GONZÁLEZ/FUGA SPA
Rol
O-1109-2024
Fecha
21 de enero de 2025
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos, que su remuneración es la indicada en esta demanda y se condene al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1.- La indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $875.000. 2.- La suma de $1.750.000 como indemnización por dos años de servicio. 3.- La suma de $875.000 como recargo equivalente al 50% de la indemnización por años de servicio de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. 4.- La suma de $816.666 por feriado legal. 5.- La suma de $61.191 por feriado proporcional calculado con una remuneración integra de $875.000. 6.- Las remuneraciones desde la fecha del despido hasta la notificación del pago total de las cotizaciones adeudadas al trabajador. O las sumas que este tribunal determine, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que la demandada no contestó la demanda, no obstante encontrarse válidamente emplazada. TERCERO: Que en la audiencia preparatoria se fijaron como hechos controvertidos: 1.- Efectividad de la existencia del vínculo de carácter laboral que se reclama, fecha de inicio, condiciones pactadas, funciones desempeñadas y remuneración que debe servir de base de cálculo a lo que se demanda. 2.- Cumplimiento de las formalidades del despido indirecto. 3.- Efectividad de los hechos invocados por el trabajador para poner término a su contrato. 4.- Efectividad de haberse otorgado o compensado el feriado legal y proporcional que se reclama. 5.- Estado de pago de las cotizaciones previsionales del trabajador. CUARTO: Que la demandante rindió la siguiente prueba: I.- Documental: 1.- Carta de autodespido enviada al empleador de fecha 7 de diciembre de 2023; 2.- Carta conductora de copia de carta de autodespido entregada en la Inspección del Trabajo con fecha 12 de diciembre de 2023; 3.- Boucher de Correos de Chile de envío de carta de autodespido enviada con de fecha 11 de diciembre de 2023; 4.- Reclamo por despido indirecto ante la Inspección del trabajo de fecha 14 de diciembr
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Adrián González Gamboa, cédula de identidad 18.089.546-9, administrativo, domiciliado para estos efectos en Neptuno 859, Lo Prado y deduce demanda por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de Fuga Spa, RUT 77.121.799-0, representada por doña Carolina Gamboa Acevedo, ambas domiciliadas en José Tobías 2302 Quinta Normal. Expone que prestó servicios desde 1 de noviembre de 2021 para la demandada en calidad de administrativo, función consistente en la compra de insumos, venta de helados y distribución de productos. Su remuneración correspondía $700.000, pagados parte en efectivo y parte depositada a su cuenta RUT. Para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo ascendía a $875.000. En noviembre de 2023 se percató de que su empleador no había pagado sus cotizaciones en AFC, Fonasa y AFP Provida entre agosto y noviembre de 2023. Además, se le imponía por cantidades diferentes a las que realmente percibía, por ejemplo, en julio de 2023 por $440.000 y en junio por $366.000. Solo se le otorgaron 14 días de feriado desde el comienzo de la relación, por lo que se adeudan 28 días que avalúa en $816.666 considerando la remuneración íntegra de $875.000. En cuanto al feriado proporcional que se adeuda, asciende a la suma de $61.191. Previas citas legales solicita que se declare que el despido indirecto es justificado y nulo por haber incurrido el empleador en la causal del art 160 N° 7 del Código del Trabajo por los hechos expuestos, que su remuneración es la indicada en esta demanda y se condene al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1.- La indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $875.000. 2.- La suma de $1.750.000 como indemnización por dos años de servicio. 3.- La suma de $875.000 como recargo equivalente al 50% de la indemnización por años de servicio de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. 4.- La suma de $816.666 por feriado legal. 5.- La suma de $61.191 por feriado proporcional calculado con una remuneración integra de $875.000. 6.- Las remuneraciones desde la fecha del despido hasta la notificación del pago total de las cotizaciones adeudadas al trabajador. O las sumas que este tribunal determine, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que la demandada no contestó la demanda, no obstante encontrarse válidamente emplazada. TERCERO: Que en la audiencia preparatoria se fijaron como hechos controvertidos: 1.- Efectividad de la existencia del vínculo de carácter laboral que se reclama, fecha de inicio, condiciones pactadas, funciones desempeñadas y remuneración que debe servir de base de cálculo a lo que se demanda. 2.- Cumplimiento de las formalidades del despido indirecto. 3.- Efectividad de los hechos invocados por el trabajador para poner término a su contrato. 4.- Efectividad de haberse otorgado o compensado el feriado legal y proporcional que se reclama. 5.- Estado de pago de las cot
Fallo
Se resuelve: se resolverá en la sentencia definitiva Testimonial: se desiste. Otros medios de prueba Exhibición de documentos: 1. Contrato de trabajo del demandante 2. Liquidaciones de sueldo del demandante de los meses de agosto a diciembre de 2023. 3. Certificado de otorgamiento de vacaciones del demandante del periodo noviembre 2021- diciembre 2023. 4. Registro de asistencia del demandante del periodo junio a diciembre de 2023. No se exhibe documento. Se pide se haga efectivo el apercibimiento por la no exhibición de los documentos. Se resuelve: se resolverá en la sentencia definitiva Dirigió la audiencia don CLAUDIO MAURICIO OLIVA SOTOMAYOR, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintiuno de enero de dos mil veinticinco. SENTENCIA Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Adrián González Gamboa, cédula de identidad 18.089.546-9, administrativo, domiciliado para estos efectos en Neptuno 859, Lo Prado y deduce demanda por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de Fuga Spa, RUT 77.121.799-0,
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO Audiencia telemática FECHA Santiago, 21 de enero de 2025 RUC 24-4-0550368-5 RIT O-1109-2024 CARATULADO González/Fuga SpA MAGISTRADO CLAUDIO MAURICIO OLIVA SOTOMAYOR ADMINISTRATIVA DE ACTAS Natalia Segovia Beas HORA DE INICIO 11:06 HORA DE TERMINO 11:11 SALA 4.2. Nº REGISTRO DE AUDIO
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