Juzgado de Letras y Garantía Mejillones

PONCE/

Rol

V-130-2024

Fecha

21 de febrero de 2025

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece don MANUEL PONCE DELGADO, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de Identidad Nº 15.801.522-6, domiciliado en General Jofré 67, departamento Nº 2103, comuna de Santiago Centro, Región Metropolitana; presentó pedimento minero con fecha 20 de noviembre de 2024, por la Oficina Judicial Virtual e inscrito en el Registro de Pedimentos y Manifestaciones Mineras del Tribunal con el N°2009. Señala que en terrenos abiertos y sin cultivo, ubicados en la región de Antofagasta, provincia de Antofagasta, comuna de Mejillones, ha encontrado un yacimiento de sustancias concesibles de libre adquisición, por lo cual solicita un pedimento que denominara “MIRANDA 24”. Agrega, que las coordenadas U.T.M. del punto medio referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Huso 19, son las siguientes: NORTE: 7.439.022,00 metros; ESTE 388.074,00 metros, y corresponden a la intersección de las diagonales de un rectángulo cuyas aspas con orientación Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y cuya cabecera Este-Oeste U.T.M., miden 1.000 metros encerrando una superficie total de 100 hectáreas; solicita tener por presentado este pedimento y ordenar su inscripción y publicación. SEGUNDO: Que la publicación del pedimento se practicó el 09 de diciembre de 2024, en el ejemplar Nº 44.019 del Boletín Oficial de Minería; inscribiéndose a fojas 471 con el N° 186 del Registro de Descubrimientos del año 2024 del Conservador de Minas de Mejillones, conforme copias agregadas digitalmente con fecha 14 de enero de 2025. TERCERO: Que con fecha 29 de enero de 2025, a folio 6, rola el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 144, que informó aprobado los aspectos técnicos de la Concesión de Exploración "MIRANDA 24" y que la solicitud de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes; agregando que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan

Fundamentos

considerando que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de exploración o la declaración de caducidad, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58, 86, 87, 88, 89, y 90 del Código de Minería, 42, 43 y 44 de su reglamento;

Fallo

SE DECLARA: I. Que, SE APRUEBA, el plano de la concesión de exploración denominado "MIRANDA 24” agregado digitalmente con fecha 14 de enero de 2025; II. Que, SE DECLARA CONSTITUIDA, a favor de la solicitante MANUEL PONCE DELGADO, la concesión de exploración denominada "MIRANDA 24” de 100 hectáreas de superficie. Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería dentro del plazo de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución. Inscríbase la presente sentencia y archívese una copia del plano aprobado en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Mejillones. Entréguese por el interesado el original del plano aprobado al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña LISSETE YAIR CAIMANQUE SALAS, Jueza Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Mejillones, a veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. Código: YXCXXSXWTJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-21T13:12:08-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garant a Mejillonesí CAUSA ROL : V-130-2024 CARATULADO : PONCE/ Mejillones, veintiuno de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece don MANUEL PONCE DELGADO, chileno, soltero, abogado, cédula nacional de Identidad Nº 15.801.522-6, domiciliado en General Jofré 67, departamento Nº 2103, co

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