MINPROP SPA/
Rol
V-3421-2022
Fecha
5 de febrero de 2025
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don FERNANDO JAVIER ZAMORA GUERRERO, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 9.188.989-7, en representación de "MINPROP SPA”, empresa de nacionalidad chilena, Rut 76.916.026-4, giro servicios jurídicos, ambos domiciliados en Avenida presidente Riesco N° 5.335 oficina 2008, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, presentó con fecha 12 de diciembre de 2022, la manifestación minera de 300 pertenencias mineras de 1 hectárea cada una, con un área total de 300 hectáreas denominadas “FUTURO FF3; 1 Al 300”, cuyo punto de interés se encuentra ubicado en la Región de Tarapacá, Provincia de Tamarugal, comuna de Pozo Almonte. SEGUNDO: Que con fecha 14 de Julio de 2023, se solicita mensura de solo 100 pertenencias de las 300 pertenencias manifestadas, abarcando una superficie total de 100 hectáreas. La mensura definitiva comprendió 100 pertenencias que cubren la superficie total de 100 hectáreas, denominándose dicha reducción “FUTURO FF3; 1 AL 100”. TERCERO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 3694 bajo el Nº 2735 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2022. CUARTO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha LUNES 09 DE ENERO DE 2023 y LUNES 24 DE JULIO DE 2023 respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería de la Provincia de Iquique. QUINTO: Que con fecha 11 DE ABRIL DE 2024 y 23 DE AGOSTO DE 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe con observaciones, las que fueron ordenadas subsanar por la solicitante. SEXTO: Que, con fecha 25 DE NOVIEMBRE DE 2024, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, consignando que “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura”. Código: XQXXSRHXJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEPTIMO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras, reducidas en la operación de mensura, denominadas “FUTURO FF3; 1 AL 100”, materia de esta concesión, son: VÉRTICES NORTE (m) ESTE (m) P.I. 7.650.500,00 431.900,00 L1 7.651.000,00 430.400,00 L2 7.651.000,00 431.400,00 L3 7.650.000,00 431.400,00 L4 7.650.000,00 430.400,00 Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y 42 de su Reglamento,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura denominadas “FUTURO FF3; 1 AL 100”, con una superficie total de 100 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de “MINPROP SPA”, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del acta de mensura y original del plano al Conservador de Minas, para su archivo. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria del hecho, el solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica copias autorizadas de la presente sentencia y de dicho certificado al solicitante. Para dichos efectos se autoriza al solicitante a hacer retiro del plano original y sus copias en conjunto con las demás piezas utilizadas durante la tramitación de autos. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Autoriza ministro de fe del tribunal. Pozo Almonte, a cinco de febrero de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede. /mgr Código: XQXXSRHXJP Este documento tiene firma electrónica y su ori
Texto Completo (Preview)
FOJA: 29 .- VEINTINUEVE .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-3421-2022 CARATULADO : MINPROP SPA/ POZO ALMONTE, CINCO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICINCO. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don FERNANDO JAVIER ZAMORA GUERRERO, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 9.188.989-7, en representación de "MINPROP SPA”, em
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica