1º Juzgado de Letras de Coyhaique

BEZANILLA/

Rol

V-135-2024

Fecha

22 de febrero de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que en lo principal de la presentaci n de fecha 8 de octubre del a oó ñ 2024, contenida a folio 1, comparecen don Benjam n Sims Nogueira, c dula deí é identidad N 18.413.435-7 y do a Paloma V squez Koljanin, c dula de identidad° ñ á é N 19.962.946-0, ambos abogados, en representaci n de do a Carolina Teresa Cosmelli° ó ñ Pereira, c dula de identidad N 5.571.813-k, do a Carolina Bezanilla Cosmelli, c dula deé ° ñ é identidad N 13.036.105-6, don lvaro Bezanilla Cosmelli, c dula de identidad° Á é N 17.403.656-k, do a Colomba Bezanilla Cosmelli, c dula de identidad N 12.627.955-° ñ é ° 8, don Fernando Bezanilla Cosmelli, c dula de identidad N 13.657.305-5. y do a Sof aé ° ñ í Bezanilla Cosmelli, c dula de identidad N 17.957.117-k, todos domiciliados para estosé ° efectos en Avenida Vitacura 2939, piso 12, comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago. Se alañ que en la calidad que comparecen, solicitan que se ordene al se or ñ Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaique la inscripci n del contrato deí ó donaci n.ó Indica que el se orñ Conservador de Bienes Ra cesí de Coyhaique, se ha negado a inscribir la escritura p blicaú de donaci n irrevocableó de fecha 5 de abril del a o 2024,ñ repertorio Nº10327-2024, celebrada ante don Juan Ricardo San Mart n Urrejola, Notario P blicoí ú Titular 43 Notaria° de Santiago, en la cual do añ CAROLINA TERESA COSMELLI PEREIRA, (donante) dona a sus hijos, do añ CAROLINA BEZANILLA COSMELLI, chilena, divorciada, dise adora,ñ c dula deé identidad N 13.036.105-6, por s , y en representaci n de don LVARO BEZANILLA° í ó Á COSMELLI, chileno, soltero, arquitecto, c dula de identidad N 17.403.656-k, do aé ° ñ COLOMBA BEZANILLA COSMELLI, chilena, casada y separada totalmente de bienes, periodista, c dula de identidad N 12.627.955-8, don FERNANDO BEZANILLAé ° COSMELLI, chileno, soltero, arquitecto de paisaje, c dula de identidad N 13.657.305-é ° 5, y do a SOF A BEZANILLA COSMELLI, chilena, casada y separada de bienes,ñ Í dise adora, c dula de ide

