2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ORENA/COOPERATIVA DE TRABAJO PROTECCION Y MANTENCION DE AREAS VERDES (PRYMAVE)

Rol

M-3501-2024

Fecha

16 de enero de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, omite la recepción de la causa a prueba y procede a dictar sentencia en este acto. SENTENCIA: Santiago a, dieciséis de enero del año dos mil veinticinco. Vistos, oídos y

Fundamentos

considerando: Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, de la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Y

Fallo

se resuelve: Demandante: téngase presente la delegación de poder. Demandante: téngase presente, sin perjuicio lo que se resolverá. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Excepciones: La parte demandada, en su contestación de la demanda, viene en oponer excepción de finiquito. Habiendo el Tribunal conferido traslado a la parte demandante para contestar dicha excepción esta se allana pura y simplemente. Omite recibir la causa a prueba: El Tribunal, estimando que no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, omite la recepción de la causa a prueba y procede a dictar sentencia en este acto. SENTENCIA: Santiago a, dieciséis de enero del año dos mil veinticinco. Vistos, oídos y considerando: Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, de la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Y por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 177, 420 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la excepción de transacción opuesta por COOPERATIVA DE TRABAJO PROTECCION Y MANTENCION DE AREAS VERDES (PRYMAVE) opuestas en la contestación de la demandada y en consecuencia se tiene por concluida

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 16 DE ENERO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 04° RUC 24-4-0595046-0 RIT M-3501-2024 MAGISTRADO IVETTE RENEE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS BORIS ANTIVERO PINOCHET HORA DE INICIO 10:33 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:54 HORAS Nº REGISTRO DE AUDI

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