-2024
Fecha
24 de enero de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de WILLY DEL CARMEN YÁÑEZ ESPINOZA, cedula nacional de identidad N° 14.289.042-9, Buzo, domiciliado en Chahue S/N° de la comuna de Maullin; quien interpone demanda por Despido Indebido, Nulidad del Despido y Cobro de Prestaciones Laborales, en contra de mi ex empleador SERVICIOS ACUÍCOLAS EVIZAX SPA, Rut 76.828.584-5, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don CARLOS IVÁN SOTO ZAPATA, cedula nacional de identidad N° 17.888.140-k, profesión u oficio ignoro o por quien corresponda de conformidad a lo establecido en el artículo 4º del Código del Trabajo, ambos con domicilio en Avenida Diego Portales N° 860 de la comuna de Puerto Montt, y; solidaria o subsidiariamente, según sea el caso, en contra de CERMAQ CHILE S.A., sociedad del giro reproducción de Peces y Mariscos, RUT 79.784.980-4, representada legalmente por don JUAN LUIS VIAL COSMELLI, profesión u oficio ignoro, cedula nacional de identidad N° 16.207.842-9, ambos con domicilio en Avenida Diego Portales N° 2.000, Piso 10, de la comuna de Puerto Montt; en atención a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho: I.- ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL Fui contratado por mi ex empleador SERVICIOS ACUÍCOLAS EVIZAX SPA, con fecha 1° de junio del año 2018, para prestar servicios de Buzo, virtud de un contrato a plazo fijo que con posterioridad se transformó en indefinido. Mis servicios de Buzo Intermedio los presté en los centros de cultivo de la empresa Cermaq Chile S.A., ubicados en la Décima Región de Los Lagos, desempeñando entre otras funciones armado de centros, instalación de redes loberas y mantención de los centros de cultivo. En la práctica, la empresa CERMAQ CHILE S.A., contrata los servicios de apoyo a centros de cultivo que ofrece mi ex empleador para el buen funcionamiento de sus instalaciones. De esta manera Cermaq Chile S.A., tiene la calidad de empresa principal para estos efectos y mi ex empleador la calidad de contratista. Debido a lo anterior y teniendo en consideración que trabajé exclusiva y continuamente para Cermaq Chile S.A., beneficiándose esta empresa de mis servicios personales, se cumplen todos y cada uno de los requisitos para que se configure el trabajo en régimen de subcontratación. Respecto a mi jornada de trabajo, esta se estipuló en 14 días de trabajo por 14 días de descanso. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, mi última remuneración mensual asciende a la suma de $1.169.375 (un millón ciento sesenta y nueve mil trescientos setenta y cinco pesos) Para efectos de lo dispuesto en el artículo 423 del Código del Trabajo, la competencia territorial de S.S. para conocer de la presente causa, la determina el domicilio de la demanda principal y el domicilio de la demandada solidaria, esto es la ciudad de Puerto Montt. Hago presente a S.S. que me encuentro afiliado a Afp Plan Vital, Isapre Colmena y Afc, para efecto
Fallo
POR TANTO; en mérito de lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7, 73, 160, 162, 163, 168, 171,172, 173 del Código del Trabajo; artículos 2 y 5 de la Ley 19.728, en relación con los artículos 420, 423, 446, 453 y siguientes del Código del Trabajo, artículo 1545 y 1546 del Código Civil, A US. PIDO: Se sirva tener por interpuesta, dentro del plazo legal, conforme al Procedimiento de Aplicación Laboral, Demanda por Despido Indirecto, Nulidad del Despido y Cobro de Prestaciones Laborales, en contra de mi ex empleador SERVICIOS ACUÍCOLAS EVIZAX SPA, Rut 76.828.584-5, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don CARLOS IVÁN SOTO ZAPATA, cedula nacional de identidad N° 17.888.140-k, profesión u oficio ignoro o por quien corresponda de conformidad a lo establecido en el artículo 4º del Código del Trabajo, ambos con domicilio en Avenida Diego Portales N° 860 de la comuna de Puerto Montt, y; solidaria o subsidiariamente, según sea el caso, en contra de CERMAQ CHILE S.A., sociedad del giro reproducción de Peces y Mariscos, RUT 79.784.980-4, representada legalmente por don JUAN LUIS VIAL COSMELLI, profesión u oficio ignoro, cedula nacional de identidad N° 16.207.842-9, ambos con domicilio en Avenida Diego Portales N° 2.000, Piso 10, de la comuna de Puerto Montt; todos ya individualizados en lo principal de esta presentación; acogerla a tramitación y, en definitiva, declarar: 1.- Que se hace lugar ha lugar a la demanda por Despido In
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Puerto Montt, veinticuatro de enero de dos mil veinticinco VISTOS OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la presente causa se inicia con la comparecencia de WILLY DEL CARMEN YÁÑEZ ESPINOZA, cedula nacional de identidad N° 14.289.042-9, Buzo, domiciliado en Chahue S/N° de la comuna de Maullin; quien interpone demanda por Despido Indebido, Nulidad del Despido y Cobro de Prestaciones Laborales, en contra
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