SCOTIABANK CHILE/MAESTRANZA ALFARO LIMITADA
Rol
C-3068-2024
Fecha
17 de febrero de 2025
Materia
ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1, con fecha 30 de diciembre de 2024, comparece don Juan Antonio Rivera Barros, abogado, domiciliado en Prat N°810, Valparaíso, en representación convencional del Banco Scotiabank Chile, cuyo gerente general es don Diego Masola, contador público, ambos domiciliados en Morandé 226, Santiago, quien interpone demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas y restitución consecuencial, en contra de Maestranza Alfaro Limitada, representada por don Gabriel Alberto Alfaro Jara, empresario, ambos domiciliados en calle Décima N°619, Placilla, Valparaíso, y en contra de don Gabriel Alberto Alfaro Jara, empresario, del mismo domicilio, en calidad de fiador y codeudor solidario, solicitando tenerla por deducida, se practiquen las reconvenciones de pago legales y declarar terminado el contrato de arrendamiento por no pago de rentas, ordenando se restituya la propiedad, bajo apercibimiento de lanzamiento a costa de la demandada y condenarla al pago íntegro de las rentas por la suma de $6.712.783 y que se devenguen en el proceso, con sus intereses y reajustes, más el pago de la cláusula penal correspondiente al 50% de las rentas que se encontraban pendientes de vencimiento a la época del incumplimiento, con costas. Con fecha 24 de enero de 2025, a folio 8, se notifica de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, a los demandados y se le practica la primera reconvención de pago. En folio 13, se lleva a efecto la audiencia de estilo, con la asistencia de la abogada de la parte demandante, doña Macarena Andrea Moreno Burchard, quien ratifica la demanda y en rebeldía de la parte demandada, a quien se le practica la segunda reconvención de pago, y no paga, por encontrarse en rebeldía. Posteriormente se llamó a las partes a conciliación, la que no se produce, dada la rebeldía de los demandados. Finalmente se recibe la causa a prueba. Con fecha 10 de febrero de 2025, a folio 14, se cita a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, fecha 30 de diciembre de 2024, comparece Juan Antonio Rivera Barros, en representación convencional del Banco Scotiabank Chile, quien interpone demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas y restitución consecuencial, en contra de Maestranza Alfaro Limitada, representada por don Gabriel Alberto Alfaro Jara. Código: THYSXSLNNUV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3068-2024 Foja: 1 Funda su demanda señalando que, mediante escritura pública fecha 30 de Junio de 2023, Repertorio N°11681-2023, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Diez Morello, celebró un contrato de arrendamiento con la sociedad Maestranza Alfaro Limitada, en virtud del cual, se dio en arrendamiento una grúa horquilla marca Heli, modelo CDP25, nueva y sin uso, año 2022, estipulándose en dicho contrato que este tendría un plazo fijo de duración de 24 meses contados desde a la firma de contrato, pactándose que la renta de arrendamiento seria de 24 rentas iguales, mensuales y sucesivas de $610.253 más el impuesto al valor agregado, las que serian pagadas por la arrendataria los días 29 de cada mes, a partir del día 29 de Julio 2023. Refiere que, asimismo se estipuló que, al término de contrato de arrendamiento, la arrendataria podía optar por adquirir el bien arrendado, haciendo uso de la opción de compra señalada en la letra c) de la cláusula décimo tercera del contrato de arrendamiento. Indica que, además se acordó que el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que correspondan a la arrendataria en virtud del referido contrato, especialmente la falta de pago oportuno de las rentas de arrendamiento facultaría al arrendador para ejercer, cualquiera de los siguientes derechos: A dar por terminado ipso- facto el contrato, a exigir la inmediata devolución del bien arrendado, el pago de la totalidad de las rentas de arrendamiento vencidas, y por concepto de cláusula penal, por los perjuicios avaluado anticipadamente y de común acuerdo por las partes, un 50% de las rentas que se encontraren pendientes de vencimiento a la época del incumplimiento; o bien a exigir de inmediato y sin sujeción a trámite ni declaración alguna, el pago de todas las rentas de arrendamiento vencidas y el pago anticipado de todas las rentas de arrendamiento pendiente de vencimiento hasta el término natural del contrato, las que se entenderán devengadas por todo el período correspondiente y vencidas por ese solo hecho. Agrega que, en la cláusula décimo octava, del referido instrumento don Gabriel Alberto Alfaro Jara, se constituyó en fiador y codeudor solidario del íntegro y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que la arrendataria asumió por el referido contrato a favor de Scotiabank Chile. Finaliza exponiendo que, la demandada ha incurrido en mora en el cumplimiento de sus obligaciones desde el día 29 de febrero del año 2024 por lo q
Fallo
por tanto, comenzando la utilización del bien por el arrendatario. SEXTO: Que, probada la existencia del contrato de arriendo entre las partes, incumbía a los demandados acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, consistentes en el pago de la renta, lo cual, atendida su rebeldía no ocurrió, careciendo de probanza que justifiquen el cumplimiento de sus obligaciones emanadas del contrato de arrendamiento. SÉPTIMO: Que, en consecuencia se encuentran acreditados los presupuestos que hacen procedente la acción ejercida, esto es, la existencia de un contrato de arrendamiento, el tiempo de ocupación por la parte demandada, el cumplimiento de la obligación del demandante en cuanto a la entrega del bien y el no pago de la obligación en que ha incurrido el demandado desde el mes de febrero de 2024, en adelante, adeudando la suma de $6.712.783 pesos, por lo que, corresponde acoger la demanda de terminación de contrato de arrendamiento. En consecuencia, se deberá condenar al demandado al pago de aquellas rentas adeudadas a la fecha de la presentación de la demanda, a razón de la renta mensual pactada, la que asciende a la suma de $610.253 más IVA y además, se deberá declarar terminado el contrato de arrendamiento suscrito por las partes y, en consecuencia, se accederá a la solicitud de restitución, en el plazo que se señalará en lo resolutivo de esta sentencia. OCTAVO: Que, en cuanto al interés solicitado, se estará a lo pactado en el contrato, concerniéndole al demandando el pago
Texto Completo (Preview)
C-3068-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Valparaíso CAUSA ROL : C-3068-2024 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE/MAESTRANZA ALFARO LIMITADA Valparaíso, diecisiete de febrero de dos mil veinticinco. VISTOS: En folio 1, con fecha 30 de diciembre de 2024, comparece don Juan Antonio Rivera Barros, abogado, domiciliado en Prat N°810, Valparaíso, en representación conv
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica