ZAMORANO/
Rol
V-90-2023
Fecha
14 de febrero de 2025
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
visto y dispuesto en el artículo 1, letra A de la ley N°17.344 y demás normas pertinentes, ruega conceder la solicitud de cambio de nombre de DANIEL ALEJANDRO ZAMORANO VÁSQUEZ a DANIEL ALEJANDRO VEGA VÁSQUEZ. A folio 9 con fecha 27 de septiembre de 2023, ante ministro de fe don CRISTIAN POBLETE WEIDENSLAUFER, se rindió información sumaria del testigo: CINTHYA PAMELA FERNANDEZ VERGARA y ALEXIS ABRAHAN RODRIGO SUAREZ FERNANDEZ, quienes se encuentran conteste en cuanto a lo señalado por el peticionario, dando razón de sus dichos. A folio 10 se acompaña publicación efectuada en el Diario Oficial con fecha 1 de agosto de 2023. A folio 14 Con fecha 3 de noviembre de 2023, certificó la Sra. Secretaria del Tribunal, que transcurrido el plazo legal, no consta en autos oposición a la solicitud. A folio 17 informa el Registro Civil e Identificación que señala: que consta en nuestros registros la inscripción de nacimiento N°273, registro S, del año 2002, de la circunscripción de PEÑALOLÉN, siendo titular de ella DANIEL ALEJANDRO ZAMORANO VÁSQUEZ, nacido el 8 de diciembre de 2002, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Cristian Andrés Zamorano Astete, y Código: FZJXXSSNXUU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 en el correspondiente a la madre a doña Ximena Loreto Vásquez Riveros. Se menciona que, en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de la revisión de la misma en la base de datos computacional del Servicio, no constan subinscripciones ni rectificaciones. En cuanto a lo solicitado, se informa que el peticionario de autos no registra matrimonio ni referencia de hijos en la base de datos del Servicio, para los fines establecidos en el inciso 3° del artículo 4° de la referida Ley N°17.344. No registra anotaciones en el Registro General de Condenas. A folio 29 consta oficio del Ministerio Público el cual indica que, de acuerdo al registro informático, el peticionario DANIEL
Fundamentos
CONSIDERANDO: El mérito de los antecedentes en especial información sumaria de testigo e informe del Registro Civil e identificación, no existiendo oposición y conforme con los documentos acompañados digitalmente por la peticionaria en el sistema computacional de la oficina judicial virtual, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales, Código: FZJXXSSNXUU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 y lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; Ley N°17.344,
Fallo
se resuelve: Que ha lugar a la solicitud, en el sentido de rectificar por el Registro Civil e Identificación la inscripción de nacimiento N° 273, Registro S del año 2002, de la circunscripción de PEÑALOLÉN, siendo titular de ella DANIEL ALEJANDRO ZAMORANO VÁSQUEZ, en el sentido de cambiar su primer apellido ZAMORANO por VEGA, quedando en definitiva como “DANIEL ALEJANDRO VEGA VÁSQUEZ” Regístrese y notifíquese. DICTADA POR CAROLINA CANALES MORALES, JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA ANA LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, catorce de febrero de dos mil veinticinco Código: FZJXXSSNXUU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-14T10:19:22-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-90-2023 CARATULADO : ZAMORANO/ Santiago, catorce de febrero de dos mil veinticinco VISTOS. A folio 1 comparece DANIEL ALEJANDRO ZAMORA VASQUEZ, cédula de identidad N°21.194.070-0, estudiante, soltero, domiciliado en calle Lago Gris, número 8053, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, quien expone: Ma
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