HERRERA/HENRÍQUEZ
Rol
C-1784-2024
Fecha
25 de febrero de 2025
Materia
ARRENDAMIENTO DEVOLUCIÓN GARANTÍA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece do a ñ IVANIA MACARENA HERRERA PAVEZ, ejecutiva bancaria, domiciliada en Calle 7 A, casa 1541, comuna de Pe alol n, interponiendoñ é demanda de resoluci n (..sic) de contrato de“ ó ” arrendamiento por incumplimiento de obligaciones por el arrendador, y en subsidio demanda el cobro de prestaciones dinerarias, en contra de do añ TANIA HENRIQUEZ GUERRA, domiciliada en In s de Suarez Né º 7763, departamento 210, comuna de La Florida, solicitando se declare: 1. Que existe un enriquecimiento sin causa de do a Tania Henr quezñ í Guerra. 2. Que, habi ndose ocupado el inmueble por s lo 15 d as del mes deé ó í agosto de 2023, corresponde a la demandada restituir la suma de $596.774.- pesos por pagos adelantados de la renta de arrendamiento -o la suma que se determine en derecho. 3. Que, habiendo expirado el plazo de 45 d as para hacer uso de laí garant a establecida en el contrato de marras, corresponde a do a Taniaí ñ Henr quez Guerra la restituci n de la suma de $500.000.- pesos, o la sumaí ó que se determine en Derecho. 4. Que se condena a la demandada al pago de las costas de la causa. 5. Todos estos montos con intereses y debidamente reajustados. Funda su pretensi n manifestando que, con fecha 11 de agosto deó 2023 celebr un contrato de arrendamiento respecto de la propiedadó ubicada en calle In s de Suarez N 7763, departamento 702, as como elé º í estacionamiento N 61 y bodega N 32, ubicado en la comuna de Laº º Código: QBPMXSYKKSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1784-2024 Foja: 1 Florida, agregando que el contrato fue celebrado con do a Taniañ Henr quez Guerra en calidad de arrendadora, gestionado a trav s delí é corredor de propiedades don Oscar Contreras Roiron. A ade que elñ contrato fue firmado el d a 11 de agosto de 2023 en la Primera Notaria deí Santiago de don Hern n Cuadra Gazmuri, pact ndose una renta mensualá á de $500.000.- pagadera los d as 5 de cada mes
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, do a ñ IVANIA MACARENA HERRERA PAVEZ, interpuso demanda de resoluci n de contrato de arrendamiento,ó en procedimiento sumario especial de la Ley N 18.101, y en forma° subsidiaria, demanda de cobro de prestaciones de arrendamiento, en contra de do a ñ TANIA HENRIQUEZ GUERRA, conforme como fuere se alado en la parte expositiva de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que, la parte demandada encontr ndose debidamenteá emplazada, se mantuvo en rebeld a durante todo el curso del juicio.í TERCERO: Que, para acreditar su pretensi n, la ó parte demandante produjo la siguiente prueba: A) INSTRUMENTAL A folio 1. 1. Contrato de arriendo, celebrado entre do a Tania Henr quez Guerrañ í y do a Ivania Macarena Herrera P vez, de fecha 11 de agosto deñ á 2023, firmas que fueron autorizadas por el Notario Suplente del titular de la Primera Notar a de Santiago, don Juan Carlos lvarezí Á Dom nguez, con fecha 11 de agosto de 2023. í 2. Copia de correos electr nicos entre Ivania Herrera P vez yó á Rubio&Hanson Propiedades, desde el 17 de agosto de 2023 a 23 de agosto de 2023, bajo el t tulo Rv: Anulaci n De Contrato In s Deí “ ó é Suarez 7763, DEPTO 702” 3. Correo electr nico entre Ivania Herrera P vez y do a Taniaó á ñ Henr quez Guerra, don Oscar Contreras Roiron y otros, de fecha 25í de agosto de 2023 y 01 de octubre de 2023, bajo el t tulo Anulaci ní “ ó De Contrato De Arriendo Ivania Herrera comunica a don Oscar” que con fecha 26 de agosto de 2023, dejar el departamento, porqueá al hacer el contrato le dijo que los gastos comunes ascend an aí Código: QBPMXSYKKSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1784-2024 Foja: 1 $80.000.- y el 15 de agosto cuando le autorizan el ingreso a la aplicaci n comunidad Feliz del edificio donde arrend , se dioó “ ” ó cuenta que la informaci n del pago, no era la correcta, sino que deó base eran $120.000.- lo que habr a sido manifestado por do a Taniaí ñ Henr quez Guerra (due a del depto.) a la Corredora Marcela Rubioí ñ por whatsapp, valor que se aleja de su presupuesto, adem s indicaá que ha tratado de comunicarse con la due a y no ha tenido xito, porñ é lo que pide se les restituya $500.000, correspondiente al mes de septiembre de 2023 y $500.000.- a los 40 d as .- En el mismo correoí cita para el d a siguiente a la destinataria, para que se presente con elí comprobante de la primera transferencia y hacer entrega de las llaves del inmueble. 4. Impresiones de pantalla de conversaciones por wathsapp que habr aní sido realizadas entre Ivania Herrera P vez y don scar Contrerasá Ó Roiron, entre las fechas 21 de agosto de 2023 al 08 de septiembre de 2023. Las que no contienen certificaci n notarial de su origen. ó 5. Impresi n de pantalla de conversaciones por wathsapp que habr anó í sido realizadas entre Ivania Herrera P vez y la corredoraá Rubio&Hanson Propiedades, en el que se indica valor del departamento ($500.000) y gastos comunes ($60.000). Sin cer
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, y lo dispuesto en la Ley N° 18.101, los art culos 1437, 1438,1439, 1545, 1546, 1698, 1915,1932 y 1950í del C digo Civil, 139, 144, 160 y 170 del C digo de Procedimiento Civil, seó ó declara: I.- Que, SE ACOGE parcialmente la demanda interpuesta por do a ñ IVANIA MACARENA HERRERA PAVEZ en contra de do añ TANIA HENRIQUEZ GUERRA, respecto del contrato de arrendamiento celebrado por ambas partes, que termin el 11 de agosto deó 2024; y, se condena a la demandada a la restituci n de la garant a,ó í debiendo pagar a la demandante la suma ascendente a $500.000.- debidamente reajustada conforme a la variaci n del IPC, desde el 11 deó agosto de 2023 y hasta la fecha de pago efectivo. Se RECHAZA en lo dem s la demanda de folio 1. á II.- Que, SE RECHAZA, la demandada subsidiaria de cobro de prestaciones de arrendamiento. III.- Que, cada parte soportar susá costas Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol: C-1784-2024. Pronunciada por do a ñ MARIA CECILIA MORALES LACOSTE, Jueza Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco Código: QBPMXSYKKSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1784-2024 Foja: 1 Código: QBPMXSYKKSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-25T14:47:30-0300
Texto Completo (Preview)
C-1784-2024 Foja: 1 FOLIO: 51 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1784-2024 CARATULADO : HERRERA/HENR QUEZÍ Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco VISTO: A folio 1, comparece do a ñ IVANIA MACARENA HERRERA PAVEZ, ejecutiva bancaria, domiciliada en Calle 7 A, casa 1541, comuna de Pe alol n, interponiendoñ é demanda de resoluci
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