Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

OLIVARES/COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A.

Rol

M-839-2024

Fecha

14 de enero de 2025

Materia

Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos a probar: Los hechos a probar que se fijaron son los siguientes: 1. Procedencia de las prestaciones que señala la demandante en el libelo de su demanda. Hechos y circunstancias. 2. Fecha de inicio de la relación laboral entre las partes, condiciones pactadas por las misma, remuneración. Hechos y circunstancias. 3. Estado de las cotizaciones previsionales de la actora al momento del despido. Hechos y circunstancias. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE. Documental demandante: Previo ofrecimiento, no habiéndose formulado objeciones, los documentos incorporados son los siguientes; 1. Acta de comparendo de conciliación celebrado ante el Centro de Conciliación de la Dirección del Trabajo de Valparaíso de fecha 26 de marzo de 2024. 2. Certificado de cotizaciones de AFP Plan Vital, AFC Chile y Fonasa. 3. Contrato de trabajo de fecha suscrito por las partes de este juicio de fecha 16 de noviembre de 2023. 4. Aviso escrito del despido de fecha 20 de febrero de 2024. 5. Informe de no pago del Subsidio por licencias médicas otorgadas de la Caja de Compensación Los Andes. El Tribunal resuelve: Se tienen por ofrecidos e incorporados los documentos de la parte demandante. Prueba Testimonial: Previo juramento de rigor, prestan declaración los siguientes testigos: 1. Raúl Alejandro Serey Pérez, cédula nacional de identidad N°10.648.112.1, comerciante y chofer de bomberos, con domicilio en Simón Bolívar 525, Valparaíso. 2. Javiera Isidora Aguayo Olivares, estudiante, cédula nacional de identidad N°21.044.745-8, con domicilio en Barros Arana 757, Valparaíso. El Tribunal resuelve: Téngase por rendida la prueba testimonial por la parte demandante. PARTE DEMANDADA. Documental demandada: Previo ofrecimiento, no habiéndose formulado objeciones, los documentos incorporados son los siguientes; 1. Contrato de Trabajo de la trabajadora Lizette Olivares Reinberg, de fecha 16.11.2024. 2. Registro de asistencia de la trabajadora Lizette Olivares Reinberg en la empresa demandad

Fallo

SE DECLARA: I. Que, acoge el requerimiento monitorio interpuesto por, doña LIZETTE PAOLA OLIVARES REINBERG cédula nacional de identidad N°13.883.544-8 en contra de COMPUTER GENERATED SOLUTIONS CHILE S.A. CHILE RUT 96.924.170-6, solo en cuanto, se condena a la demandada al pago de la suma de $71.875.- por concepto de feriado proporcional adeudado, rechazándose en todo lo demás la demanda interpuesta. II. Que, las sumas ordenadas pagar deberán devengarán intereses y reajustes de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena en costas a la demandada por haber tenido motivo plausible para litigar y no resultar completamente vencida. IV. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario, certifíquese y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Valparaíso. V. Se deja constancia que la demandante no figura en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimento al momento de dictación de esta sentencia. Anótese, las partes quedan notificadas personalmente de lo actuado y resuelto en esta audiencia. RIT: M-839-2024 RUC: 2440594338-3 Siendo las 12:28 horas se pone término a la audiencia. Dictada en audiencia por don ARTURO ULL YÁÑEZ, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Se deja constancia que la presente audiencia se realizó bajo la modalidad de videoconferencia y el registro oficial de la m

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEOCONFERENCIA. FECHA Valparaíso, viernes 10 de enero de 2025. RUC 2440594338-3 RIT M-839-2024 MAGISTRADO ARTURO ULL YÁÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paulina Altamirano Arenas SALA VIRTUAL 8 HORA DE INICIO 11:10 horas HORA DE TERMINO 12:28 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440594338-3-1338 (Sala 5) PARTE

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