1º Juzgado de Letras de San Bernardo

ALLENDE/

Rol

V-143-2023

Fecha

10 de febrero de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que el 26 de diciembre de 2023, a folio 1, comparece doña OLIVER ALONSO ALLENDE CÁRDENAS, transportador de carga, cédula de identidad 19.915.213-0, domiciliado en Villa puerta del inca, Lago Puyehue 192, comuna San Bernardo, quien solicita se modifique su primer apellido, este es “ALLENDE”, según consta en el certificado de nacimiento que acompaña, sustituyéndolo por “DUARTE”, quedando en definitiva su nombre como: OLIVER ALONSO DUARTE CARDENAS. Fundamenta su solicitud en que producto de una relación entre su madre Claudia Cárdenas Sánchez y Jorge Allende Oliva, nació un 26 de junio del año 1998 siendo su nombre Oliver Alonso Allende Cárdenas. Ahora bien, cuando su madre aún le llevaba en su vientre y producto de diversos problemas entre ambos, ella decidió terminar la relación y desde ese momento jamás intentó buscarlo ni tener algún tipo de cercanía, en consecuencia, nunca tuvieron una relación padre/hijo, pues nunca lo conoció realmente, solo logró tener, de forma esporádica, una relación con quienes serían sus abuelos paternos, donde pudo enterarse que Jorge Allende tenía malos hábitos, y que normalmente no estaba por el sector, ya sea porque estaba cumpliendo alguna condena por haber cometido algún delito o que estaba “por ahí”, entendiendo que estaba consumiendo drogas y en malos pasos, situación que se mantuvo hasta que los dejó de ver y saber de ellos cuando cumplió 21 años. Expresa que, desde que tiene uso de razón, la única figura paterna que ha conocido ha sido su padre Víctor Duarte, quien llegó a su vida cuando tenía un año y medio aproximadamente, ya que, con su madre comenzaron una relación amorosa, que se mantiene hasta el día de hoy, desde el comienzo el lo trató como su hijo, presentándolo como tal ante sus vecinos y familiares. Indica que, con el pasar de los años nació en el 2001 su hermana Dayelen Duarte Cárdenas, posteriormente, en el 2009 nació su segunda hermana, Dannia Duarte Cárdenas, y finalmente, en el año 2014, nació

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios…)”. OCTAVO: Que del mérito de los antecedentes y lo declarado por los testigos en la información sumaria, teniendo además presente que en la gestión sustanciada se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 17.344, artículo 2°, se accederá a lo solicitado el 26 de diciembre de 2023, folio 1, en el sentido de rectificar la partida de nacimiento en la cual el peticionario figura como OLIVER ALONSO ALLENDE CÁRDENAS, por la de OLIVER ALONSO DUARTE CARDENAS, al haberse justificado suficientemente la causal contenida en las letras a) y b) del artículo 1° de la Ley 17.344, lo que se evidencia con la lectura de los propios antecedentes. NOVENO: Que sin perjuicio de lo anteriormente señalado, la declaración que se hace en esta sentencia no altera ni afecta la filiación originalmente constituida.

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES Y VISTO, además lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 4.808 sobre Registro Civil e Identificación, artículos 1° letras a) y b), 2, 3 y 4 de la Ley 17.344, SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la solicitud de 26 de diciembre de 2023, a folio 1, y se ordena al Señor Oficial del Registro Civil de San Bernardo, rectificar la partida de nacimiento de OLIVER ALONSO ALLENDE CÁRDENAS, por la de OLIVER ALONSO DUARTE CARDENAS, Inscripción N°4.540, del año 1998, nacido el 26 de junio de 1998, siendo OLIVER ALONSO su nombre y DUARTE CARDENAS sus apellidos. Código: HDMGXSTJZYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Remítase copia autorizada de la presente sentencia al Servicio de Registro Civil e Identificación correspondiente, con certificación de ejecutoriedad. Anótese, regístrese, y archívense los antecedentes en su oportunidad. Rol V-143-2023.- DICTADO POR DON SERGIO RAUL VIAL LOPEZ, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Bernardo, diez de febrero de dos mil veinticinco Código: HDMGXSTJZYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-02-10T06:37:07-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 36 treinta y seis NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : V-143-2023 CARATULADO : ALLENDE/ San Bernardo, diez de febrero de dos mil veinticinco VISTOS: PRIMERO: Que el 26 de diciembre de 2023, a folio 1, comparece doña OLIVER ALONSO ALLENDE CÁRDENAS, transportador de carga, cédula de identidad 19.915.213-0, domiciliado en Villa puerta del in

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