1º Juzgado Civil de Concepción

SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGIÓN DEL BÍO BÍO/

Rol

C-810-2023

Fecha

11 de febrero de 2025

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, con fecha 3 de febrero de 2023 en gesti n de pago rol ó V-298-2022 (folio 39), copiado con la misma fecha en folio 1 de esta causa, se present donó Eduardo Salas C rcamoá , abogado, en representaci n de do a ó ñ MORELIA ELENA TRONCOSO CAMPANO, due a de casa, ambos domiciliados parañ estos efectos en San Mart n 710, Oficina c, Concepci n, deduciendoí ó RECLAMACI N DEL MONTO INDEMNIZATORIO PROVISIONALÓ en contra del SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACI N REGI NÓ Ó DEL B O B OÍ Í (Serviu B o B o), representada por su director don í í Marcelo L pez Ot rolaó á , ambos domiciliados en Avenida Prat N 575, Concepci n. º ó Funda su reclamo que su mandante do a Morelia Elena Troncosoñ Campano es due a del inmueble ubicado en Concepci n, Avenida Collao milñ ó quinientos setenta y nueve (1579), inscrito a su nombre a fojas 4469 N 3419 del° Registro de Propiedad de Concepci n de 2013. Su n mero de rol para efectosó ú tributarios es el 320- 20 de la ciudad de Concepci n y lo adquiri por contrato deó ó compraventa celebrado con do a Blanca Hortensia Campano Solar, otorgado porñ escritura p blica de fecha 1 de junio de 2013, otorgada ante el Notario p blicoú ° ú de Concepci n don Carlos Miranda Jim nez.ó é Refiere que este bien ra z consiste en casa y sitio y tiene 20 metros deí frente por sesenta de fondo y sus deslindes son seg n sus t tulos : Norte, Oriente yú í Poniente con resto de propiedad del vendedor Miguel Chamorro y Sur con Avenida Ignacio Collao . Sus deslindes actuales son : Norte : con terrenos de Sr Mosciatti; Sur : Con Avenida Ignacio Collao; Oriente con Raul Troncoso y Poniente con Leonel Castro. A ade que el inmueble se alado, ha sido objeto de una expropiaci nñ ñ ó parcial , correspondiente, seg n Serviu, a 85,25 metros cuadrados (Lote 151),ú Código: KKHHXSYTKSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 conforme a plano de expropiaci n Sbr ó 40380, lo que consta en autos y es rec

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: KKHHXSYTKSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 1 .-° Que conforme se desprende de lo consignado en la parte expositiva precedente, la cuesti n controvertida dice relaci n con el valor asignado por laó ó Comisi n de Peritos Tasadores, al metro cuadrado de terreno parcialmenteó expropiado, ya que los valores fijados por dicha Comisi n no se condecir an conó í sus caracter sticas, por lo que se pide aumentar los valores asignados de acuerdo aí los par metros que se indican en la reclamaci n y tambi n se aleg que laá ó é ó cantidad de metros cuadrados que fueron efectivamente expropiados a su parte fue superior a la indicada en el decreto expropiatorio, por lo que pide la respectiva indemnizaci n. ó En cuanto al rubro obras complementarias y especies vegetales no se reclam , por lo cual debe entenderse que expropiada se conforma con los valoresó fijados por la Comisi n Tasadora.ó 2 .-° Que el expropiante y reclamado, solicit el rechazo de la reclamaci n,ó ó pidiendo dejar a firme los valores fijados para la expropiaci n por la Comisi n deó ó Peritos Tasadores, o fijarla en la suma que se estime justa conforme al m rito deé autos. 3 .-° Que como cuesti n previa, se debe poner en relieve que de acuerdo aó lo que previene en su considerando 5 el Decreto Ley 2.186, que aprueba Ley° Org nica de Procedimiento de Expropiaciones, el prop sito de este cuerpo legalá ó es armonizar la posibilidad de desarrollar las obras que el progreso del pa s exigeí y, por otra parte, resguardar en forma justa el derecho del propietario y los distintos derechos de terceros que, de un modo u otro, se ven alcanzados o afectados por la expropiaci n. ó Adem s, se debe tener presente que el art culo 38 de dicho Decreto Leyá í define el t rmino indemnizaci n como el da o patrimonial efectivamenteé “ ó ” ñ causado con la expropiaci n, y que sea una consecuencia directa e inmediata deó la misma. Por otra parte, el art culo 19, N 24, de la Constituci n Pol tica de laí ° ó í Rep blica, establece que el expropiado tendr siempre derecho a laú á indemnizaci n por el da o efectivamente causado.ó ñ De tal forma, son estos supuestos los que deben enmarcar la decisi n deló tribunal al fijar la indemnizaci n definitiva cuando no haya acuerdo entreó expropiante y expropiado, cual es lo que sucede en la especie; debiendo, por ende, guardar en todo momento el equilibrio entre el bien p blico que abarca aú la colectividad y el inter s privado, y teniendo en cuenta que de acuerdo a laé normativa previamente transcrita, s lo es indemnizable el da o patrimonialó ñ efectivamente causado con la expropiaci n, y que sea una consecuencia directa eó Código: KKHHXSYTKSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 inmediata, encontr ndose excluidos de la indemnizaci n los da os indirectos,á ó ñ futuros, eventuales y morales. 4 .-º

Fallo

Por tanto, quien reclama de la indemnizaci n provisional debe en primeró lugar acreditar su calidad de due o del bien expropiado, y si no lo hace, debeñ entenderse que carece de la necesaria legitimaci n activa para interponeró reclamaci n que le permita discutir la existencia de la obligaci n de indemnizaró ó el supuesto da o causado en los t rminos del referido art culo 12.ñ é í 6 .-° Que, en esa l nea, tambi n es un hecho incontrovertido que laí é reclamante es propietaria del inmueble parcialmente expropiado, al ser due a delñ inmueble ubicado en Avenida Collao N 1.579, Concepci n, rol de aval o SIIº ó ú 320-20 de dicha comuna. Dicha circunstancia, en todo caso, se ve corroborada por los documentos que agregaran tanto en folio 1 de esta causa como en el folio 13 de la gesti n deó pago (causa V-298-2022), consistentes en certificados de dominio vigente y copia de inscripci n de dominio efectuada a su respectivo nombre, a fojas 4.469, Nó º 3.419 del Registro de Propiedad del a o 2013, del Conservador de Bienes Ra cesñ í de Concepci n.ó De esta manera, se puede tener por acreditado en autos el dominio por parte de la reclamante sobre el inmueble expropiado, y por ende, su derecho a reclamar del monto de la expropiaci n.ó Código: KKHHXSYTKSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 7 .-° Que conforme lo previene el art culo 3 de la Ley 19.880, los actos deí ° la administraci n gozan de una presunci n

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 70 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-810-2023 CARATULADO : SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACI NÓ REGI N DEL B O B O/Ó Í Í Concepci nó , once de febrero de dos mil veinticinco VISTO: Que, con fecha 3 de febrero de 2023 en gesti n de pago rol ó V-298-2022 (folio 39), copiado con la misma fecha en folio 1 de esta causa,

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