3º Juzgado de Letras de Talca

NÚÑEZ/

Rol

V-61-2024

Fecha

12 de febrero de 2025

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 22 de junio de 2024, se presenta MAURICIO LOZANO DONAIRE, Abogado, cédula nacional de identidad N°10.650.303-6, domiciliada para estos efectos en 4 Norte #620, segundo piso, de la Ciudad y Comuna de Talca, en representación convencional según se acreditará de MARÍA CRISTINA NÚÑEZ BRAVO, Labores del Hogar, cédula nacional de identidad N° 6.113.887-0, domiciliada en Sector San Miguel sin número, de la ciudad y comuna de Longaví, indicando que conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces solicita se sirva ordenar a la Sra. Conservadora de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Talca, la rectificación de la inscripción especial de herencia que consta a fojas 10069, N°9336 del Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Refiere, que con motivo de la tramitación de la posesión efectiva de la sucesión testada de don Julio Castro Herrera, según consta en los autos voluntarios rol V-158-2018 del Segundo Juzgado de Letras de Talca, su representada solicitó al Conservador de Bienes Raíces de Talca, diversas inscripciones especiales de herencia, entre ellas Código: XTFLXSFCZNT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl aquella relativa al predio agrícola denominado San Nicolás ubicado en la comuna de Pelarco, el cual rola inscrito a nombre de la sucesión de don Julio Castro Herrera, de la que su representada forma parte, a fojas 10069, N°9336 del Registro de Propiedad del año 2020 del Conservador de Bienes Raíces de Talca. Manifiesta que bajo este contexto , con fecha 19 de abril del presente, mediante minuta escrita, esta parte solicitó al Conservador de Bienes Raíces de Talca, la rectificación de la inscripción especial de herencia ya singularizada, eliminando aquella mención relativa a acciones y derechos, estableciendo en consecuencia que: “Los herederos de la sucesión quedada al fallecimiento de don Julio Antonio Castro

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, tal como ha quedado relacionado en la parte expositiva de este fallo, la interesada impetra que se rectificar la inscripción especial de herencia, que consta a fojas 10069 N°9336 del Registro de Propiedad del año 2020, en los siguientes términos: “Los herederos de la sucesión quedada al fallecimiento de don Julio Antonio Castro Herrera, son dueños del predio agrícola denominado San Nicolás, excluyendo aquella parte inscrita por la N°1559 del Registro de Propiedad del año 1984 y por la N°1280 del Registro de Propiedad del año 1985.” SEGUNDO: Que, respecto al inmueble objeto de esta solicitud, es necesario tener en especial consideración, el historial conservatorio del mismo. Que inicialmente, y tal como consta del Registro de Propiedad del conservador de bienes raíces de la ciudad de Talca, por inscripción de fojas 1266v. número 888 del Registro de Propiedad del año 1970, JULIO CASTRO HERRERA y OSCAR FREDES ROCCO adquirieron por compraventa el predio agrícola denominado San Nicolás, ubicado en la comuna de Pelarco de este Departamento, de más o menos 41,25 hectáreas de extensión. A este inmueble le afectan las siguientes cancelaciones según las anotaciones Código: XTFLXSFCZNT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl marginales: a) Véase la N” 1894 del 1973; b) Véase la N” 1280 del año 1985; y c) transmitió derechos don Julio Castro Herrera por la N* 4364 del año 1995 todas del Registro de Propiedad; que correspondientes a: a) Por escritura pública de fecha 19 de junio de 1973 otorgada ante el notario don Sergio Mendoza A., inscrita a fojas 1261v. número 1894 del Registro de Propiedad del año 1973 don Oscar Fredes Rocco cedió sus derechos en el inmueble a don Marcial Labra Labra. En virtud de la misma escritura de cesión de derechos, mediante anotación marginal, se rectificó la inscripción de cesión en el sentido de señalar que “don Oscar Fredes Rocco vendió solo la tercera parte de su 50% en el predio, y no toda la propiedad como erróneamente se indicó”. Posteriormente, el cesionario don Marcial Antonio Labra Labra, regularizó mediante el procedimiento del DL 2695 parte del predio denominado San Nicolás ubicado en la comuna de Pelarco de una superficie // // aproximada de 7,13 hectáreas. La inscripción de dominio se efectuó a fojas 1617 y número 1559 del Registro de Propiedad del año 1984, en tanto que la respectiva resolución del Ministerio de Bienes Nacionales, que dispuso la cancelación material de la inscripción de fojas 1261v. número 1894 del Registro de Propiedad del año 1973, se dejó agregada bajo el N* 322 al final del Registro de Propiedad del año 1984. b) Por inscripción de fojas 1133 número 1280 del Registro de Propiedad del año 1985 don Oscar Arsenio Fredes Roco regularizó mediante el procedimiento del DL 2695 del año 1979 una parte del predio denominado San Nicolás, de la comuna de Código: XTFLXSFCZNT Este documento tiene firma electrónica y su

Fallo

se declara: Código: XTFLXSFCZNT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que SE RECHAZA el reclamo deducido por MAURICIO LOZANO DONAIRE en representación de MARÍA CRISTINA NÚÑEZ BRAVO en contra la Conservadora de Bienes Raíces de Talca CAMILA JORQUEIRA MONARDEZ, todos ya individualizados, en lo principal de folio 1. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 61-2024. DICTADA POR DON ALVARO SAAVEDRA SEPÚLVEDA. JUEZ LETRADO TITULAR. AUTORIZA DON JUAN RODRÍGUEZ MOYA. SECRETARIO SUBROGANTE. En Talca a doce de febrero de dos mil veinticinco notifique por el estado diario la resolución que antecede. Código: XTFLXSFCZNT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-12T09:45:03-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-61-2024 CARATULADO : N EZ/ÚÑ Talca, doce de febrero de dos mil veinticinco. - VISTOS: Con fecha 22 de junio de 2024, se presenta MAURICIO LOZANO DONAIRE, Abogado, cédula nacional de identidad N°10.650.303-6, domiciliada para estos efectos en 4 Norte #620, segundo piso, de la Ciudad y Comuna de Talc

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