RAMOS/NAVIA
Rol
C-22416-2024
Fecha
19 de febrero de 2025
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que en la audiencia de estilo de fecha 28 de enero de 2025, folio 20, la parte solicitada, do a B rbara Celeste Moya Pacheco y don Claudio Alexis Navia Fuentes,ñ á a trav s de su abogado, don Arturo Urz a Jarpa, se opusieron a la presenteé ú designaci n de juez rbitro, fundados en la incompetencia de este Tribunal para taló á designaci n. ó Que habi ndose conferido traslado, la solicitanteé lo evacu por presentaci n deó ó 31 de enero de 2025, a folio 21. Que habi ndose omitido la recepci n de la causa a prueba, se dict autos paraé ó ó resolver, con fecha 17 de febrero de 2025, a folio 22.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la presente causa se inici con fecha 22 de diciembre deó 2024, a folio 1, por don Jorge Eduardo Ramos rdenes, en contra de do a B rbaraÓ ñ á Celeste Moya Pacheco y don Claudio Alexis Navia Fuentes, quien solicit laó designaci n de un juez rbitro para efectos de someter a su conocimiento la acci n deó á ó rendici n de cuentas y posterior liquidaci n de la sociedad F brica Estelar Gelater aó ó á í Limitada, conformada por las partes; SEGUNDO: Que, por su parte, los demandados alegaron la incompetencia del Tribunal, por presentaci n escrita de 27 de enero de 2025, de folio 17, la que seó tuvo como parte integrante de la audiencia de 28 de enero pasado, y en cuya virtud exponen que este Tribunal es incompetente para efectuar la designaci n requerida, enó conformidad al art culo 134 del C digo Org nico de Tribunales, en atenci n a queí ó á ó ambos demandados tienen su domicilio en la comuna de Puente Alto; TERCERO: Que, habi ndose conferido traslado del incidente opuesto por laé contraria, la demandante solicita su rechazo, con costas, por presentaci n de 31 deó enero de 2025, de folio 21, argumentando que las partes, al momento de constituir la Sociedad F brica Estelar Gelater a Limitada, en la cl usula tercera del pacto social,á í á fijaron como domicilio la comuna de u oa, sin perjuicio de que puedan establecerÑ ñ agencias, sucursales o establecimientos en el resto del pa s o en el extranjero,í estimando que ha operado la pr rroga de la competencia; ó CUARTO: Que, conforme dispone el art culo 227 del C digo Org nico deí ó á Tribunales, deben resolverse por rbitros los asuntos siguientes: 3 Las cuestiones a“ á ° Código: SHYXXSVUJJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22416-2024 Foja: 1 que diere lugar la presentaci n de la cuenta del gerente o del liquidador de lasó sociedades comerciales y los dem s juicios sobre cuentas ;á ” QUINTO: Que, al presentar su solicitud, el actor acompa los siguientesñó antecedentes: 1.- Certificado de Estatuto Actualizado de F brica Estelar Gelater a Limitada,á í de 12 de diciembre de 2024, constituida por do a B rbara Celeste Moya Pacheco,ñ á con domicilio en Av. Ej rcito Libertador N 2113, comuna de Puente Alto; doné ° Claudio Alexis Navia Fuentes, mismo domicilio que la anterior; y don Rodrigo Arnaldo Cort s rdenes, con domicilio en calle Miguel Claro N 2555, depto/localé Ó ° 1507, comuna de u oa. En la cl usula tercera se dispone que el domicilio de laÑ ñ á sociedad ser el de la comuna de u oa; á Ñ ñ 2.- Certificado de Vigencia de Poderes de F brica Estelar Gelater a Limitada,á í de 12 de diciembre de 2024; SEXTO: Que, en relaci n a la incidencia planteada, ó cabe se alar que ñ el art culo 108 del C digo Org nico de Tribunales define la competencia como laí ó á “ facultad que tiene cada juez o tribunal para conocer de los negocios que la ley ha colocado dentro de la esfera de sus atribuciones . En doctrina se la ha entendi
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los art culos 144, 160,í 170, 346 y dem s pertinentes del C digo de Procedimiento Civil; y en los art culosá ó í 108, 134, 138, 227 del C digo Org nico de Tribunales, se declara que:ó á I.- Se acoge la oposici n de los demandados ó fundada en la incompetencia de este Tribunal y, por consiguiente, se omite pronunciamiento respecto de la designaci n requerida por presentaci n de 22 de diciembre de 2024, de folio 1,ó ó debiendo ocurrirse ante quien corresponde. II.- Se exime del pago de las costas a la demandante. Reg strese.í Notif quese por í correo electr nicoó a las partes, gener ndose la nomenclaturaá respectiva para su correcta visualizaci n en el sistema computacional. ó C-22416-2024 Código: SHYXXSVUJJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22416-2024 Foja: 1 Dictada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza do a ñ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco.- Código: SHYXXSVUJJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-19T16:03:10-0300
Texto Completo (Preview)
C-22416-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-22416-2024 CARATULADO : RAMOS/NAVIA Santiago, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco. Vistos: Que en la audiencia de estilo de fecha 28 de enero de 2025, folio 20, la parte solicitada, do a B rbara Celeste Moya Pacheco y don Claudio Alexis Navia Fuentes,ñ á a trav s de su abogado, don A
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica