12º Juzgado Civil de Santiago

CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./CALDERÓN

Rol

C-6365-2024

Fecha

31 de enero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En el folio 1 compareció Javiera Paz Moraga Benítez, abogada, domiciliada en calle Teatinos 449, oficina 3, piso 3, Santiago, mandataria judicial, en representación de CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada por su gerente general, Luis Alberto Aubele Ramírez, ingeniero comercial, ambos con domicilio en Avenida Vitacura 2736, Piso 13, Depto. 1301, Las Condes; e interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagaré en contra de FERNANDO JOSE CALDERON LEYAN, ignora profesión u oficio, domiciliado en Av. Presidente Riesco 5157 Casa/Dpto. 172, Las Condes y/o El Golf 1025, Santiago. Fundó su demanda en el pagaré a la orden número 3754437, por la suma de $28.585.181, con vencimiento el 12 de marzo de 2024, adeudado por FERNANDO JOSE CALDERON LEYAN, antes individualizado, suscrito el 12 de marzo de 2024, por Carlos Patricio Yañez Diaz, actuando por Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., también CAT S.A. y/o ACC S.A., en virtud Código: FHFHXSSSXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6365-2024 de un mandato otorgado al efecto por el referido deudor, según consta en el Contrato de Apertura de Crédito Cencosud, que acompaña. Afirmó que, el mencionado pagaré no fue pagado a la fecha de su vencimiento, razón por la cual, el deudor, ya individualizado, adeuda a su mandante la suma antes señalada, devengando además, el máximo de interés convencional que la ley permite estipular para operaciones de crédito de dinero no reajustables en moneda nacional, por todo el período de la mora o simple atraso, más las costas. Concluyó solicitando, en mérito de lo expuesto y dispuesto en las normas legales que cita, tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de FERNANDO JOSE CALDERON LEYAN, ya individualizado, admitirla a tramitación, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma $28.585.181, más los intereses pactados, según tasa máxima

Fundamentos

fundamentos precedentemente esgrimidos respecto de la suscripción del contrato donde se le faculta a suscribir pagarés por el deudor, sin necesidad de cláusula expresa relativa al protesto o a la autorización de firma por notario público. Concluyó solicitando, en virtud de lo expuesto, tener por evacuado el traslado conferido y rechazar las excepciones impetradas por la contraria, con expresa condenación en costas. En el folio 18

Fallo

en mérito de lo expuesto y dispuesto en las normas legales que cita, tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de FERNANDO JOSE CALDERON LEYAN, ya individualizado, admitirla a tramitación, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma $28.585.181, más los intereses pactados, según tasa máxima convencional estipulada en el pagaré, devengados desde el día del vencimiento señalado en ésta, hasta el momento de su pago efectivo, reajustes y costas, disponiendo que debe seguirse adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de estas sumas, si el deudor no pagare en el acto del requerimiento. En el folio 12 compareció el ejecutado, FERNANDO JOSE CALDERON LEYAN, previamente notificado con fecha 30 de mayo de 2024, representado por su abogada, Natalia Yvonne García, y opuso a la ejecución las excepciones de los números 6, 7 y 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falsedad del título; la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que Código: FHFHXSSSXDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6365-2024 dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado; y, la nulidad de la obligación. La excepción del Nº 6 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, la fundó en que, el documento que sirve de título a la presente ejecución es falso ideológicamente, ya que, el llenado del documen

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C-6365-2024 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6365-2024 CARATULADO : CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./CALDER NÓ Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco VISTOS: En el folio 1 compareció Javiera Paz Moraga Benítez, abogada, domiciliada en calle Teatinos 449, oficina 3, piso 3, Santiago, mandataria judicial, en rep

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