DOMINION S.P.A./RIQUELME
Rol
I-708-2024
Fecha
16 de enero de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constatados fueron “No pactar por escrito las horas extraordinarias trabajadas y consignadas en el registro control de asistencia de tipo electrónico computacional, del periodo 01/01/2024 a 07/08/2024 de los trabajadores enrolados mediante formulario FI-2, habiendo verificado que excedieron la jornada ordinaria semanal de trabajo. Situación que afectó a los siguientes trabajadores Leonardo Ortiz Antillano respecto del periodo 01/02/2024 al 31/07/2024 y José Lozada Sanchez respecto del periodo 01/01/2024 al 31/07/2024”. La norma infraccionada fue el artículo 32 inciso 1° en relación al artículo 506 del Código del Trabajo aplicando una multa de 60 UTM equivalentes a $3.954.060. Refiere que los hechos supuestamente constatados por el fiscalizador no son efectivos toda vez que, se pactó con los trabajadores por escrito las horas extraordinarias respecto de los periodos cuestionados. Estos pactos fueron acordados con una vigencia de 3 meses agregando en la cláusula cuarta de cada uno que “No será necesario pacto de ninguna naturaleza cuándo en conformidad al artículo 29 del código del trabajo se exceda la jornada ordinaria en la medida indispensable para evitar perjuicios en la marcha normal del establecimiento o faena, cuándo sobrevenga fuerza mayor o caso fortuito o cuando deban impedirse accidentes o efectuarse arreglos o reparaciones impostergables en las maquinarias o instalaciones. Estas horas en exceso de la jornada ordinaria, se pagarán como extraordinarias”. En la clausula quinta. Se expresa que “el trabajador conviene con su empleador, por este acto, la renovación automática del presente pacto al término de su vigencia, salvo que medie voluntad en contrario, lo que el trabajador declara conocer y aceptar en todas sus partes”. Manifiesta que en la resolución multa el fiscalizador se limita a cuestionar el hecho de no pactar por escrito las horas extraordinarias sin expresar motivo o razón que permita comprender por qué se desconocen los pactos escritos
Fundamentos
fundamentos esenciales para justificar su posición ya que omite indicar cuáles son las razones fácticas y jurídicas por las cuales se desconocen los pactos escritos sobre horas extraordinarias esta situación afecta el derecho a defensa. Agrega que no es efectivo que la totalidad del periodo indicado en la resolución multa consten las horas extraordinarias que alega al fiscalizador nada se dice sobre cómo el fiscalizador constató que los trabajadores en los periodos que indican excedieron la jornada ordinaria semanal de trabajo sin indicar ningún tipo de detalle al respecto en circunstancias que no es efectivo que el señor Ortiz o el señor Lozada hayan trabajado horas extraordinarias en el periodo señalado por lo que se ha incurrido en error De hecho al imponer el tipo infraccional que se sanciona. Es subsidio solicita se rebaje la cuantía de la multa ya que ella vulnera el principio de proporcionalidad toda vez que se ha impuesto la multa que se reclama por un monto excesivo sin analizar las circunstancias que amerita la aplicación de una sanción en su mínima extensión además que la demandante ha actuado en todo momento en observancia del principio de la buena fe, de la confianza legítima de estar cumplimiento con la normativa infringida. Cita normativa, doctrina y jurisprudencia. Solicitando se acoja la demanda dejando sin efecto la resolución multa N°1793/24/49-1 o en subsidio esta sea rebajada. Todo con costas. Segundo. Audiencia única. Que en audiencia única fueron llamadas las partes a conciliación la que no se produjo. El representante de la Inspección Comunal del Trabajo de La Florida contestó el reclamo que le fuera impuesto solicitando su rechazo con costas, según los argumentos que constan en el sistema de audio del Tribunal. Luego estimando la existencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. El Tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes puntos: 1.- Efectividad de los hechos constatados por el fiscalizador actuante al imponer la multa reclamada. 2.- Falta de fundamentación de la resolución administrativa que cursó la multa impuesta. 3.- Proporcionalidad de la misma. Tercero. Hechos acreditados y valoración de la prueba. Que apreciada la prueba rendida de acuerdo a las normas de la sana critica, esto es, respetando las razones jurídicas y simplemente lógicas, técnicas o de experiencia, en cuya virtud se ha asignado valor o se las ha desestimado, se ha tomado en especial consideración la multiplicidad, gravedad, precisión en concordancia o conexión de las pruebas con que se han presentado en el proceso la cual resulta coherente y armónica en sí misma como en conjunto es dable tener por acreditado lo siguiente: 1.- Que con fecha 21 de agosto de 2024, la Inspección Comunal del Trabajo de La Florida, a través del fiscalizador Cristian Fernando López Muñoz cursa a la reclamante Resolución de Multa N°1793/24/24-1 por no pactar por escrito horas extraordinarias y consignadas en el registro de asistencia elec
Fallo
se resuelve. I. Que se rechaza en todas sus partes el reclamo de multa administrativa interpuesta por Dominion Spa., rol único tributario 99.597.170-4, representada legalmente por doña Claudia Mora Mora, cédula nacional de identidad 15.357.675-0, en contra de Marco Antonio Riquelme Aravena en su calidad de jefe de la Inspección Comunal del Trabajo de La Florida. II. Que no se condena en costas a la reclamante por tener motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : I-708-2024 RUC : 24- 4-0608121-0 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a dieciséis de enero de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, dieciséis de enero de dos mil veinticinco. , Vistos. Qué ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia única en procedimiento monitorio por reclamación de multa administrativa en los autos RIT I-708-2024. El reclamo fue interpuesto por Dominion Spa., rol único tributario 99.597.170-4, representa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica