I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/SENEXCO HOLDINGS SA
Rol
C-196-2024
Fecha
26 de febrero de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece OSVALDO ANDRES LOPEZ ARRIAGADA, abogado de la Dirección Jurídica de la MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, en representación judicial de dicha Municipalidad, que es representada legalmente por su alcaldesa doña DANIELA ALEJANDRA PEÑALOZA RAMOS, psicóloga, cédula de identidad 15.213.767-0, todos con domicilio en Avenida Apoquindo N°3.400, Piso 15, Las Condes, Santiago, entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de SENEXCO HOLDINGS S.A., representado por ALFONSO ORELLANA ROJAS y/o doña MARCELA DUARTE GUERRA, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados en Isidora Goyenechea N°2800, of. 5201, comuna de Las Condes, por el cobro de la suma de $5.367.601, más intereses convencionales pactados y devengados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Funda la demanda en que su representada es dueña de un pagaré suscrito por la ejecutada con fecha 27 de julio de 2022, por la suma de $6.560.401, pagaderos en 11 cuotas mensuales, reajustables y sucesivas cada una de $596.400.- con vencimiento la primera de ellas el día 25 de agosto de 2022 y las restantes los días 25 de cada mes. Se pactó Cláusula de aceleración. Código: GWWNXSMUYRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 La firma del suscriptor fue autorizada por Notario Público. Señala que el deudor no pago la cuota N°3, con fecha de vencimiento el 25 de octubre de 2022, constituyéndose en mora a partir de esa fecha. La deuda es líquida, actualmente exigible, y la acción no se encuentra prescrita. A folio 14, consta notificación a la ejecutada ALFONSO ORELLANA ROJAS en calidad de representante legal de SENEXCO HOLDINGS S.A., en conformidad al Art. 44 del Código de Procedimiento Civil, con fecha 23 de enero de 2025. El requerimiento de pago consta a folio 2 del cuaderno de apremio con fecha 24 de ene
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: GWWNXSMUYRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, como se dijo, comparece OSVALDO ANDRES LOPEZ ARRIAGADA, abogado de la Dirección Jurídica de la MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, en representación judicial de dicha Municipalidad, entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de SENEXCO HOLDINGS S.A., por el cobro de la suma de $5.367.601, más intereses convencionales pactados y devengados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del
Fallo
se declara admisible la excepción y por constituir la decisión un asunto de derecho y en atención al allanamiento de la ejecutada, se prescindió del trámite de la recepción de la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. La resolución se encuentra firme y ejecutoriada. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Código: GWWNXSMUYRZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que, como se dijo, comparece OSVALDO ANDRES LOPEZ ARRIAGADA, abogado de la Dirección Jurídica de la MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, en representación judicial de dicha Municipalidad, entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de SENEXCO HOLDINGS S.A., por el cobro de la suma de $5.367.601, más intereses convencionales pactados y devengados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso a la demanda ejecutiva de autos la excepción contemplada en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, la parte ejecutante acompañó al proceso copia del siguiente documento, digit
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Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-196-2024 CARATULADO : I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/SENEXCO HOLDINGS SA Santiago, veintis is de febrero de dos mil veinticincoé VISTOS: A folio 1, comparece OSVALDO ANDRES LOPEZ ARRIAGADA, abogado de la Dirección Jurídica de la MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, en representación judicial de dicha
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