1º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO DE CHILE/

Rol

V-363-2024

Fecha

24 de febrero de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 27 de diciembre de 2024, folio 01, comparece doña Paula Arancibia Rodríguez, cédula nacional de identidad número 9.342.648-7, abogado, actuando en representación convencional del BANCO DE CHILE, sociedad anónima del giro bancario, rol único tributario número 97.004.000-5, cuyo gerente general es Eduardo Alberto Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número 9.851.837-1, todos domiciliados en Ahumada número 251, de la comuna de Santiago, deduciendo reclamo judicial en virtud del artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, en contra del CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES DE LA SERENA, con oficio en calle Manuel Antonio Matta Nº 245, comuna de La Serena. I. Antecedentes preliminares Señala que, en causa rol número C-862-2021, caratulada “Banco de Chile con Ayala”, seguida ante el 3° Juzgado de Letras de La Serena se solicitó y concedió una medida prejudicial precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto del inmueble inscrito con fecha 12 de octubre del año 2020 a nombre de JEIMY ALEJANDRA MUÑOZ SANTANDER a fojas 7330 número 4747 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Serena del año 2020, al cual le afecta una hipoteca en favor de Banco de Chile que corre inscrita a fojas 1038 número 549 del año 2014, del registro respectivo, sirviendo de título traslaticio de dominio la escritura pública de compraventa de fecha 27 de mayo del año 2020, repertorio notarial número 3319-2020, otorgada en la Notaría de La Serena de Oscar Fernández Mora, entre Reinier Francisco Cortés Cavieres y Jeimy Alejandra Muñoz Santander. Posteriormente, se presentó en dicho proceso Código: QXXFXSXSDBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 una demanda de gestión preparatoria de notificación de desposeimiento, la cual se notificó a la demandada. Indica que, la demandada se llama actualmente JEIMY ALEJA

Fundamentos

motivos expuestos por el Conservador, resolverá lo que corresponda. Cabe hacer presente que dicho procedimiento de reclamo tendrá lugar cuando la negativa del Conservador a inscribir se sustente en alguna infracción a los preceptos del artículo 13 y siguientes de dicho Reglamento, infracciones que, sin embargo, no están enumeradas de manera taxativa. QUINTO: Que, con el mérito de los documentos presentados por el solicitante, consta que con fecha 13 de octubre de 2020, ante la Notaría de la comuna de La Serena, servida por don Oscar Fernández Mora, don Reinier Francisco Cortés Cavieres, vendió, cedió y transfirió a doña Jeimy Alejandra Muñoz Santander, el inmueble consistente en vivienda número cuarenta y tres, ubicada en Avenida Parcelas Universidad de La Serena, también denominada Avenida Las Parcelas número novecientos ochenta, del “Condominio Altos La Florida IV”, ciudad y comuna de La Serena. Que, al referido inmueble, le afecta una Hipoteca en favor del Banco de Chile, que corre inscrita a fojas 1038 número 549 del año 2014, del registro respectivo. Que, consta, además, acta de reconocimiento de fecha 05 de noviembre de 2020, efectuada por don Rodrigo Alexis Ayala Mayta, en virtud de lo anterior, la propietaria del inmueble hipotecado, cédula de identidad N° 19.976.610-4, actualmente, se llama Jeimy Alejandra Ayala Santander. SEXTO: Que, siendo evidente que el solicitante en su calidad de acreedor hipotecario del inmueble tiene legitimación para solicitar la anotación indicada, y considerando que ésta solo tiene por finalidad hacer pública una situación debidamente acreditada, referente al cambio de apellido de la titular del dominio, quien figuraba como Jeimy Alejandra Muñoz Santander, debiendo figurar actualmente como Jeimy Alejandra Ayala Santander, es procedente acoger la solicitud de autos. Código: QXXFXSXSDBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 390 y siguientes del Código Civil; artículos 13 y siguientes del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces; y Ley 19.903, se resuelve: Que, se acoge la reclamación deducida con fecha 27 de diciembre de 2024, folio 01, debiendo proceder el Sr. Conservador de Bienes Raíces de La Serena, o quien lo supla, a practicar la anotación marginal y subinscrpicones que correspondan, al título de propiedad del inmueble inscrito a fojas 7330 número 4747 del Registro de Propiedad a su cargo del año 2020, de la manera indicada en el considerando sexto. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N°V-363-2024. Dictada por doña KARLA MALEBRÁN TORRES, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco Código: QXXFXSXSDBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: QXXFXSXSDBZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-24T13:44:49-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-363-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/ La Serena, veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha 27 de diciembre de 2024, folio 01, comparece doña Paula Arancibia Rodríguez, cédula nacional de identidad número 9.342.648-7, abogado, actuando en representación convencion

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