23º Juzgado Civil de Santiago

PENTA FINANCIERO S.A./SOCIEDAD DE SERVICIOS AMBIENTALES, INVERSIONES Y NEGOCIOS LKKW SPA

Rol

C-9164-2023

Fecha

7 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 compareció Diego Jos Benavente D az, abogado,é í mandatario judicial, actuando en representaci n convencional de ó Penta Financiero S.A., sociedad del giro de su denominaci n, representadaó legalmente por su gerente general Rodrigo Sprohnle Leppe, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Avenida Bosque Norte N 440, piso 12,° comuna de Las Condes de esta ciudad, quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de é Sociedad de Servicios Ambientales, Inversiones y Negocios LKKW SpA., sociedad del giro indicado en su raz n social, representada legalmente por Cristian Mauricio Lincoqueoó Mu oz, ignora profesi n u oficio, en su calidad de deudor principal y enñ ó contra de Cristian Mauricio Lincoqueo Mu ozñ , ya individualizado, en su calidad de aval sin limitaci n, fiador y codeudor solidario del pagar deó é marras, todos con domicilio en Chungungo Sitio 21, comuna y ciudad de La Serena, Cuarta Regi n.ó A folio 5 se tuvo por interpuesta la demanda, despach ndoseá mandamiento de ejecuci n y embargo.ó A folio 19 comparecieron ambos ejecutados notific ndoseá personalmente y requiri ndose de pago. é Asimismo en dicha presentaci n opuso a la ejecuci n la excepci nó ó ó del numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es,° í ó la prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva.ó ó ó Código: SWUSXSXBBXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9164-2023 Foja: 1 A folio 22 se tuvo por opuesta la referida excepci n, confiri ndoseó é traslado de ella al ejecutante. A folio 23 compareci el ejecutante evacuando el traslado que le fueseó conferido y allan ndose a la excepci n de prescripci n opuesta.á ó ó A folio 24 se tuvo por evacuado el traslado conferido al ejecutante y por allanado a la excepci n opuesta, con reserva de derechos para entablaró la acci n que corresponde.ó A folio 30 se cit a las partes a o r sentencia.ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareci ó Diego Jos Benavente D az, abogado,é í mandatario judicial, actuando en representaci n convencional de ó Penta Financiero S.A., quien interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar ené contra de Sociedad de Servicios Ambientales, Inversiones y Negocios LKKW SpA, en su calidad de deudor principal, y en contra de Cristian Mauricio Lincoqueo Mu ozñ , en su calidad de aval sin limitaci n, fiador yó codeudor solidario, todos ya individualizados, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $21.764.198.- m só á intereses pactados, y ordenar que se siga adelante con esta ejecuci n hastaó hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Expuso que su representada es due a y beneficiaria del pagar a lañ é orden en pesos, suscrito a favor de Penta Financiero S.A., con fecha 22 de junio de 2022, por la suma de $21.764.198.- que el deudor declar haberó recibido en pr stamos en dineros en efectivo a su entera satisfacci n y ené ó conformidad, oblig ndose a pagarlo conjuntamente con los interesesá correspondientes, a la fecha de su vencimiento, esto es, el 23 de junio de 2022. Se pact que en caso de mora o simple retardo en el pago de una oó cualquiera de las cuotas de capital o intereses, la tasa de inter s se elevar alé á inter s m ximo convencional que la ley permita estipular para operacionesé á de cr dito en moneda nacional, vigente a esta fecha o a la poca de la moraé é o retardo a elecci n del acreedor, desde el momento del retardo y hasta eló pago efectivo. Código: SWUSXSXBBXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9164-2023 Foja: 1 Adem s, se estipul que el acreedor podr a hacer exigible el pagoá ó í total de la suma de la deuda o del saldo a que sta se halla reducida,é considerando la presente obligaci n como de plazo vencido, en caso deó mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se dividi la obligaci n, sea de capital y/o intereses, sean consecutivas o no, sinó ó perjuicio de los dem s derechos del acreedor. á Por ltimo, se pact que todas las obligaciones que emanan delú ó pagar ser n solidarias para el o los suscriptores, avalistas y dem s obligadosé á á al pago y ser n indivisibles para sus herederos y/o sucesores conforme a losá art culos 1.526 n mero 4, 1.528 y 1.531 del C digo Civil. í ú ó Es del caso que llegado el d a del vencimiento del pagarí é singularizado en lo precedente, el deudor no pag a su representado eló monto pactado, raz n por la cual y de acuerdo a lo estipulado haceó exigible, a contar de la fecha de presentaci n de la demanda, el total de laó obligaci n insoluta, la que asciende a la suma de $21.764.198.-ó solo por concepto capital, todo ello con m s los intereses pactados y penalesá correspondientes, ordenando se siga adelante con esta ejecuci n. ó Dicho pagar fue suscrito por los apoderados de Penta Financieroé S.A., conforme a contrato de factoring de fe

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la excepci n de prescripci n de la deuda o s lo laó ó ó acci n ejecutiva opuesta por la parte ejecutada, ó ordenando alzarse la ejecuci n.ó II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í Dictada por Alberto lamos Valenzuela, Juez Suplente.Á Autoriza Margarita Bravo Narv ez, Secretaria Subrogante.á Código: SWUSXSXBBXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9164-2023 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, siete de febrero de dos mil veinticinco. Código: SWUSXSXBBXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-07T13:41:25-0300

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C-9164-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9164-2023 CARATULADO : PENTA FINANCIERO S.A./SOCIEDAD DE SERVICIOS AMBIENTALES, INVERSIONES Y NEGOCIOS LKKW SPA Santiago, siete de febrero de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 compareció Diego Jos Benavente D az, abogado,é í mandatario judicial, actuando en representaci n convencional de

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