22º Juzgado Civil de Santiago

CASTILLO/BANCO DE CHILE

Rol

C-21714-2024

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO S A folio 1, con fecha 09 de diciembre de 2024, comparece don GUILLERMO ANTONIO CASTILLO CHACANA, dependiente, con domicilio solo para estos efectos en Hu rfanos N 863, oficina N 718,é ° ° comuna de Santiago, regi n Metropolitana, ó quien viene en deducir demanda, en procedimiento ordinario de menor cuant a, de prescripci ní ó extintiva, en contra de BANCO DE CHILE, del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ambos domiciliados en calle Ahumada N 251, comuna de° Santiago, regi n Metropolitana. ó Funda su pretensi n en que Banco de Chile es due o del pagaró ñ é N 326000381253, suscrito por esta parte, cuyo pagar se encuentra vencido° é desde el d a 27 de noviembre 2023, el cual ascend a a la suma de $í í 9.680.819. Refiere que, a la fecha de la presentaci n de la demanda, el acreedoró del pagar no ha notificado demanda judicial con el objeto de exigir elé cumplimiento de la obligaci n, y con ello, interrumpir el plazo legal deó prescripci n.ó En este contexto y previas citas legales, solicita que sea declarado que la obligaci nó contenida en el pagar individualizado se encuentraé prescrita, con costas en caso de oposici n.ó A folio 8, consta notificaci n personal subsidiaria del demandado,ó practicada el d a 10 de enero de 2025.í Código: JQBEXSDHQFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-21714-2024 Foja: 1 A folio 11, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de laí parte demandada. A folio 14, se tuvo presente la voluntad de allanarse de la parte demandada, y en virtud de lo precept a el art culo 313 del C digo deú í ó Procedimiento Civil, se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, don GUILLERMO ANTONIO CASTILLO CHACANA, interpuso demanda de prescripci n extintiva en juicioó ordinario de menor cuant a en contra de í BANCO DE CHILE, conforme fuere expuesto en la parte primera de esta sentencia. SEGUNDO: Que, legalmente emplazada, la parte demandada compareci en forma extempor nea, pero manifestando su intenci n deó á ó allanarse. TERCERO: Que, para acreditar su pretensi n, la demandanteó rindi la siguiente prueba instrumental:ó Bajo folio 1 1.- Copia de pagar a plazo N de operaci n 32600381253, suscritoé ° ó con fecha 15 de noviembre de 2018, por don Guillermo Antonio Castillo Chacana. CUARTO: Que, en cuanto a la acci n deducida, ó debe tenerse presente lo establecido en el art culo 2514 del C digo Civil, el cual disponeí ó que la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se hayaó hecho exigible . ” Atendido que acci n entablada se refiere a una obligaci nó ó que emana de un pagar , debe relacionarse necesariamente con aquellaé norma contenida en el art culo 98 de la Ley N 18.092, la cual a la letraí º indica El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portador“ ó contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a delñ í vencimiento del documento .” QUINTO: Que, conforme lo previene el art culo 1698 del C digoí ó Civil, correspond a a la actora acreditar la existencia del presupuesto f cticoí á de su pretensi n. Para ello, a folio 1, se acompa , copia de pagar a plazoó ñó é N de operaci n 32600381253, suscrito con fecha 15 de noviembre de° ó Código: JQBEXSDHQFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-21714-2024 Foja: 1 2018, el cual fue pactado en 60 cuotas, mensuales y sucesivas, venciendo la primera el d a 26 de diciembre de 2018. En su primera l nea se lee: Deboí í “ y pagar a la orden de banco de Chile , con lo que se encuentraé …” acreditada la existencia de la obligaci n, constando adem s que la firma deló á suscriptor fue autorizada por Notario P blico. ú En atenci n a ello habr de estarse a la fecha de exigibilidad de laó á obligaci n, que fue pactada en cuotas mensuales y sucesivas a partir del d aó í 26 de diciembre del 2018 y hasta la de vencimiento el 27 de noviembre de 2023. Constando por su parte que el demandante acciona de prescripci nó con fecha 09 de diciembre de 2024, fecha en la cual se encontraba vencida hasta la ltima cuota, sin que conste en autos interrupci n natural o civilú ó del plazo de prescripci n. Por lo anterior, a la fecha de notificaci n de laó ó presente demanda, el 10 de enero del 2025, ya hab a transcurrido coní creces el plazo de 1 a o establecido en el art culo 98 de la Ley N 18.092,ñ í ° por lo que se deber declarar la á prescripci n de la acci n cambiariaó ó , m xime si el demandado manifest , aunque extempor nea

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y lo dispuesto en los art culos 1437, 1698, y 2492 y siguientes del C digo Civil; 144, 160, 170,í ó 346 y 426 del C digo de Procedimiento Civil, y art culo 98 y siguientes deó í la Ley N 18.092, se declara:° I.- Que, SE ACOGE la demanda, declar ndose en consecuenciaá prescrita la acci n cambiaria emanada del Pagar a plazo N de operaci nó é ° ó 32600381253, suscrito con fecha 15 de noviembre de 2018, por don Guillermo Antonio Castillo Chacana II.- Que, CADA PARTE pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í í í Rol C-21.714-2024. Pronunciada por do a ñ MAR A CECILIA MORALES LACOSTEÍ , Jueza Subrogante Código: JQBEXSDHQFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-21714-2024 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco Código: JQBEXSDHQFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-24T17:54:50-0300

Texto Completo (Preview)

C-21714-2024 Foja: 1 FOLIO: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-21714-2024 CARATULADO : CASTILLO/BANCO DE CHILE Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco VISTO S A folio 1, con fecha 09 de diciembre de 2024, comparece don GUILLERMO ANTONIO CASTILLO CHACANA, dependiente, con domicilio solo para estos efectos en Hu rfanos N 86

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