Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA POLANCO/

Rol

V-1018-2024

Fecha

21 de febrero de 2025

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña TERESITA DE JESÚS CUELLAR SIERRA, chilena, casada, abogada, cédula de identidad Nº 10.966.489-8, en representación de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA POLANCO, sociedad chilena del giro de su denominación, Rut 76.209.837-7 ambos domiciliados en calle Trumao 1100, depto 42, Edificio Alcázar del Mar Uno, de la ciudad de Antofagasta, presentó con fecha 25 DE JULIO DE 2024, el Pedimento Minero denominado “CATEDRAL 8” solicitando la concesión de este. SEGUNDO: Que dicho pedimento se inscribió a fojas 3438 bajo el número 2105 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2024. TERCERO: Que el pedimento antes referido se publicó con fecha LUNES 12 DE AGOSTO DE 2024, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que con fecha 10 DE DICIEMBRE DE 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley, y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento minero denominado “CATEDRAL 8” materia de esta concesión son: VERTICE NORTE (m.) ESTE (m.) P.M 7.829.500,00 472.000,00 V1 7.830.000,00 470.500,00 V2 7.830.000,00 473.500,00 V3 7.829.000,00 473.500,00 V4 7.829.000,00 470.500,00 Y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería, y artículo 42 del Reglamento

Fallo

SE DECLARA: Código: HPXRXSQXPLY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SE APRUEBA el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada “CATEDRAL 8” con una superficie total de 300 HECTÁREAS, a favor de su solicitante SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA POLANCO, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano y sus copias a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, notifíquese por el estado diario de hoy la sentencia que antecede. /mgr Código: HPXRXSQXPLY Este documento tiene firma

Texto Completo (Preview)

FOJA: 10 .- DIEZ .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-1018-2024 CARATULADO : SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA POLANCO/ POZO ALMONTE, VEINIUNO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICINCO. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña TERESITA DE JESÚS CUELLAR SIERRA, chilena, casada, abogada, cédula de identidad Nº 10.966.489-8, en representación de SOCIEDAD

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