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparecieron don Benjam n Jos Nogueira y í é do añ Paloma Trinidad Koljanin V squez,á abogados, en representaci n de ó Carolina Teresa Cosmelli, Pereira, do a Carolina Bezanilla Cosmelli, don lvaro Bezanilla Cosmelli,ñ Á do a Colomba Bezanilla Cosmelli, don Fernando Bezanilla Cosmelli, y do a Sof añ ñ í Bezanilla Cosmelli, quienes deducen gesti n en procedimiento voluntario en contra deló Conservador de Bienes Ra cesí de Coyhaique, fundada en la negativa de inscripci n enó Código: DXXSXSVRXRY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 contravenci n al Reglamento del Conservador de Bienes Ra ces, por los motivos yaó í rese ados.ñ SEGUNDO: Que a folio 4, informó el Conservador de Bienes Ra cesí de Coyhaique, don Juan Carlos San Mart n Molina, al tenor de lo rese ado en la parteí ñ expositiva. TERCERO: Que el art culoí 817 del C digoó de Procedimiento Civil establece que Son actos judiciales no contenciosos aquellos que seg n la ley requieren la“ ú intervenci n deló juez y en que no se promueve contienda alguna entre partes .” CUARTO: Que la parte solicitante, a fin de acreditar su pretensi n,ó acompa oñ a los autos los siguientes antecedentes: 1.- Escritura p blica de donaci n otorgada con fecha 5 de abril deú ó l a o 2024 anteñ la Notar a de don Juan Ricardo San Martin Urrejola, anotada en el Repertorio Ní ° 10327-2024, con sus documentos incorporados, debidamente protocolizados; 2.- Resoluci n de rehusamiento del Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaiqueó í anotada en el Repertorio bajo el N 1461 y 1462 del a o 2024; ° ñ 3.- Minuta de descargos enviada al Conservador de Bienes Ra ces de Coyhaiqueí en junio del a o 2024; ñ 4.- Sentencia definitiva dictada por el 18 Juzgado Civil de Santiago en causa Rol° de fecha 5 de diciembre del a o 2023 que acogi la solicitud de donaci n. ñ ó ó 5.- Escritura p blica de complementaci n de donaci n de bienes ra ces, que fueú ó ó í otorgada con fecha 12 de diciembre del a o 2024 en la Notar a de don Iv n Torrealbañ í á Acevedo y que fue debidamente anotada al margen de la escritura de donaci n deó bienes ra ces otorgada con fecha 5 de abril del 2024 en la Notar a de don Juan Ricardoí í San Mart n Urrejolaí QUINTO: Que la facultad calificadora registral del Conservador de Bienes Ra cesí está establecida en raz nó de lo dispuesto en el art culoí 13 del Reglamento Conservatorio, el cual obliga a ese rganoó auxiliar de la justicia, a calificar el t tuloí que se le presenta a su despacho. Dicha calificaci n, implica atender aó dos cuestiones. La primera, que, con ocasi n de la solicitud de inscripci n de unó ó determinado t tulo, el Conservadorí debe confrontar sus propios registros con lo estipulado en el t tuloí tenido a la vista, a fin de establecer de antemano, que lo consagrado o pretendido en dicho instrumento no afecte de manera negativa la historia registral del inmueble objeto de dicho acto. Y la segunda cuesti n

Fallo

por tanto, la decisi n del Conservador de Bienes Ra ces deó í Coyhaique de no inscribir un determinado t tulo presentado a su despacho, se enmarcaí dentro de una actividad de su competencia, ya que el conocimiento que este ente posee sobre los propios registros conservatorios, fundan una actividad enmarcada tanto por la legalidad, por los principios registrales y por la especialidad que leyes de car cter t cnicoá é le confieren, para que el ejercicio de su funci n registraló no se agote en una mera recepci n de t tulos prontos a ser inscritos sin miramientos o ex menes de fondo.ó í á S PTIMO:É Que el presente juicio versa sobre la negativa del Conservador de Bienes Ra cesí de Coyhaique, a inscribir en sus registros conservatorios, un contrato de donaci n irrevocable,ó en donde la donante, do añ Carolina Teresa Pereira Cosmelli, don ,ó cedió y trasfirió a do añ Carolina Bezanilla Cosmelli, lvaro BezanillaÁ Cosmelli, Colomba Bezanilla Cosmelli, Fernando Bezanilla Cosmelli, Sof a Bezanillaí Cosmelli, en partes iguales los inmuebles singularizados como predios r sticos situadosú en el sector Lago Elizalde, Comuna y provincia de Coyhaique, Und cimaé Regi nó de Ays n,é ya que a juicio del ente registral, dicho contrato contendr a una eventualí trasgresi nó normativa que le impide acceder y formalizar el acto traslaticio de dominio. En ese sentido, la discrepancia sustancial de este juicio llamada a dilucidar es, establecer la efectividad de contener el presente contrato de donaci

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Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Coyhaiqueº CAUSA ROL : V-135-2024 CARATULADO : BEZANILLA/ Coyhaique, veintid s de febrero de dos mil veinticinco.ó Vistos: Que en lo principal de la presentaci n de fecha 8 de octubre del a oó ñ 2024, contenida a folio 1, comparecen don Benjam n Sims Nogueira, c dula deí é identidad N 18.413.435-7 y do a Paloma

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