1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GONZÁLEZ/GÓMEZ

Rol

O-7022-2022

Fecha

24 de enero de 2025

Materia

Despido indirecto, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Subterfugio

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio por despido indirecto, nulidad del despido, indemnizaciones, cobro de prestaciones laborales, declaración de unidad económica y la comisión de subterfugios; en subsidio, régimen de subcontratación, en contra de la empresa GR ASESORIAS Y CONSULTORIA SPA, RUT N° 77.125.379- 2; ROCHA S.A., RUT N° 77.003.680-1; y en calidad de único empleador, co-empleador o unidad económica contra MUEBLES Y DISEÑOS S.A., RUT N° 99.543.470-9; SILLAS Y SILLAS S.A., RUT 76.038.442-9; INVERSIONES JJ GOMEZ SPA, RUT N° 77.122.585-3; TRANSPORTES J.J. LIMITADA, RUT N° 76.074.046-2; CONSTRUCCIONES Y DISEÑOS S.A., RUT N° 76.088.346-8; INMOBILIARIA ROCHA S.A., RUT 77.020.428-3; CHILE ESPACIOS SPA, RUT 77.625.037-6; INVERSIONES RESTREPO SPA, RUT EN TRÁMITE; y JHON JAIRO GÓMEZ CORREA, cédula de identidad N° 14.642.921-1. Que a la audiencia de juicio solamente comparece la parte demandante.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO. Argumentos y pretensiones del demandante. Exponen que ingresaron a prestar servicios para las demandadas según el siguiente detalle: ALEJANDRO ALBERTO VIDELA TORRES, la relación laboral comenzó con fecha 19 de abril de 2021, desempeñándose como COORDINADOR DE PLANIFICACION Y CONTROL DE PROYECTOS, en el domicilio ubicado en Avenida Camino a Lonquen N° 10.765, comuna de Maipú, con una jornada laboral ordinaria de 40 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes, y una remuneración de $762.753. Indica que a propósito de varios incumplimientos por parte de su empleador, con fecha 31 de agosto de 2022, puso término al contrato a través de su autodespido. MARCO JOEL VARAS AVALOS, la relación laboral comenzó con fecha 01 de Abril de 2011, cumpliendo labores como ELECTRICISTA, en la zona geográfica de la Región Metropolitana, con una jornada laboral ordinaria de 45 horas semanales, y remuneración de $837.530. Señala que a propósito de varios incumplimientos por parte de su empleador, hizo efectivo su autodespido el 31 de agosto de 2022. RAUL GONZALEZ MARQUEZ, comenzó la relación laboral con la demandada con fecha 18 de diciembre de 2008, desempeñándose como ANALISTA Y CONTROL DE PROYECTOS, en el domicilio ubicado en Avenida Camino a Lonquen N° 10.765, comuna de Maipú; con jornada laboral ordinaria de 40 horas semanales, y remuneración de $837.530. Con fecha 31 de agosto de 2022, decidió poner término a la relación laboral, a través de un despido indirecto o autodespido, en virtud de los diversos incumplimientos en que incurrió su empleador. En razón de ello, piden se declare justificado el autodespido y se condene a las demandadas al pago de las siguientes prestaciones: · ALEJANDRO ALBERTO VIDELA TORRES 1. INDEMNIZACIÓN DE AVISO PREVIO: $762.753 2. INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO: $762.753 3. FERIADO LEGAL: A la fecha de término de la relación laboral, se le adeuda un total de 15 días, correspondiente a la suma de $381.377. 4. FERIADO PROPORCIONAL: A la fecha de término de la relación laboral, se le adeuda un total de 12 días por este concepto, correspondiente a la suma de $305.101. 5. REMUNERACION DEL MES DE JULIO DE 2022: A la fecha de término de la relación, se adeuda la remuneración del mes de Julio de 2022, por la suma de $762.753. 6. REMUNERACION DEL MES DE AGOSTO DE 2022: A la fecha de término de la relación, se adeuda la remuneración del mes de agosto de 2022, por la suma de $762.753. 7. RECARGO LEGAL DEL 50%: En virtud del artículo 171 en relación con el artículo 168, ambos del Código del Trabajo, procede un recargo del 50% $381.377, 8. Cotizaciones previsionales adeudadas y remuneraciones hasta la convalidación del despido. · MARCO JOEL VARAS AVALOS 1. INDEMNIZACIÓN DE AVISO PREVIO: $837.530 2. INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO: $9.212.830 3. FERIADO LEGAL: A la fecha de término de la relación laboral, se le adeuda un total de 30 días, correspondiente a la suma de $837.530 4. FERIADO PROPORCIONAL: A la fecha de

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 54, 453, 454 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE: I.- Que se ACOGE la demanda interpuesta, solo en cuanto en cuanto se declara justificado el autodespido efectuado y la nulidad en razón del no pago de las cotizaciones previsionales adeudadas, y se condena solidariamente a las demandadas Construcciones y Diseños S.A., Rocha S.A., Sillas y Sillas S.A., Muebles y Diseños S.A., Transportes J.J. Limitada, Inversiones JJ Gómez SPA. y GR Asesorías y Consultorías SPA al pago de las siguientes prestaciones: · ALEJANDRO ALBERTO VIDELA TORRES INDEMNIZACIÓN DE AVISO PREVIO: $762.753 INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO: $762.753 FERIADO LEGAL: 15 días, correspondiente a la suma de $381.377. FERIADO PROPORCIONAL: 12 días por este concepto, correspondiente a la suma de $305.101. REMUNERACION DEL MES DE JULIO DE 2022: $762.753. REMUNERACION DEL MES DE AGOSTO DE 2022: $762.753. RECARGO LEGAL DEL 50%: $381.377, Cotizaciones previsionales adeudadas y remuneraciones hasta la convalidación del despido. · MARCO JOEL VARAS AVALOS INDEMNIZACIÓN DE AVISO PREVIO: $837.530 INDEMNIZACIÓN POR AÑOS DE SERVICIO: $9.212.830 FERIADO LEGAL: 30 días, correspondiente a la suma de $837.530 FERIADO PROPORCIONAL 19 días por este concepto, correspondiente a la suma de $530.436 FERIADO PROGRESIVO: 4 días por este concepto, correspondiente a la suma de $111.671 REMUNERACION DEL MES DE JU

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintitrés de enero de dos mil veinticinco. VISTOS: Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio por despido indirecto, nulidad del despido, indemnizaciones, cobro de prestaciones laborales, declaración de unidad económica y la comisión de subterfugios; en subsidio, régimen de subco

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica