BANCO DE CHILE/PALMA
Rol
C-2864-2024
Fecha
14 de febrero de 2025
Materia
MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 16 de febrero de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece é Patricio Andr sé Pacheco Cofre, Javier G mez Leivaó y Martina Duran Ram rezí , abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza aí terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del Banco de Chile, sociedad an nima bancaria, del giro de su denominaci n, representada a suó ó vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Bandera 577, 2° Piso, Santiago, deduciendo demanda ejecutiva en contra de don Pedro Alfonso Palma Salas, Ingeniero Comercial, domiciliado en Parcela 29 de Santa Teresa de Lonquen, comuna de Isla de Maipo y en Camino Carampangue S/N Parcela 29 Fundo Sitio Teresa, comuna de Isla de Maipo, solicitando se despache en su contra mandamiento de ejecuci n yó embargo por la suma de UF 3.8714,9000 equivalentes al d a 06/02/2024 aí $142.088.740.-, m s intereses y costas.á Se ala que por escritura p blica de compraventa con mutuo eñ ú hipoteca de fecha 31 de marzo de 2015, otorgada ante el Notario P blicoú de Santiago don Gustavo Montero Marti, Notario Suplente del Titular de la 48 Notaria de Santiago don Jos Musalem Saffie, y que se acompa a en° é ñ un otros de esta presentaci n, el Banco de Chile, dio en mutuo a doní ó Pedro Alfonso Palma Salas, la cantidad de 5.000 Unidades de Fomento, que el demandado se oblig a pagar en el plazo de 300ó meses a contar del d a 1í Código: XNSKXSNXLZU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2864-2024 Foja: 1 de agosto de 2015, por medio de igual n mero de dividendos, mensuales,ú vencidos y sucesivos, los que comprender n la amortizaci n y los intereses.á ó Se estipulo, adem s, que la obligaci n tiene el car cter de indivisible paraá ó á todos los e
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, Banco de Chile, deduce demanda ejecutiva de cobro de mutuo en contra de don Pedro Alfonso Palma Salas, a fin de que pague la suma de UF 3.871,9000 equivalentes al d a 06/02/2024í a $142.088.740.- raz n por la que se ha interpuesto la acci n ejecutiva enó ó su contra para obtener el entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, se opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en losó é numerales 2, 4, 7, 9 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, de acuerdo a los antecedentes que fueron rese ados en la parteñ expositiva de este fallo. TERCERO: Que, respecto a la primera de las excepciones en an lisisá , consistente en la falta de capacidad del demandante o de personer aí o representaci n legal de que comparezca en su nombre, fundada en queó los abogados comparecientes carecen de representaci n de la ejecutada,ó pues no se habr a acompa ado la personer a ni la vigencia del instrumentoí ñ í donde constan las facultades de quienes le entregaron la representaci n,ó como tampoco la constituci n social, es preciso indicar que conforme laó copia de la escritura p blica de 27 de septiembre de 2023, repertorio Nú ° 12.769-2023, correspondiente al Mandato Judicial entregado por Banco de Chile, consta que la ejecutante entreg a los apoderados comparecientesó mandato judicial para representar a la ejecutante respecto de la cartera de cr ditos cuya cobranza le ha encomendado o en el futuro le encomiende,é con las facultades del inciso primero del art culo 7 del C digo deí ó Procedimiento Civil. Es en virtud de dicho mandato judicial que el compareciente deduce la acci n de autos y en su calidad de abogado habilitado es que asume eló Código: XNSKXSNXLZU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2864-2024 Foja: 1 patrocinio y poder, el que se constituy cumpli ndose todos los requisitosó é establecidos en el art culo 1 de la Ley N 18.120, pues el libelo apareceí ° patrocinado por abogado y contiene la firma, nombre y domicilio de estos. CUARTO: Que, asimismo, la exigencia contenida en el art culo 6í º del C digo de Procedimiento Civil, se satisface con la sola exhibici n deló ó t tulo en el cual consta la representaci n que se invoca, carga procesal queí ó se cumpli al momento de proveer la demanda de autos y autorizar eló poder en stos, de manera que no es necesaria, ni adem s procedente,é á acreditar otras circunstancias que dicho instrumento contiene, atendido el principio dispuesto en el art culo 1700 del C digo Civil.í ó QUINTO: Que, as , el argumento de la ejecutada deber serí á desestimado, por cuanto, atendido lo expuesto en el considerando precedente, basta la sola exhibici n del t tulo que acredite la representaci n,ó í ó en este caso, la copia de la escritura p blica de fecha ya referido, ú de manera que encontr ndose debidamente acre
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba.ó El 27 de enero de 2025 a folio 45, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, Banco de Chile, deduce demanda ejecutiva de cobro de mutuo en contra de don Pedro Alfonso Palma Salas, a fin de que pague la suma de UF 3.871,9000 equivalentes al d a 06/02/2024í a $142.088.740.- raz n por la que se ha interpuesto la acci n ejecutiva enó ó su contra para obtener el entero y cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. SEGUNDO: Que el demandado, debidamente representado, se opuso a la ejecuci n a trav s de las excepciones contempladas en losó é numerales 2, 4, 7, 9 y 11 del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, de acuerdo a los antecedentes que fueron rese ados en la parteñ expositiva de este fallo. TERCERO: Que, respecto a la primera de las excepciones en an lisisá , consistente en la falta de capacidad del demandante o de personer aí o representaci n legal de que comparezca en su nombre, fundada en queó los abogados comparecientes carecen de representaci n de la ejecutada,ó pues no se habr a acompa ado la personer a ni la vigencia del instrumentoí ñ í donde constan las facultades de quienes le entregaron la representaci n,ó como tampoco la constituci n social, es preciso indicar que conforme laó copia de la escritura p blica de 27 de septiembre de 2023, repertorio Nú ° 12.769-2023, correspondiente al Mandato Judicial entregado por Banco de
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C-2864-2024 Foja: 1 FOJA: 33 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2864-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/PALMA Santiago, catorce de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Que con fecha 16 de febrero de 2024, mediante presentaci nó ingresada a trav s de la oficina judicial virtual, comparece é Patricio Andr sé Pacheco Cofre, Javier G mez Leivaó
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