1º Juzgado Civil de Viña del Mar

REYES/GANDULFO

Rol

C-5564-2024

Fecha

21 de febrero de 2025

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 11 de diciembre de 2024, comparece do a ñ Luz Mar a Reyesí Lagos, C.I.N° 7.753.875-5, chilena, jubilada, domiciliada en Calle Blanca Estela N°1176, comuna de Conc n, quien deduce ó demanda de terminaci n de contratoó de arrendamiento por no pago de rentas en contra de do a ñ Karla Daniela Godoy Arancibia, C.I. N° 7.163.480-6 y en contra de don Alejandro Antonio Gandulfo Arriagada, C.I. N° 14.093.920-K, chileno, soltero, empresario, en calidad de codeudor solidario, ambos domiciliados para estos efectos en el inmueble dado en arrendamiento ubicado en calle Los Olivillos N°985, comuna de Conc n,ó a fin de que se acoja la demanda en todas sus partes, declarando la terminaci nó del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes, que se condene a la arrendataria y solidariamente al codeudor solidario de autos al pago de las rentas adeudadas correspondientes a $5.000.000.- y las rentas que se devenguen con posterioridad, m s los intereses y costas que correspondan; al pago de las deudasá por consumos b sicos de luz el ctrica, agua potable y gas por la suma total deá é $2.002.624; que se condene a la parte demandada y al codeudor solidario al pago de cada uno de los antedichos conceptos que se devenguen durante la tramitaci nó del presente juicio y hasta que se efect e la restituci n del inmueble arrendado,ú ó con intereses y reajustes; y, finalmente, que se condene a la arrendataria a restituir la propiedad arrendada dentro de tercero d a desde que el fallo cause ejecutoria,í bajo apercibimiento de lanzamiento con la fuerza p blica, libre de todo ocupante yú de especies muebles; todo lo anterior, con costas. En el primer otros , de la misma presentaci n, en subsidio deduceí ó demanda de desahucio. Código: XXGXXSPTWFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 16 y 17 de noviembre del 2025, folio 8, 10, 11 y 12, se notifica la demanda a la parte recurrida de conformidad con lo dis

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: De las demandas. Con fecha 11 de diciembre de 2024, comparece do a Luz Mar a Reyes Lagos, quien deduce demanda de terminaci n deñ í ó contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de do a Karla Danielañ Godoy Arancibia y de don Alejandro Antonio Gandulfo Arriagada, en calidad de codeudor solidario, y expone que celebr un contrato de arrendamiento con laó parte demandada respecto del inmueble de su propiedad, ubicado en calle Los Olivillos N°985, comuna de Conc n, el cual se celebr mediante escritura p blicaó ó ú otorgada con fecha 02 de mayo del a o 2024, ante Notario P blico ñ ú Rodrigo Antonio Vila Cervera, Titular de la Sexta Notar a de Vi a del Mar, bajo elí ñ n mero de repertorio 736. Detalla, con precisi n, el objeto del contrato, el destino,ú ó su duraci n, la renta de arrendamiento y la forma de pago tanto de dicha rentaó como de los consumos b sicos, incumplimiento y la constituci n, como codeudorá ó solidario, de don Alejandro Antonio Gandulfo Arriagada, respecto de todas y cada una de las obligaciones que contrato la arrendataria, como tambi n del pago delé canon de arriendo y de los servicios b sicos. As , conforme a lo pactado por lasá í partes, el contrato de arrendamiento tendr a una duraci n de 1 a o, comenzando aí ó ñ regir el d a 01 de mayo de 2024, prorrogable por otro periodo igual, si las partesí no dan aviso de t rmino. Respecto a la renta acordada, las partes pactaron unaé renta mensual por $2.500.000.- con aplicaci n de reajuste cada 6 meses, seg n laó ú Código: XXGXXSPTWFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl variaci n del ndice de Precios al Consumidor y cuyo pago se realizar a de maneraó Í í anticipada, dentro de los cinco primeros d as de cada mes, mediante deposito en laí cuenta bancaria de la arrendadora descrita en el contrato de autos. Luego, el demandante se ala los incumplimientos de las obligaciones de lañ arrendataria y los pormenoriza se alando que ñ esta ltima ha incurrido en mora deú pagar los c nones de arriendo de los meses de noviembre y diciembre del 2024,á arrojando una deuda de $.5.000.000.-. Adem s, se ala, la parte demandada haá ñ incurrido en mora respecto del pago de los servicios b sicos, a saber, el servicio deá luz el ctrica por un total de $1.147.060-. a la empresa Chilquinta; el servicio deé agua potable por un total de $446.540.- a la empresa Esval; y el servicio de gas por un total de $409.024.- a la empresa Lipigas. Conforme a lo anterior, y sin perjuicio de las sumas que se vayan devengando por concepto de deudas durante la tramitaci n del juicio hasta su pago, demanda por conceptos de servicios b sicos laó á suma total de $2.002.624.-. A continuaci n, el demandante cita los art culos 1915 y 1977, ambos deló í C digo Civil yó , de conformidad a lo dispuesto por el art culo 6° de la Leyí N°18.101 que establece que el arrendatario se encuentra obligado al pago de las rentas pactadas y los ga

Fallo

fallo cause ejecutoria,í bajo apercibimiento de lanzamiento con la fuerza p blica, libre de todo ocupante yú de especies muebles; todo lo anterior, con costas. En el primer otros , de la misma presentaci n, en subsidio deduceí ó demanda de desahucio. Código: XXGXXSPTWFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 16 y 17 de noviembre del 2025, folio 8, 10, 11 y 12, se notifica la demanda a la parte recurrida de conformidad con lo dispuesto en el art culo 44í del C digo de Procedimiento Civil.ó Con fecha 24 de enero de 2025, a folio 16, se lleva a efecto audiencia de estilo de forma virtual en las dependencias del tribunal, con asistencia de la abogada de la parte demandante y presencialmente la parte demandada Alejandro Gandulfo, a quien se le autoriz su comparecencia personal solo para los efectosó del llamado a conciliaci n, y en rebeld a de la demandada Karla Godoy. Eló í tribunal tuvo por contestadas las demandas en rebeld a de los demandados, llam aí ó conciliaci n, la que no se produce por rebeld a de la demandada Karla Godoy. Seó í recibe la causa a prueba, rindi ndose la que consta en autos. é Que, con fecha 17 de febrero de 2025, a folio 19, se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO: Primero: De las demandas. Con fecha 11 de diciembre de 2024, comparece do a Luz Mar a Reyes Lagos, quien deduce demanda de terminaci n deñ í ó contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de do

Texto Completo (Preview)

FOJA: 20 .- veinte .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-5564-2024 CARATULADO : REYES/GANDULFO Vi a del Marñ , veintiuno de febrero de dos mil veinticinco VISTO: Con fecha 11 de diciembre de 2024, comparece do a ñ Luz Mar a Reyesí Lagos, C.I.N° 7.753.875-5, chilena, jubilada, domiciliada en Calle Blanca Estela N°1176, comuna de Conc n, quien d

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