ROJAS/COMUNIDAD EDIFICIO UPSALA
Rol
O-4337-2024
Fecha
24 de enero de 2025
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio por despido indirecto, nulidad del despido, cobro de indemnizaciones y prestaciones, interpuesta por GUILLERMO FRANCISCO ROJAS ARANCIBIA, trabajador, Rut N° 9.492.268-2, en contra de COMUNIDAD EDIFICIO UPSALA, Rut N° 53.302.285-5. Que a la audiencia de juicio solamente comparece la parte demandante.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. Argumentos y pretensiones del demandante. Expone que con fecha 10/06/2013 comenzó relación laboral para la demandada, prestando funciones como conserje, en el edificio ubicado en UPSALA N°357, LAS CONDES. Indica que mantenía una remuneración de $610.000, compuesto de un sueldo base de $480.000, por concepto de asignación de movilización la suma de $65.000, y por concepto de colación la suma $65.000. Con fecha 10/06/2024, hizo efectivo su autodespido por cuanto el empleador incurrió en diversos incumplimientos, puntualmente deudas de cotizaciones previsionales de las siguientes instituciones: AFP PROVIDA: por el mes de junio de 2015. -AFC: por los meses de junio, julio, agosto y septiembre de 2015; junio de 2018; marzo de 2019; y marzo y abril de 2020. Entendiendo que su autodespido ha sido justificado, pide se declare en dichos términos y se sancione la nulidad del mismo condenando a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1. La suma de $610.000, por concepto de indemnización sustitutiva de mes de aviso previo. 2. La suma de $6.710.000, por concepto de indemnización por años de servicios (11 años de servicios). 3. La suma de $3.355.000, por concepto de recargo por despido indirecto. 4. La suma de $854.000, por concepto de 42 días de feriado legal y proporcional adeudado. 5. La suma de $203.333, por concepto de 10 días de remuneración pendiente correspondiente a los 10 días de junio de 2024. 6. Cotizaciones previsionales, de salud y del Fondo de Cesantía ya detalladas y remuneraciones hasta la convalidación del despido. − Lo anterior con intereses y reajustes en conformidad a la ley, con expresa condena en costas SEGUNDO. Contesta demanda. Que la demandada válidamente emplazada no contesta la demanda, teniendo el tribunal por contestada la demanda en rebeldía. TERCERO. Audiencia preparatoria. Que llamadas las partes a conciliación ésta no se produce, compareciendo solo la parte demandante. El tribunal fija como hechos controvertidos los siguientes: HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de relación laboral entre las partes 2. Fecha de inicio, funciones realizadas, remuneración pactada y efectivamente percibida 3. Hechos y circunstancias invocados por el trabajador para poner término a la relación laboral, en relación a la causal aplicada y cumplimiento de las formalidades legales del despido 4. Efectividad de adeudarse feriados CUARTO. Incorporación de medios probatorios. Que la parte demandante incorpora los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Carta de despido indirecto de fecha 10 de junio de 2024, junto a declaración jurada entregada en la Inspección del trabajo y comprobante de envío de carta certificada de correos de Chile enviada al demandado con la misma fecha. 2. 03 liquidaciones de sueldo correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de 2024. 3. Certificado de cotizaciones emitido por AFP HABITAT, de fecha 28 de mayo de 2024. 4. Certificado de cotizaciones previsionales acreditadas
Fallo
Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 54, 453, 454 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE: I.- Que se ACOGE en todas sus partes la demanda interpuesta por GUILLERMO FRANCISCO ROJAS ARANCIBIA, trabajador, Rut N° 9.492.268-2, declarando justificado su autodespido y nulo por cuanto adeuda el pago de cotizaciones previsionales, y en consecuencia se condena a la demandada COMUNIDAD EDIFICIO UPSALA, Rut N° 53.302.285-5al pago de las siguientes prestaciones: 1. La suma de $610.000, por concepto de indemnización sustitutiva de mes de aviso previo. 2. La suma de $6.710.000, por concepto de indemnización por años de servicios (11 años de servicios). 3. La suma de $3.355.000, por concepto de recargo por despido indirecto. 4. La suma de $854.000, por concepto de 42 días de feriado legal y proporcional adeudado. 5. La suma de $203.333, por concepto de 10 días de remuneración pendiente correspondiente a los 10 días de junio de 2024. 6. Cotizaciones previsionales, de salud y del Fondo de Cesantía ya detalladas y remuneraciones hasta la convalidación del despido. II.- Que se condena en costas a la demandada regulando las mismas en la suma de $100.000. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : O-4337-2024 RUC : 24- 4-0583639-0 Dictada por doña CAROLINA ISABEL GAJARDO BENÍTEZ, Juez del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintitrés de enero de dos mil vei
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintitrés de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio por despido indirecto, nulidad del despido, cobro de indemnizaciones y prestaciones, interpuesta por GUILLERMO FRANCISCO ROJAS ARANCIBIA, trabajador, Rut N° 9.492.268-2, en contra de COM
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