CONSTRUCCIÓN, MAQUINARIAS, MANTENCIÓN, SERVICIOS ANEXOS LIMITADA/CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO FISC
Rol
C-7749-2023
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En folio 1, el 23 de octubre de 2023, y rectificaci n de folio 3 del cuadernoó de excepciones dilatorias, se presenta Patricio Contador Stanger, abogado, domiciliado para estos efectos en calle Las Violetas 1678, casa 3, Huertos Familiares, San Pedro de la Paz, en representaci n de ó SOCIEDAD TRAMASA INGENIEROS CONSTRUCTORES LIMITADA, persona jur dica de giroí construcci n, representada a su vez por Ricardo Astudillo Varas, factor deó comercio, del mismo domicilio, y expone que viene en deducir demanda de cumplimiento de contrato con indemnizaci n de perjuicios en juicio de haciendaó de mayor cuant a, en contra del í FISCO DE CHILE DIRECCI N DE– Ó OBRAS HIDR ULICAS DE LA REGI N DEL B O B O DELÁ Ó Í Í MINISTERIO DE OBRAS P BLICAS,Ú representada para estos efectos por el Abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado de la Regi n deló B o B o, don Georgy Schubert Studer, domiciliado para estos efectos en calleí í Barros Arana N 1098, oficina 1501, piso 15, Torre del Mall del Centro,° Concepci n.ó Funda la demanda diciendo que mediante resoluci n exenta D.O.H. B o B oó í í N 0093 de 1 de abril de 2021, su representada se adjudic el contrato SAFI° ó 328.183 para la ejecuci n de las obras Conservaci n de Redes Primarias deó “ ó Aguas Lluvias 2021, Limpieza y Mejoramiento de Cauces , que consist a en” í ejecutar actividades de limpieza de cauces y obras nuevas divididos en ocho puntos distintos de trabajo ubicados en Concepci n, Hualp n, Penco y Tom ,ó é é todos de la Regi n del B o B o, en un plazo inió í í cial de 180 d as corridos, por elí monto total de $220.721.242 IVA incluido, bajo la modalidad de serie a precio unitario, todas las cuales detalla. Explica que la resoluci n que adjudic el contrato qued totalmenteó ó ó tramitada el 14 de abril de 2021, momento en que comenz a regir el contrato;ó no obstante, la entrega del terreno a su representada, para el comienzo de la ejecuci n de las obras s lo se produjo por parte de la Direcci n de Obrasó
Fundamentos
fundamentos de derecho, cita los art culos 44, 1437, 1489,í 1545, 1546, 1547, 1551 y 1552 del C digo Civil; y, se refiere a la ley deló contrato, la ejecuci n de buena fe, el principio de equilibrio econ mico oó ó ecuanimidad del contrato. Acto seguido, analiza los requisitos de procedencia de la responsabilidad contractual y asegura que se cumplen en el caso de marras. En m rito de los expuesto y normas legales que cita, solicita tener poré interpuesta demanda en juicio de hacienda de cumplimiento de contrato con indemnizaci n de perjuicios, en contra del ó FISCO DE CHILE - DIRECCION DE OBRAS HIDR ULICAS DE LA REGI N DEL BIO-BIO DELÁ Ó MINISTERIO DE OBRA P BLICASÚ , y declarar: a) Que la demandada ha incurrido en incumplimiento del contrato, y como consecuencia de ello la demandante no pudo cumplir por su parte sus obligaciones, ntegra y oportunamente. í b) Que es improcedente el t rmino anticipado del contrato dictado por laé demandada, en raz n que ó la mora o incumplimiento de la demandada, se debió exclusivamente a los incumplimientos de la demandada. c) Que, en raz n de lo anterior, no procede la multa que se pretendeó descontar del estado de pago N 4, por tararse de hechos acaecidos conº posterioridad al t rmino del contrato y originados adem s en el incumplimientoé á de la demandada. d) Que se condene a la demandada al pago de la suma de $65.463.678 o la suma que el tribunal determine conforme a derecho, por concepto de indemnizaci n por incumplimiento de contrato, conforme a los perjuiciosó individualizados en el cuerpo de la demanda. e) Que la suma a que sea condenada la demandada se pague con reajustes, e intereses corrientes desde el mes anterior en que debi pagarse hasta el mesó anterior del pago efectivo, o seg n el tribunal determine en derecho. ú f) Que la demandad sea condenada al pago de las costas de la causa. En el primer otros , el apoderado de la demandante, en subsidio de loí solicitado en lo principal, y para el caso de no acogerse la demanda de cumplimiento de contrato con indemnizaci n de perjuicios, deduce demanda enó juicio de hacienda de indemnizaci n de perjuicios aut noma por incumplimientoó ó Código: FBTEXTXWZMX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de las obligaciones derivadas del contrato denominado Conservaci n de redes“ ó Primarias de Aguas Lluvias 2021, Limpieza y Mejoramiento de Cauces, adjudicado a su representada mediante Resoluci n Exenta D.O.H. BIO-B Oó Í N 0093 de 01 de abril de 202, en contra delº FISCO DE CHILE - DIRECCI N DE OBRAS HIDR ULICAS DE LA REGI N DEL BIO-Ó Á Ó BIO DEL MINISTERIO DE OBRA P BLICASÚ , con el prop sito que seó condene a la demandada a indemnizar a su representada los perjuicios derivados de los incumplimientos y de otros hechos atribuibles a la responsabilidad del Servicio, con costas. Funda la demanda en todos antecedentes de hecho y de derecho se alados añ prop sito de la demanda principal, los que da por re
Fallo
por tanto, no son declaraciones de voluntad realizadas en ejercicio de una potestad p blica; m xime que el inter s que exige laú á é norma es de car cter pecuniario, lo que no se aviene con los t rminos en que haá é sido formulada la tacha. Respecto a la tacha opuesta en contra del testigo Quilodr n Villa, se ala queá ñ la relaci n entre el testigo y la parte que lo presenta es estatutaria y expresamenteó regulada por ley, mediante el estatuto administrativo general, que no es subsumible en el presupuesto de hecho de la causal del N 4, que denota la° existencia de relaciones de subordinaci n y dependencia propio de las relacionesó entre particulares; y en que la calidad de funcionario a contrata no diluye el v nculo estatutario, ya que goza de protecci n derivada del principio de confianzaí ó leg tima, que supone un acto administrativo terminal desvinculatorio fundadoí sobre la base de calificaciones deficientes o sumario administrativo. 3 .-° Que, la regla general en materia de declaraci n de terceros queó deponen en juicio, es la habilidad de stos para declarar (art culo 356 del C digoé í ó de Procedimiento Civil); de consiguiente, las inhabilidades que establece la ley son excepcionales y aplicables s lo a quienes expresamente se dirigen.ó As , el art culo 358 del C digo de Procedimiento Civil dispone que soní í ó tambi n inh biles para declarar é á los criados dom sticos o dependientes de la parteé que los presente, entendi ndose por dependiente, el que preste habitualm
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FOJA: 55 .- Cincuenta y cinco.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-7749-2023 CARATULADO : CONSTRUCCI N, MAQUINARIAS,Ó MANTENCI N, SERVICIOS ANEXOS LIMITADA/CONSEJO DEÓ DEFENSA DEL ESTADO FISC Concepci nó , veintiseis de febrero de dos mil veinticinco. VISTO: En folio 1, el 23 de octubre de 2023, y rectificaci n de folio 3 del cuadernoó de exce
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