3º Juzgado Civil de Temuco

FUENTES/I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO

Rol

C-1583-2024

Fecha

18 de febrero de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 compareci do a ó ñ LUISA MARIELA FUENTES SILVA, chilena, Divorciada, pensionada, ce dula nacional de identidad N 8.605.875-8, domiciliada para todos los efectos legales en Calle Manuel° Rodr guez N 333, comuna y ciudad de Temuco e indic que por este acto,í ° ó viene en interponer demanda, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, RUT 69.190.700-7, persona jur dicaí de derecho p blico, representada legalmente por su alcalde, don Robertoú Francisco Neira Aburto, RUT 13.517.002-K, ambos domiciliados para estos efectos en calle Prat N 650, comuna de Temuco, solicitando se declare la° prescripci n extintiva de las acciones judiciales por concepto de Permiso deó Circulaci n Vehicular, respecto del autom vil marca HYUNDAI modeloó ó GRACE VAN H100 2.5, patente TN.8828, correspondiente a los a osñ 2017, 2018, 2019 y 2020, por la suma de $250.948 pesos (doscientos cincuenta mil novecientos cuarenta y ocho pesos), deuda que a la fecha se encuentra prescrita, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que pas a exponer: LOS HECHOS. I. Es due a del veh culo marcaó ñ í HYUNDAI modelo GRACE VAN H100 2.5, patente TN.8828, seg nú consta en el certificado de inscripci n que acompa a en el primer otros deó ñ í esta presentaci n. II. Ha existido una deuda no cobrada a favor de la Ilustreó Municipalidad de Temuco, ya individualizada, por cobro de permiso de Circulaci n Vehicular por un monto total, a la fecha que asciende a laó suma de $250.948 pesos, esta deuda corresponde al veh culo de suí Código: NSQBXSCXDMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1583-2024 Foja: 1 propiedad ya individualizado, la cual se encuentra prescrita. III. Que, en virtud de dicha prescripci n de la acci n de cobro, comparece solicitandoó ó esta sea declarada a trav s de sentencia dictada por este tribunal. ELé DERECHO. I. Que habiendo transcurrido m s de tres a os desde que seá ñ comenz a devengar dicha deuda, sta se encuentra prescrita, de acuerdoó é con lo dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil. II. Que el art culoí ó í 2521 inciso 1 del Co digo Civil dispone Prescriben en tres a os las° “ ñ acciones a favor y contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos . III. Que, la expresi n impuesto del art culo” ó “ ” í 2521 del C digo Civil, se encuentra considerada en un concepto amplio yó se refiere a toda clase de tributo, correspondiendo a los que se fijan en Chile con el nombre de impuestos, tasas, contribuciones territoriales, peajes, permisos, etc tera. IV. Que se entiende que en la adecuaci n del t rminoé ó é impuesto establecido en el art culo 2521 del C digo Civil a los conceptos“ ” í ó constitucionales que el legislador de 1980 consign con la menci nó ó tributos , se encuentran tambi n integrados los montos que los rganos“ ” é ó p blicos exigen coactivamente a trav s de diversos derechos y,ú é consecuencialmente, las acciones para el cobro de stos prescriben en elé plazo que la disposici n sustantiva se ala. V. As tambi n, el art culo 2493ó ñ í é í del mismo cuerpo legal reza El que quiera aprovecharse de la prescripci n“ ó debe alegarla; el Juez no puede declararla de oficio . VI. De esta manera,” las deudas contra das por permiso de circulaci n impagos y las accionesí ó derivadas para su cobro, prescriben en el plazo de tres a os, requiri ndoseñ é una declaraci n judicial que establezca que ha operado este modo deó extinguir acciones y derechos, de modo que debe ser alegada en cuyo favor se establece, y ser declarada judicialmente, cuya competencia es de los jueces de Letras conforme lo se alado y a las materias del art culo 2521 delñ í C digo Civil, por lo que pidi tener por interpuesta demanda enó ó procedimiento ordinario en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO, ya individualizada, representada legalmente por su Alcalde, don Roberto Francisco Neira Aburto, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Prat N 650, c

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que HA LUGAR a la demanda de prescripci n extintiva de laó acci n interpuesta a folio 1 por do a ó ñ LUISA MARIELA FUENTES SILVA en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TEMUCO y en consecuencia SE DECLARA PRESCRITA EXTINTIVAMENTE LA ACCION de cobro de permiso municipal de circulaci n referido aló veh culo de propiedad de la actora placa patente TN 8828 0,í – correspondiente a los permisos de circulaci n de los a os 2017, 2018, 2019ó ñ y 2020. II.- Que no se condena en costas a la perdidosa por haber tenido motivo plausible para litigar. An tese, reg strese, notif quese y arch vese en suó í í í oportunidad. Rol Nro.- 1538 2024– Dictada por do a ñ MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADAÍ , Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Código: NSQBXSCXDMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1583-2024 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, dieciocho de febrero de dos mil veinticinco Código: NSQBXSCXDMW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-18T13:49:11-0300

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C-1583-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-1583-2024 CARATULADO : FUENTES/I MUNICIPALIDAD DE TEMUCO Temuco, dieciocho de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1 compareci do a ó ñ LUISA MARIELA FUENTES SILVA, chilena, Divorciada, pensionada, ce dula nacional de identidad N 8.605.875-8, domiciliada para todos los efectos legales e

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