Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE IQUIQUE CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE CONCE

Rol

I-62-2024

Fecha

10 de enero de 2025

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos y circunstancias. Las partes ofrecieron pruebas al tenor del punto de prueba señalado. VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, la parte demandante, solicita se deje sin efecto, Resolución Exenta Nº101-100-8478/2024, de fecha 25 de julio de 2024, notificada con fecha 29 de julio de 2024, indica que no es aplicable el artículo 33 de la ley 19.378 al director de salud del departamento de salud municipal. Asimismo, sostiene que los dictámenes presentados por la demandada y a los que hace alusión en la Resolución Exenta corresponden a la Contraloría General de la República no son de su competencia. Por otra parte sostiene que el cargo de director departamento de salud, no prohíbe que una persona que detenta la calidad de funcionario de la ley 19.378, asuma las funciones de director de departamento de salud, siendo éste un cargo de confianza,

Fallo

se resuelve: A lo principal, téngase por complementada la minuta; Al otrosí, Por acompañados. Se realizó una somera relación de la demanda y se le confirió traslado a la parte demandada para la contestación. Se llamó a las partes a conciliación, la cual no prosperó. Se recibió la causa a prueba fijándose como único punto de prueba el siguiente: 1.- Efectividad de haberse cometido error de hecho, al momento de dictar Resolución Exenta Nº101-100-8478/2024, de fecha 25 de julio de 2024. Hechos y circunstancias. Las partes ofrecieron pruebas al tenor del punto de prueba señalado. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, la parte demandante, solicita se deje sin efecto, Resolución Exenta Nº101-100-8478/2024, de fecha 25 de julio de 2024, notificada con fecha 29 de julio de 2024, indica que no es aplicable el artículo 33 de la ley 19.378 al director de salud del departamento de salud municipal. Asimismo, sostiene que los dictámenes presentados por la demandada y a los que hace alusión en la Resolución Exenta corresponden a la Contraloría General de la República no son de su competencia. Por otra parte sostiene que el cargo de director departamento de salud, no prohíbe que una persona que detenta la calidad de funcionario de la ley 19.378, asuma las funciones de director de departamento de salud, siendo éste un cargo de confianza, por tanto señala fue designado por el señor alcalde, dentro de sus prerrogativas, no existiendo obligación alguna de llamar a concurso público. Ag

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO RECLAMACION DE MULTA ADMINISTRATIVA FECHA 10 de enero de 2025.- RUC 24-4-0600870-K RIT I-62-2024 MAGISTRADA MARCELA MABEL DÍAZ MÉNDEZ. ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian A. Aguilera Pizarro (Sala 3) HORA DE INICIO 10:27 horas HORA DE TERMINO 12.24 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440600870-K-1334-250110-00-01 hasta el audio 2440600870-K-1334-250110-0

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