TORO/
Rol
V-100-2024
Fecha
15 de febrero de 2025
Materia
PARTICIÓN, APROBACIÓN DE ESCRITURA DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña GABRIELA STEPHANIE EULUFI BURGOA, abogada, domiciliada en calle Catedral número 514, comuna de Cauquenes, en representación de don ENGEL PAHOLO TORO ARELLANO, chileno, soltero, domiciliado en Av. Doctor Meza N°1379, de la comuna de Cauquenes, quien actúa en su calidad de curador de don MARCELO VLADIMIR TORO ARELLANO, chileno, soltero, sin oficio ni trabajo, domiciliado en Av. Doctor Meza N°1379, de la comuna de Cauquenes, de 51 años de edad, quien por este acto, viene a solicitar autorización judicial para proceder a la partición y adjudicación de los derechos hereditarios que le corresponden a don MARCELO VLADIMIR TORO ARELLANO en un inmueble que se singularizará, en atención a las razones de hecho y de derecho que a continuación se exponen. Explica que por resolución del Juzgado de Letras de Cauquenes, en los autos ROL N°55.133, de fecha 9 de noviembre de 2010 “
Fallo
se declara a MARCELO VLADIMIR TORO ARELLANO, C.I. 9.892.356-K, Interdicto por causa de demencia, quedando por tanto privado de forma permanente de la administración de sus bienes”. Añade que por sentencia firme y ejecutoriada de fecha 27 de julio del año 2023, recaída en autos Rol V-3-2023, materia civil, del Juzgado de Letras de Cauquenes, caratulada TORO/TORO, se designó curador de bienes del interdicto a quien represento, su hermano don ENGEL PAHOLO TORO ARELLANO, C.I. 12.963.137-6, ya individualizado en autos. Explica que don MARCELO VLADIMIR TORO ARELLANO, es titular de derechos y acciones en un inmueble rural ubicado en la ex subdelegación Pilén, comuna de Cauquenes, el cual tiene una superficie aproximada de 16 cuadras más o menos de extensión, cuya inscripción especial de herencia rola inscrita a fojas 839 N°821 año 2024 del Registro de Propiedad que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes. Su Rol de Avalúo es el 442-35 de la comuna de Cauquenes. El inmueble individualizado correspondió a su madre doña Isabel Margarita Arellano Lepe, quedando a su fallecimiento dueños del inmueble sus hijos Marcelo, Engel y Valeska Toro Arellano. Para una acertada comprensión, cita la historia registral del inmueble: I. Inscripción de Fojas 515 N°710 del Registro de Propiedad que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes correspondiente al año 2008; Consta de dicha inscripción que originalmente el inmueble era de doña Isabel Margarita Arellano Lepe, quien adquiri
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Cauquenes CAUSA ROL : V-100-2024 CARATULADO : TORO/ Cauquenes, quince de febrero de dos mil veinticinco VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña GABRIELA STEPHANIE EULUFI BURGOA, abogada, domiciliada en calle Catedral número 514, comuna de Cauquenes, en representación de don ENGEL PAHOLO TORO ARELLAN
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