PUSFOL/CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LAGO CALAFQUEN SPA
Rol
M-253-2024
Fecha
20 de enero de 2025
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X HECHOS A PROBAR X OFRECIMIENTO E INCORPORACIÓN PRUEBA DEMANDANTE: X PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LAS PRUEBAS DEMANDANTE X DICTACIÓN DE SENTENCIA EN AUDIENCIA X Se deja constancia que se verificaron las identidades de todos los comparecientes, y que los abogados no se encuentren sujetos a suspensión, por funcionaria administrativa de acta. Se inicia la audiencia con la individualización de las partes, se deja constancia que la demandada no se encuentra presente, y que se realizaron gestiones por funcionaria de acta para contactar al apoderado de la demandada, quien señaló vía correo electrónico que no asistiría a la audiencia. El Tribunal realiza una síntesis de la demanda, y se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la demandada atendida su incomparecencia. Atendida la inasistencia de la demandada, no es posible arribar a conciliación entre las partes ni establecer hechos no controvertidos. HECHOS A PROBAR: 1. Existencia de un contrato de trabajo entre las partes, cláusulas él. 2. Monto de la remuneración del actor para efectos indemnizatorios e imponibles. 3. Estado de pago de las cotizaciones previsionales, de salud y AFC que se señalan como no enteradas en la demanda. 4. Estado de goce del feriado anual cuya indemnización se demanda. 5. Cumplimiento por parte del demandante de las formalidades del despido indirecto. INCORPORACIÓN DE PRUEBAS: PARTE DEMANDANTE: OFRECE, ACOMPAÑA E INCORPORA PRUEBA DOCUMENTAL: El tribunal tiene por ofrecidos, acompañados e incorporados mediante su lectura resumida los siguientes documentos: 1.- Carta de autodespido de fecha 02-09-2024 (folio 25) 2.- Certificado recepción Oficina de partes Inspección del Trabajo de Osorno de fecha 02-09-2024 (folio 26) 3.- Comprobante Correos de Chile de fecha 02-09-2024 (folio 27) 4.- Contrato de trabajo de fecha 05-10-2021 (folio 28) 5.- Liquidación de remuneraciones Mayo, Junio y Julio de 2024 (folio 29) 6.- Certif
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 7, 8, 63, 73, 160 n°7, 162, 163, 171, 172, 173, 446, 452, 453, 500 y 501 del Código del Trabajo se declara: Que SE HACE LUGAR a la demanda interpuesta por don VÍCTOR HUGO PUSFOL MANCILLA en contra de CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA LAGO CALAFQUEN SPA, ambos individualizados, declarándose justificado el despido indirecto que ejerció el trabajador el 2 de septiembre de 2024, aplicándose además la sanción de nulidad del artículo 162 del Código del Trabajo y condenándose a la demandada al pago al actor de las siguientes prestaciones laborales: 1. Al pago de las remuneraciones posteriores al despido indirecto ocurrido el 2 de septiembre de 2024 a razón de una remuneración mensual bruta de $1.041.952 hasta la convalidación del despido indirecto. 2. A enterar en FONASA las cotizaciones de marzo del 2023 a agosto del 2024, en AFP PROVIDA las cotizaciones de abril del 2023 a agosto del 2024, y en AFC las de abril del 2023 a agosto del 2024, a razón de una remuneración mensual imponible igual a la que se encuentre declarada en dichas instituciones previsionales, o en caso de no existir remuneración imponible declarada por el empleador, deberá considerarse $1.041.952 por este concepto. 3. $1.041.952 por indemnización sustitutiva del aviso previo. 4. $3.125.856 por indemnización por 3 años de servicio. 5. $1.562.928 por incremento del cincuenta por ciento de la indemnización por años de servicio. 6. $820.363 por fe
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA VIRTUAL CON DICTACIÓN DE SENTENCIA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 20 de enero de 2025 RUC 24-4-0616136-2 RIT M-253-2024 SALA VIRTUAL 1 JUEZA TITULAR MARIA ISABEL PALACIOS VICENCIO ADMINISTRATIVA DE ACTAS Noelia Barría S. HORA DE INICIO 12:10 horas HORA DE TERMINO 12:41 horas DEMANDANTE VÍCTOR HUGO PUSFOL MANCILLA ABOGADO CRISTIAN PINOCHET FUENTES FORMA
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