AGRICOLA SAN CARLOS DE CATEMU LIMITADA/DE LA CRUZ
Rol
C-4950-2024
Fecha
21 de febrero de 2025
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Se ha iniciado este juicio sumario Rol C-4950-2024, sobre Término de Contrato de Arrendamiento por no pago de renta. La acción de fecha 22 de octubre de 2024, la entabla Fernando Domeyko Cassel, ingeniero agrónomo, domiciliado en Fundo San Carlos S/N°, comuna de Catemu, en representación, de la demandante Sociedad Agrícola San Carlos de Catemu Limitada, persona jurídica con RUT N° 78.587.530-3, mismo domicilio , en contra de Jeannette Priscila De La Cruz Gonza, ignoro profesión u oficio, RUN N°15.489.829-8, con domicilio para estos efectos, de conformidad al artículo 8º número 2 de la ley 18.101, en San Carlos Altos Parcela N°1, casa 14, comuna de Catemu. Pide previas reconvenciones legales, acoger la demanda, declarar terminado el contrato y condenar al pago por el total de rentas insolutas y servicios adeudados, más reajustes, intereses y costas. Con fecha 12 de noviembre de 2024 a folio 6, consta notificación al demandado. Con fecha 18 de noviembre de 2024 a folio 10, consta comparendo de rigor, en donde se contesta la demanda, se practica la segunda reconvención de pago, se llama a las partes a conciliación y se recibe la causa a prueba rindiéndose la misma en la audiencia. Con fecha 13 de febrero de 2025 se cita a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA EXCEPCION DILATORIA PRIMERO: Que la parte demandada deduce la excepción dilatoria del artículo 303 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparece a su nombre, señalando que el arrendador es Sociedad Agrícola San Carlos de Catemu, sin embargo, los verdaderos dueños del inmueble son Yolanda Isabel Leiva Vergara y Otros. SEGUNDO: Que, habiéndose conferido traslado, la demandante señala que los hechos que alega en nada tienen que ver con la excepción planteada y que la demandada ha reconocido la vigencia del contrato desde al año 2020, sin haber alegado nunca la falta de capacidad en todo ese tiempo, razón por la cual de excepción debe ser rechazada. TERCERO: Que de conformidad al mérito de los antecedentes y a lo dispuesto en el artículo 303 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, se rechazará la excepción alegada toda vez que, los hechos que relata la demandada dicen relación con el dominio de la propiedad, más no con la falta de capacidad del Código: GXHPXSDQULY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demandante o de personería o de representación legal para comparecer en juicio, de modo tal que al no encontrarse debidamente fundamentada su alegación, la excepción será rechazada. EN CUANTO AL FONDO: CUARTO: Que, la demandante ya referida, expone que con fecha 1 de febrero de 2020, celebró con la demandada un contrato de arrendamiento, respecto del inmueble ubicado en San Carlos Altos Parcela N°1, casa 14, comuna de Catemu, para fines habitacionales, con un plazo de un año de vigencia renovable automáticamente, de manera tácita y en forma sucesiva por iguales períodos, salvo manifestación en contrario, de la forma que se indica en el contrato. Agrega que la renta mensual fue fijada en la suma de $200.000 (doscientos mil pesos), reajustable en la misma proporción o porcentaje que haya podido variar el Índice de Precios al Consumidor (IPC), determinado por el lnstituto Nacional de Estadísticas, o por el Organismo que lo reemplace, en relación al periodo que medie entre el ultimo día del mes ante precedente a aquel en que debe comenzar el reajuste respectivo, renta que debía pagarse a más tardar dentro de los 10 primeros días de cada mes. Indica que en el contrato se señala que el no pago de la renta en el tiempo estipulado, se considerará una infracción que dará lugar al término del contrato de arrendamiento. Asimismo, el atraso en el pago devengaría el pago del interés corriente al momento del pago efectivo, sin perjuicio de los gastos de cobranza extrajudicial que ascienden a un 5% sobre la suma total adeudada. Señala que, a la fecha sólo por concepto de rentas adeudadas, la demandada acumula hasta octubre de 2024 un monto de $1.770.960.- (un millón setecientos setenta mil novecientos sesenta pesos) por concepto de mensualidades insolutas, pues la demandada en
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 346, 385 y 680 del Código de Procedimiento Civil; artículos 1545, 1698, 1915, 1916, 1942, 1944 y 1977 del Código Civil y Ley 18.101, se declara: Código: GXHPXSDQULY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que no ha lugar a la excepción dilatoria deducida por la demandada a folio 10. II.- Que se acoge la demanda interpuesta por Sociedad Agrícola San Carlos de Catemu Limitada, RUT N° 78.587.530-3, en lo principal de su presentación de fecha 22 de octubre de 2024 a folio 1, respecto del inmueble ubicado en San Carlos Altos Parcela N°1, casa 14, comuna de Catemu y, en consecuencia, se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes con fecha 11 de febrero del año 2020. III.- Que se ordena la restitución del inmueble referido en el numeral I.- precedente, dentro de quinto día, desde que la presente sentencia cause ejecutoria. IV.- Que se condena a la demandada al pago de las rentas de arrendamiento adeudadas, correspondiente a saldo abril 2024 y mayo a octubre de 2024, las que ascienden a la suma total de $1.670.960.- y las que se devenguen durante la secuela del juicio hasta la restitución del inmueble, con el reajuste e intereses que corresponda. V.- Que se condena en costas a la parte demandada. Notifíquese personalmente o por cédula. Rol C-4950-2024 Dictado por don Claudio Osorio Llanos, Juez Subrogante.
Texto Completo (Preview)
FOJA: 22 .- Veintidos.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-4950-2024 CARATULADO : AGRICOLA SAN CARLOS DE CATEMU LIMITADA/DE LA CRUZ San Felipe, veintiuno de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Se ha iniciado este juicio sumario Rol C-4950-2024, sobre Término de Contrato de Arrendamiento por no pago de renta. La acción de fecha 22 de octubr
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