Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

FARMACIAS CRUZ VERDE SPA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO

Rol

I-170-2024

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar son los siguientes: 1. Antecedentes que tuvo a la vista la reclamada para cursar la multa de autos. Hechos constatados y circunstancias en que se producen. 2. Efectividad de adolecer la resolución de multa de los vicios alegados. 3. Procedencia de la petición subsidiaria de rebaja de multa. Medios de Prueba.- RECLAMANTE.- Ofrece, rinde e incorpora: Documental: Tras el ofrecimiento a la contraria y no habiéndose interpuesto objeciones, los documentos son los siguientes. 1. Copia de Resolución de Multa Nº8518/24/16 de fecha 28 de mayo de 2024. 2. Impresión de correo electrónico enviado desde la dirección nccIptValparaiso@dt.gob.cl de fecha 03 de junio de 2024 mediante el cual se notifica la resolución de multa N°8518/24/16. 3. Copia de 68 Resoluciones de Multa Administrativa impuestas a Farmacias Cruz Verde a lo largo del país por la Dirección del Trabajo a través de sus Inspecciones. 4. Copia de Dictamen N°213/07 de fecha 05/04/2024 emitido por el Director Nacional del Trabajo. 5. Copia de Dictamen N°235/08 de 18/04/2024 emitido por el Director Nacional del Trabajo. 6. Copia de Pacto de Reducción de Jornada Laboral Sindicato de Trabajadores N°1 de Trabajadores de Empresa Farmacias Cruz Verde de fecha 08 de mayo de 2024. 7. Cadena de correos electrónicos enviados entre los días 14 y 24 de mayo de 2024 respecto de la aceptación del pacto de reducción de jornada. El Tribunal Resuelve: Téngase por rendida la documental de la parte reclamante. Otros medios de prueba.- La parte solicita se proceda a exhibir: 1. Link de entrevista realizada al Director Nacional del Trabajo, señor Pablo Zenteno por Radio Bío Bío el día 09 de abril de 2024. https://youtu.be/nfT3roL-rm4?si=oyJp9rU0dUQNmhT4 El Tribunal Resuelve: Se tiene por incorporado este otro medio de prueba. Medios de Prueba.- RECLAMADA.- Ofrece, rinde e incorpora: Documental: Tras el ofrecimiento a la contraria y no habiéndose interpuesto objeciones, los documentos son los siguientes. 1. Informe

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en estos autos RIT I-170-2024, RUC 24-4-0586346-0, en procedimiento monitorio, se ha iniciado demanda por MARCELO CAMPOS BUSTOS, chileno, abogado, cédula de identidad Nº15.878.504-8, en representación, de FARMACIAS CRUZ VERDE SpA, persona jurídica del giro de su denominación, R.U.T. Nº89.807.200-2, ambos domiciliados, para estos efectos, en Avenida Pedro Montt N°1902, comuna y Región de Valparaíso, quien interpone reclamación judicial en contra de la Resolución N°8518/24/16 notificada a su representada con fecha 06 de junio de 2024, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo Valparaíso, representada por su Jefe Provincial señor Alfonso Gonzalo Yáñez Pino, ignoro profesión u oficio, o quién legalmente le subrogue o reemplace, ambos domiciliados en calle Blanco Sur N°1281, comuna y Región de Valparaíso. SEGUNDO: Que funda su demanda en las siguientes pretensiones: I. ANTECEDENTES DE HECHO. Refiere que con fecha 06 de junio de 2024 su representada, Farmacias Cruz Verde SpA, en adelante “Cruz Verde”, fue notificada, según lo dispone el artículo 508 del Código del Trabajo, de la Resolución Administrativa de Multa Nº8518/24/16 en virtud de la cual se le aplicó 1 multa por 60 UTM. En virtud de lo descrito en el documento denominado “Resolución de Multa” de fecha 28 de mayo del año en curso, el señor fiscalizador de esta Inspección del Trabajo, don Joaquín Ignacio Alvaro Olivares, habría constatado la siguiente infracción: i) “De la revisión del registro de asistencia correspondiente al período 26 de abril al 09 de mayo 2024, se constató que el empleador adecuó la jornada de trabajo, sin respetar la progresividad proporcional en la reducción establecida en la Ley N°21.561, en específico se constató una disminución de 12 minutos situación que afecta a los siguiente (sic) trabajadores: Sergio Alvarez, Francisco (sic) Camaño, Frida Campos, Raul Espinoza, Daniela Illanes, Paula Muñoz, Katherine Rojas, Andres Astudillo, Angela Diaburo, Yilda Torres y Mily Riffo“. Frente a ello, estima que la resolución reclamada ha de ser necesariamente dejada sin efecto, por ser absolutamente improcedente y carente de fundamento, conforme los argumentos que aborda. II. RECLAMACIÓN DE FONDO. IMPROCEDENCIA DE LA RESOLUCIÓN QUE IMPONE LA MULTA POR ERROR DE HECHO. ANTECEDENTES DE HECHO Y DE DERECHO. INCORECTA INTERPRETACIÓN DE LA LEY N°21.561. EXTRALIMITACIÓN DE FACULTADES. A) INCORRECTA INTERPRETACIÓN DE LA LEY: Don Ignacio Alvaro Olivares impuso una multa a Cruz Verde por, al parecer, constatar que se habría adecuado la jornada de trabajo sin respetar la progresividad proporcional en la reducción establecida en la Ley N°21.561. Específicamente, se expone en la resolución, que su representada habría disminuido 12 minutos diarios a los trabajadores que se mencionan en la resolución. Al respecto, transcribe - en lo que interesa la Ley N°21.561 en su artículo primero transitorio, el artículo tercero transitorio Refiere que en aquellos casos

Fallo

POR TANTO, de conformidad a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 503, 512 y siguientes del Código del Trabajo; artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; artículos 11 y 16 de la Ley N°19.880, DFL N°2 de 1967, Ley N°21.561 y demás normas legales citadas, pertinentes y aplicables, SOLICITA., se sirva tener por presentado, en tiempo y forma, reclamo judicial en contra de la Resolución N°8518/24/16 dictada por la Inspección Provincial del Trabajo Valparaíso, servicio público del Estado, representado por su Jefe Provincial don Alfonso Gonzalo Yáñez Pino, ignora profesión u oficio, o quién legalmente lo subrogue o reemplace, ya individualizados, que impone una multa a SU representada igual a 60 UTM y, previo los trámites de rigor, declarar la improcedencia de la resolución que por este acto se reclama, ordenando dejarla sin efecto, con expresa condena en costas. En subsidio, Solicita., rebajar la sanción impuesta a Cruz Verde en, a lo menos, un 50%, atendidos los argumentos expuestos en este escrito, por ser una sanción absolutamente desproporcionada. TERCERO: Que, en su oportunidad el tribunal estimo insuficientes los antecedentes proporcionados en el libelo pretensor para acoger el requerimiento presentado, por lo que procede a citar a una audiencia única de contestación, conciliación y prueba. CUARTO: Que en la correspondiente audiencia única, realizada el día de hoy, Don Saul Arredondo Vicuña, abogado en representación de la demandada, INSPECCIÓN PROV

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO RECLAMO DE MULTA ADMINISTRATIVA VIDEOCONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, miércoles, 15 de enero de 2025 RUC 24-4-0586346-0 RIT I- 170 - 2024 MAGISTRADO Eduardo Saldivia Saa ADMINISTRATIVO DE ACTAS Samuel Rojas Díaz HORA DE INICIO 11:05 Horas.- HORA DE TERMINO 14:10 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala

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