Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

LABBÉ/SERVICIOS DE SEGURIDAD MB SPA

Rol

M-1376-2024

Fecha

8 de enero de 2025

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos expuestos en la demanda, y con el solo ánimo de poner término al presente litigio respecto de su parte, pagará al demandante la suma única total de $1.200.000, pagadera a más tardar el 22 de enero 2025, mediante transferencia electrónica a nombre del demandante SECUNDINO FLORENCIO LABBÉ FIGUEROA, rut 10.379.189-8, a su cuenta vista del Banco Estado, denominada cuenta rut 10379189, correo electrónico marcelo.penailillo@cajbiobio.cl, debiendo la parte demandante en el evento que la demandada solidaria o subsidiaria no cumpla con los pactado, debiendo dar cuenta al Tribunal para efecto de solicitar el pago íntegro y oportuno de la obligación contraída. 2.- La parte demandante acepta la suma ofrecida en los términos expuestos, así como la modalidad de pago. 3.- Mediante el presente acuerdo, las partes se otorgan el más amplio, completo, total y recíproco finiquito, señalando que nada se adeudan por ningún concepto renunciando recíprocamente a cualquier acción, ya sea penal, civil, mercantil, administrativa, laboral, o derivada de un accidente del trabajo o enfermedad profesional, comprendiendo en estos dos últimos casos toda indemnización ya sea por daño emergente, lucro cesante, o daño moral respecto de los hechos que motivaron la presente demanda, salvo las obligaciones contraídas en el presente acuerdo. Reiterando que la presente conciliación alcanza solamente a las partes que aquí lo celebran, esto es, la parte demandante y la parte demandada solidaria o subsidiaria. Del mismo modo, se deja constancia que la parte antes mencionada, se reserva las acciones derivadas del presente pago, principalmente la acción subrogatoria, en virtud de lo dispuesto en los artículos 183-C del Código del Trabajo y 1612 del Código Civil, respecto de su relación civil con la demandada principal. 4.- Cada parte pagará sus costas. Se deja constancia que revisada la carpeta virtual, se pudo observar que la partes cuentan con las facultades extraordinarias para poder materializar

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia presencial) FECHA 08 de enero 2025 RUC 24-4-0613766-6 RIT M-1376-2024 Registro MAGISTRADO PABLO ZAMBRANO CASTILLO De Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Denys Fernández Bustos Remoto HORA DE INICIO 11:02 horas 06 HORA DE TERMINO 11:09 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440613766-6-1343

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