HDI SEGUROS S.A./ALLENDE
Rol
C-6859-2024
Fecha
31 de enero de 2025
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En autos Rol C-6859-2024 comparece don Marcelo Enrique Chau Yáñez, abogado, domiciliado en San Antonio 418, oficina 1104, Santiago, en representación convencional de la Compañía de Seguros Generales “HDI Seguros S.A.”, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Felipe Ferres Serrano, ingeniero Civil y don Alejandro Jiménez Evans, administrador de empresas, todos domiciliados en Avenida Manquehue Norte N°160, piso 19°, Las Condes, interponiendo demanda en juicio ordinario de menor cuantía de cobro de pesos, en contra de don Luis Alberto Allende Herrera, de quien ignora ocupación u oficio, con domicilio en Pasaje Puerto De Tal Tal N°669, Quilicura, Santiago. Expone que la actora es acreedora de la demandada, según el contrato de “contragarantía de seguros de fianza”, complementado con aquel “da cuenta de pago, finiquito y subrogación de derechos”, en los cuales se contiene un reconocimiento de deuda de la demandada, en favor de la actora y en que el demandado figura como fiador y codeudor solidario del “afianzado”, don Ricardo Alejandro Allende González. Asegura que las partes pactaron en el documento denominado “Contragarantía de seguros de fianza”, que: “3°. El afianzado se compromete a aceptar como pago ajustado a los términos de la Póliza, toda suma que la Compañía pague al beneficiario como indemnización, sin perjuicio de los derechos del afianzado para repetir en contra del o los beneficiarios por todo cobro improcedente que hubiere hecho a la Compañía.” Asimismo, señala que en su numeral 2°, las partes pactaron expresamente que: “…, el Afianzado devolverá a la Compañía las cantidades que ésta hubiere tenido que desembolsar para indemnizar al beneficiario o beneficiarios. Código: XQVNXSCLQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6859-2024 Foja: 1 El afianzado hará esta devolución a la Compañía a más tardar dentro del quinto día desde que esta hubiere p
Fundamentos
Considerando: Primero: Que comparece comparece don Marcelo Enrique Chau Yáñez, abogado, en representación convencional de Compañía de Seguros Generales “HDI Seguros S.A.”, representada legalmente por don Felipe Ferres Serrano y don Alejandro Jiménez Evans, interponiendo demanda en juicio ordinario de menor cuantía de cobro de pesos, en contra de don Luis Alberto Allende Herrera, todos ya individualizados, por los fundamentos y con las peticiones referidas en lo expositivo de este fallo. Segundo: Que, notificada la demanda en forma legal, se tuvo por contestada la acción interpuesta en rebeldía de la demandada, según lo ya referido en lo expositivo. Tercero: Que conforme a lo previsto en el artículo 1698 del Código Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta. Así, correspondiendo la acción a un procedimiento ordinario de cobro de pesos, incumbe a la demandante acreditar la existencia de la obligación que alega y por ende el origen de la deuda cuya solución exige y, una vez cumplido ello, corresponderá a la parte demandada acreditar la extinción de la obligación que se le ha imputado como no cumplida. Cuarto: Que a fin de acreditar su pretensión, la parte demandante acompañó en forma legal y sin objeción de la contraria, mediante el escrito incorporado a folio 1, los siguientes documentos: 1) Copia de documento denominado “Contragarantía de seguros de fianza HDI Seguros”, de 24 de enero de 2012. 2) Copia de documento denominado “Da cuenta de pago, finiquito y subrogación de derechos”, HDI Seguros, siniestro N°42014309. 3) Copia de póliza de fianza 251551, HDI Seguros, propuesta 1134648. 4) Copia de Ejemplar N°1/3 Hoja N°1/1 de la División de personal del Ejército de Chile, dirigido al Subgerente de siniestros HDI Seguros S.A. Quinto: Que a su turno la parte demandada no rindió prueba alguna en relación a la pretensión que es dirigida en su contra. Código: XQVNXSCLQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6859-2024 Foja: 1 Sexto: Que, con el mérito de la prueba rendida, en particular el contrato de “contragarantía de seguros de fianza”, apreciado de conformidad a lo previsto en el artículo 346 N°3 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 1702 del Código Civil, se tiene por acreditado que don Ricardo Alejandro Allende González suscribió en calidad de alumno afianzado la contragarantía de seguros de fianza de HDI Seguros y don Luis Alberto Allende Herrera, lo efectuó en calidad de fiador y codeudor solidario, con fecha 24 de enero de 2012; en el caso de esta última para efectos de asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones que el afianzado contrajera por el citado instrumento y la o las pólizas respectivas a favor de HDI Seguros S.A. obligando todos sus bienes habidos y por haber. Séptimo: Que el documento denominado “da cuenta de pago, finiquito y subrogación de derechos” y el “ejemplar N°1/3 Hoja N°1/1 de la
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo previsto en los artículos 144, 160, 170 y 342 del Código de Procedimiento Civil, 1437 y 1698 del Código Civil, se acoge la demanda, y se declara: I.- Que se rechaza la demanda interpuesta por HDI Seguros S.A. en contra de don Luis Alberto Allende Herrera. II.- Que se condena en cosas a la parte demandante por resultar íntegramente vencida. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco Código: XQVNXSCLQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6859-2024 Foja: 1 Código: XQVNXSCLQXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-01-31T15:09:45-0300
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C-6859-2024 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6859-2024 CARATULADO : HDI SEGUROS S.A./ALLENDE Santiago, treinta y uno de enero de dos mil veinticinco Vistos: En autos Rol C-6859-2024 comparece don Marcelo Enrique Chau Yáñez, abogado, domiciliado en San Antonio 418, oficina 1104, Santiago, en representación convencional de l
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