ARAQUE/SOC. COMERCIAL EBERLEIN Y CIA LTDA.
Rol
O-53-2024
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: De la demanda. Que, con fecha 23 de septiembre de 2024, comparece don Eldis Rafael Araque Montilla, actualmente desempleado, domiciliado en avenida 18 de Septiembre número 281, Casa C-10, Condominio Brisas del Norte, Limache, interponiendo demanda de despido injustificado y cobro de indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador, Sociedad Comercial Eberlein y Compañía Limitada, representada legalmente por don Rodolfo Enrique Eberlein Herrmann, ignora profesión u oficio o por quien haga las veces de tal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en avenida Andrés Bello 192, Limache, declarándose que su despido de fecha 31 de julio de 2024 es injustificado, y con el mérito de dicha declaración, condenando a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones laborales, con los debidos reajustes, intereses y costas de la causa para el caso de oposición. Funda su acción, señalando que, con fecha 11 de octubre de 2017, comenzó a trabajar para la demandada, bajo régimen de subordinación y dependencia, en calidad de vendedor (contrato indicaba “Ejecutivo de Ventas y Local y Terreno”), desarrollándose en avenida Andrés Bello número 192, Limache, donde funciona la empresa con el nombre “EBERLEIN” o “COMERCIAL EBERLEIN”, dedicada a la reparación de vehículos diesel, agroforestal, venta de productos de igual categoría, y de ferretería y limpieza profesional. Refiere que a la época de su despido, su contrato de trabajo era de naturaleza indefinida. Detalla que su labor de vendedor, tenía las siguientes funciones: ventas maquinarias, insumos, repuestos y accesorios en local y terreno, puesta en marcha de maquinarias, capacitación técnica, armado y preparación de equipos para venta, asesoría en terreno y local, realizar cotizaciones según solicitud del cliente, atención a público y telefónica y mecánica básica a maquinarias. Su jornada de trabajo era de 44 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes. Indica que su remuneración se componía de un sueldo base, gratificación legal del artículo 50 del Código del Trabajo y un bono de venta variable que hacía que su remuneración sufriera variaciones mensualmente. Sostiene que para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo su última remuneración ascendía a $1.315.520.- (un millón trescientos quince mil quinientos veinte pesos), que se obtiene del promedio de las remuneraciones de los meses de mayo de 2024 ($1.084.871), junio de 2024 ($1.353.214) y julio de 2024 ($1.508.474). Expresa que para los efectos de las acciones ejercidas, se encuentra inscrito en AFP Plan Vital, FONASA y AFC. Explica que el 01 de agosto de 2024, interpuso un reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo, dando origen al Reclamo N° 508/2024/1296, que citó a las partes a comparendo de conciliación para el día 13 de agosto de 2024. En dicha instancia las partes no arribaron a acuerdo, sin perjuicio de recibir la suma de $1.098.980.- por
Fallo
se acuerda de ese cliente, responde, como si fuera ayer, claro. A la pregunta, sabe cómo se llama ese cliente, responde, no, eso sí, no. A la pregunta, características de él se acuerda, responde, si, por supuesto, era una persona de tez morena, un poco bajo, si, si recuerda, realmente recuerda casi todas las ventas que ha hecho. A la pregunta, qué es un cortasetos, responde, es una herramienta de jardinería, que se utiliza para darle forma a los cercos vivos. A la pregunta, si lo puede describir, responde, es que hay de muchos tipos, hay equipos grandes de cortasetos, de 60, de 80, de 20, de 10, todo depende de la utilización que le vaya a dar al equipo. A la pregunta, y tiene cuchillas, responde, si, tiene cuchillas para cortar los árboles. A la pregunta, qué paso con el cortasetos según el contenido de la carta, responde, el cortasetos ahí se le está castigando por hacer su trabajo, porque hacer andar el cortasetos es parte de sus obligaciones, tenía que estar en interacción con los objetos y cosas que vendía porque son parte de su trabajo, entonces ese cortasetos un cliente había mostrado interés bastante profuso por ese equipo, y realmente lo que hizo fue adentrarse más con el equipo, ponerlo a andar, ver cómo funcionaba, cuanto tiempo duraba la batería, si se calentaba, ósea realmente lo que estaba haciendo era su trabajo. A la pregunta, su trabajo cual era responde, vendedor, técnico, yalero, portero, prácticamente hacía de todo. A la pregunta, entonces reconoce que enc
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PROCEDIMIENTO: Aplicación general. MATERIA: Despido injustificado y cobro de indemnizaciones. DEMANDANTE: Eldis Rafael Araque Montilla. DEMANDADO: Sociedad Comercial Eberlein y Compañía Limitada. RIT: O-53-2024. RUC: 24-4-0609044-9. Limache, veintiuno de enero de dos mil veinticinco VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: De la demanda. Que, con fecha 23 de septiembre de 2024, comparece don Eldis Rafa
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