MOLINA/MELLA
Rol
C-5232-2024
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, se presenta BLAS ALBERTO MOLINA VERGARA, jubilado, domiciliado en Malleco 9407, poblaci n Reneó Schneider, comuna de Hualp n e interponeé demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento por no pago oportuno e ntegro de rentas,í solicitando la restituci n de inmueble y dem s prestaciones que indica, enó á contra de ERICA ELIZABETH MELLA PARRA, ignora profesi n uó oficio, domiciliada en Las Heras N° 906, de la comuna de Penco, solicitando se declare terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes y que se requiera de pago a do a Erica Elizabeth Mella Parra porñ los montos adeudados con intereses y costas. Funda su demanda diciendo que en Penco, con fecha 01 de septiembre de 2017 celebr contrato de arrendamiento con Erica Elizabethó Mella Parra, en que dio en arrendamiento inmueble ubicado en Las Heras N° 906, de la comuna de Penco. Pactando que la casa habitaci nó arrendada, no podr ser dedicada por el arrendatario sino a uso domiciliario.á Refiere que la vigencia del contrato era de un a o, esto es, del 01ñ de septiembre del 2017 al 01 de septiembre del 2017 (sic), plazo que se prorroga autom ticamente por per odos mensuales si las partes no le pon aná í í t rmino dando aviso correspondiente en conformidad a la ley.é Manifiesta que la renta convenida ascend a a $100.000 mensuales,í que se pagar a por periodos anticipados dentro de los 05 primeros d as deí í cada mes. Explica que en la pr ctica estos pagos se efectuaban medianteá dep sito en cuenta Cuenta Rut del Banco Estado de don Blas Molinaó Vergara, R.U.N. 6.254.509-7, N° de cuenta: 6254509. A ade que ñ se pact que el arrendatario se oblig a reparar a suó ó costa cualquier desperfecto que experimente la propiedad en sus cielos, paredes, vidrios, pinturas, instalaciones, etc. Se comprometi tambi n aó é Código: ENZRXSNJKJR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 cancelar mensualmente las cu
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1º.- Que, seg n lo rese ado en lo expositivo precedente, la actoraú ñ demanda la terminaci n del contrato de arrendamiento habido con laó demandada, reca do en un inmueble, que singulariza, en raz n de que sta leí ó é adeudar a las rentas que indica y que ascienden a la suma $4.800.000; por loí que solicita conjuntamente, se le restituya la propiedad arrendada y se le paguen las rentas adeudadas y las que se devenguen durante la tramitaci nó del juicio hasta la entrega del inmueble o las sumas que se determinen conforme al m rito del proceso, m s consumos domiciliarios que indica,é á reajustes, intereses y costas. En subsidio, demanda el desahucio del contrato. 2°.- Que, la parte demandada se encuentra rebelde en la secuela del juicio, por lo que ha de entenderse que controvierte todas y cada una de las alegaciones de la demandante, de modo que de acuerdo a las reglas del Código: ENZRXSNJKJR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 onus probandi, pesa sobre la actora acreditar los hechos en que sustenta la acci n ejercida.ó 3°.- Que para estos efectos, la demandante acompa en folio 1,ñó contrato de arrendamiento, cuya existencia y firma fue reconocida por la demandada en audiencia de absoluci n de posiciones de fecha 16 de eneroó de 2025, contrato por medio del cual la demandante dio en arrendamiento a la demandada el inmueble ubicado en Las Heras 906, Penco (clausula primera). En la cl usula cuartaá se acord que el contrato comenzar a aó í regir el 01 de septiembre de 2017 y terminar a el 01 de septiembre del a oí ñ 2018 y que se entender a prorrogado en iguales condiciones, por periodosí mensuales si las partes no le ponen t rmino dando el aviso correspondienteé en conformidad a la Ley. En este caso la renta de arrendamiento se reajustar a en la variaci n que experimente el I.P.C., D lar, U.F. u otroí ó ó indicador de reajustabilidad. En la cl usula terceraá , las partes acordaron que la renta mensual se fijaba en la suma de $100.000 y que se pagar a porí periodos anticipados dentro de los 05 primeros d as de cada mes en elí domicilio del arrendador. El arrendatario pagar la cuota correspondiente ená los servicios comunes que le correspondan al inmueble que arrienda, solamente en el arriendo de departamentos. En la cl usula sextaá , el arrendatario se compromet a a cancelar mensualmente las cuentas de luzí el ctrica, gas, agua potable, extracci n de basura, etc., debiendo exhibir losé ó recibos correspondientes si as lo exigiera el arrendador.í Lo anterior, se ve reforzado con la declaraci n de las testigos deó folio 18. 4°.- Que los medios probatorios antes se alados, apreciados deñ conformidad a las reglas de la sana cr tica comprueban en forma fehacienteí la existencia del contrato y sus estipulaciones. 5°.- Que acorde a lo expuesto y establecido como se encuentra el v nculo contractual entre las partes y el monto mensual del precio delí arrendamient
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, adem s, con lo previstoá en los art culos 1.437, 1.445, 1.545, 1.546, 1.698, 1.702, 1.706, 1.915, 1.942,í 1.950 y 1.977 del C digo Civil; 144, 160, 169, 170, 341 y 346 del C digoó ó de Procedimiento Civil; y, Ley 18.101; se declara: I.- Que, HA LUGAR, con costas, a la demanda enderezada en lo principal de la presentaci n de folio 1, d ndose por terminado el contrato deó á arrendamiento celebrado entre las partes, debiendo la demandada restituir a la demandante el inmueble arrendado, singularizado en la misma demanda, dentro de diez d as h biles desde que cause ejecutoria esta sentencia.í á II.- Que, adem s, la demandada deber pagar a la actora las rentasá á correspondientes desde mayo de 2020 hasta julio de 2024, ambos inclusive; m s las rentas devengadas durante la secuela del juicio hasta la restituci ná ó Código: ENZRXSNJKJR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 efectiva del inmueble a raz n de $100.000 mensuales, en los t rminos queó é establece el art culo 6 de la Ley 18.101, m s el reajuste del I.P.C.í á establecido en la cl usula cuarta del contrato, sin intereses por no aparecerá pactados. III.- Que, no se dar lugar al cobro de los consumos domiciliariosá demandados, por los periodos anteriores a la presentaci n de la demanda; sinó perjuicios de los que se devenguen con posterioridad por expresa disposici nó del art culo 6 inciso 1° de la Ley 18.
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-5232-2024 CARATULADO : MOLINA/MELLA Concepci nó , siete de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: Que, a folio 1, se presenta BLAS ALBERTO MOLINA VERGARA, jubilado, domiciliado en Malleco 9407, poblaci n Reneó Schneider, comuna de Hualp n e interponeé demanda de terminaci n deó co
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