Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

FUNDACION EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ/VARGAS

Rol

O-1017-2024

Fecha

15 de enero de 2025

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 160 N°3, 174, 201, 420, 423, 425, 432, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: Que se acoge la demanda interpuesta por Fundación INTEGRA en contra de Anyela Vargas Pavéz, ambas partes ya individualizadas, y en consecuencia se autoriza a la demandante para poner término al contrato de trabajo de la demandada de conformidad a lo establecido en el artículo 160 N°3 del Código del Trabajo conforme a los argumentos ya referidos, desvinculación que deberá hacerse efectiva dentro de quinto día de ejecutoriado que sea este fallo. Se ordena que cada parte pagará sus costas. Se ordenan registrar, notificar y archivar estos antecedentes en su oportunidad. Siendo las 10:37 horas se pone término a la presente audiencia, quedando las partes expresamente notificadas de lo resuelto en ella. Dirigió Doña Marcela Poblete Valdés, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, quince de enero de dos mil veinticinco.- Página 2 de 3 Juzgado de Letras del Trabajo San Miguel – Ureta Cox # 855, San Miguel – Fono (02) 5563210

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 160 N°3, 174, 201, 420, 423, 425, 432, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: Que se acoge la demanda interpuesta por Fundación INTEGRA en contra de Anyela Vargas Pavéz, ambas partes ya individualizadas, y en consecuencia se autoriza a la demandante para poner término al contrato de trabajo de la demandada de conformidad a lo establecido en el artículo 160 N°3 del Código del Trabajo conforme a los argumentos ya referidos, desvinculación que deberá hacerse efectiva dentro de quinto día de ejecutoriado que sea este fallo. Se ordena que cada parte pagará sus costas. Se ordenan registrar, notificar y archivar estos antecedentes en su oportunidad. Siendo las 10:37 horas se pone término a la presente audiencia, quedando las partes expresamente notificadas de lo resuelto en ella. Dirigió Doña Marcela Poblete Valdés, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, quince de enero de dos mil veinticinco.- Página 2 de 3 Juzgado de Letras del Trabajo San Miguel – Ureta Cox # 855, San Miguel – Fono (02) 5563210

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15 de enero de 2025 RUC 24-4-0629281-5 RIT O-1017-2024 MAGISTRADO Marcela Poblete Valdés ADMINISTRATIVO DE ACTAS David Bahamondes P. HORA DE INICIO 10:00 HORA DE TERMINO 10:37 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440629281-5-1351 SALA 1.- PARTE DEMANDANTE FUNDACION INTEGRA RUT: 70.574.900-0 ABOGADO ERICK RUZ POOLEY FORMA DE NOTIFIC

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