16º Juzgado Civil de Santiago

VÁSQUEZ/CAJA DE COMPENSACIÓN Y ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES

Rol

C-7427-2024

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 23 de abril de dos mil veinticuatro, comparece do añ Luis Rigoberto V squez G lvez, domiciliado en calle San Antonio N 19,á á ° piso N 25, oficina N 2505, comuna de Santiago, quien deduce acci n de° ° ó declaraci n de prescripci n en ó ó contra la Caja de Compensaci n deó Asignaci n Familiar Los Andes, representada por don Nelson Mauricioó Rojas Mena, domiciliados en calle Alonso Ovalle N 1465, comuna de° Santiago. Que, con fecha 13 de septiembre de dos mil veinticuatro, se tuvo por contestada la acci n, en rebeld a.ó í Que, con fecha 12 de noviembre de dos mil veinticuatro, se celebra comparendo de conciliaci n con la asistencia del apoderado de laó demandante. En el acto, se tuvo por frustrado el llamado. Que, con fecha 22 de noviembre de dos mil veinticuatro, se recibe la causa a prueba. Que, con fecha 3 de febrero de dos mil veinticinco, se cita a las partes a o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, comparece do a Luis Rigoberto V squez G lvezñ á á quien deduce acci n de declaraci n de prescripci n en contra la Caja deó ó ó Compensaci n de Asignaci n Familiar Los Andes, todos ya individualizados.ó ó Código: XTZXSHXXRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7427-2024 Foja: 1 Comenta que el pagar N 164CON200706125, de fecha 9 de febreroé ° de dos mil dieciocho da cuenta de haber sido suscrito por la suma de $3.630.121 pesos, el que se dej de pagar con fecha 30 de abril de dos miló diecinueve, seg n consta en el bolet n de informe comercial Equifax y Maat.ú í Luego, se encontrar a prescrito por cumplirse con el plazo establecidoí en el art culo 98 de la Ley N 18.092.í ° Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n de declaraci nó ó de prescripci n en contra la Caja de Compensaci n de Asignaci n Familiaró ó ó Los Andes, ya individualizado, y en definitiva se declare la prescripci n deó la acci n de cobro de las cuotas morosas del pagar previamente se alado.ó é ñ Segundo: Que, se tuvo por contestada la acci n, en rebeld a.ó í Tercero: Que, a fin de acreditar sus dichos, la actora acompa a enñ tanto prueba instrumental los siguientes documentos. I. Copia de pagar N 164CON200706125.é ° II. Informe Equifax respecto a la demandante. III. Informe Maat respecto a la demandante. Cuarto: Que, la demandada no acompa a diligencia probatoriañ alguna. Quinto: Que, la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas,ó o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosasí o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratadaá en el C digo Civil, en los art culos 2492 y siguientes.ó í Sexto: Que, la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y laí debida tutela o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que losó part cipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida,í provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversasó situaciones jur dicas. í Código: XTZXSHXXRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7427-2024 Foja: 1 Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protecci n aló acreedor, facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pac fico y en definitiva la eficacia de su derecho; protege a su vezí al sujeto pasivo de la relaci n estableciendo con normas de orden p blico eló ú real alcance y permanencia del deber que de esta relaci n emana.ó La prescripci n extintiva o liberatoria, permite la estabilidad de losó derechos dando seguridad jur dica y, en definitiva, se constituye en uní castigo para el actor negligente que no hace vale

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2407 y siguientes, 2514, 2515 y 2518 del C digo Civil, 160, 170 y 703 deló C digo de Procedimiento Civil, se declara que: ó I. Se ACOGE la acci n incoada con fecha 23 de abril de dosó mil veinticuatro, declar ndose prescritas las acciones cambiariasá emanadas del pagar n mero de operaci né ú ó N 164CON200706125.° , suscrito por Luis Rigoberto V squezá G lvez en favor de la Caja de Compensaci n de Asignaci ná ó ó Familiar Los Andes. II. Se condena en costas a la parte demandada. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í ROL N C-7427-2024.° Código: XTZXSHXXRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7427-2024 Foja: 1 Pronunciada por don LUIS PARRA ARAVENA, JUEZ SUPLENTE Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco Código: XTZXSHXXRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-25T13:38:20-0300

Texto Completo (Preview)

C-7427-2024 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7427-2024 CARATULADO : V SQUEZ/CAJA DE COMPENSACI N YÁ Ó ASIGNACI N FAMILIAR LOS ANDESÓ Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco Vistos: Que, con fecha 23 de abril de dos mil veinticuatro, comparece do añ Luis Rigoberto V squez G lvez, domiciliado en calle San Ant

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