Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

VALENZUELA/PRODUCTOS QUÍMICOS JORGE JAVIER POBLETE ESCANILLA E.I.R.L.

Rol

O-581-2024

Fecha

21 de enero de 2025

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS DE LA CAUSA Observaciones No hay contestación de la demandada, no obstante haber sido notificada personalmente de la demanda. CONCILIACION No se produce Observaciones No es posible efectuar el llamado de conciliación atendido la inasistencia de la demandada. SENTENCIA Tribunal estima que no existen hechos controvertidos, pone término a la audiencia y dicta sentencia. Se deja constancia en el acta que sólo se transcribe la parte resolutiva de la sentencia y que los

Fundamentos

fundamentos están en el audio. Observaciones Fundamentos en audio. Ténganse por notificadas a las partes de todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia SENTENCIA PROCEDIMIENTO: ORDINARIO MATERIA: CALIFICACIÓN DE DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES DEMANDANTE: VÍCTOR ENRIQUE VALENZUELA GAJARDO DEMANDADO: PRODUCTOS QUÍMICOS JORGE JAVIER POBLETE ESCANILLA E.I.R.L. (también conocida como INGUS) RIT N° O-581-2024 RUC N° 24- 4-0623647-8 Talca, a veintiuno de enero de dos mil veinticinco VISTO Y CONSIDERANDO Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio laboral RUC 24- 4-0623647-8; RIT N° O-581-2024; del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en Ordinario, como demandante don Víctor Enrique Valenzuela Gajardo, cédula de identidad N° 10.406.554-6, cesante, domiciliado para estos efectos en Calle Cinco Y Media Poniente 0725 de la ciudad de Talca, representado en juicio por el abogado don Santiago Andrés Muñoz Quilaqueo y es parte como demandada Productos Químicos Jorge Javier Poblete Escanilla E.I.R.L., (también conocida como INGUS), Rut N° 76.022.937-7, empresa del giro de su denominación, representada según lo dispuesto en el artículo 4° inciso primero del Código del Trabajo por don Jorge Javier Poblete Escanilla, Cédula de identidad N° 12.722.539-7, gerente, ambos con domicilio en Avenida Suecia N° 3580, Oficina 205, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, la que, habiendo sido legalmente emplazada a este juicio, no comparece a los actos de este procedimiento. Por todas estas consideraciones, normas legales ya citadas y lo dispuesto a los artículos 415, 420, 425, 426, 432, 446, 451, 452, 453, 459 del Código del Trabajo, se acoge en todas sus partes la demanda deducida por don Víctor Enrique Valenzuela Gajardo en contra de Productos Químicos Jorge Javier Poblete Canilla EIRL, también conocida como INGUS, ambos ya individualizados, declarándose en consecuencia: I. Que el actor prestó servicios prestó servicios en virtud de un contrato de trabajo para la demandada desde el 2 de noviembre del año 2017 hasta el 30 de septiembre del año 2024, en una relación laboral de carácter indefinida, percibiendo el actor una remuneración promedio, para los efectos del cálculo de indemnizaciones, de la suma de $709.927.-. II. Que el despido del actor ocurrido el día 30 de septiembre del año 2024 por la causal de necesidad de la empresa es improcedente, debiendo la parte demandada pagar al actor las siguientes sumas de dinero: a) $709.926.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $4.969.482 .-por concepto de indemnización por año de servicio. c) $1.490.845.- por concepto de recargo legal. III. Que además la parte demandada deberá pagar al trabajador demandante feriado proporcional por la suma de $354.887.- IV. Que las sumas anteriormente señaladas deberán ser pagadas debidamente reajustadas y con los intereses a que se refieren a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V. Que

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Talca, veintiuno de enero de dos mil veinticinco RUC 24-4-0623647-8 RIT O-581-2024 MAGISTRADO Jaime Cruces Neira ACTA Marcela García Retamal HORA DE INICIO 09.37 horas HORA DE TERMINO 09.58 horas Sala 1 zoom Nº REGISTRO DE AUDIO 2440623647-8-1341 PARTE DEMANDANTE ausente Víctor Enrique Valenzuela Gajardo ABOGADO pres

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